La influencia de la prisión preventiva en la microfísica del lenguaje en la sociedad peruana

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RESUMEN:
Una situación particular constituye el caso de la aplicación de la prisión preventiva dentro de la sociedad peruana, que ha pasado a ser parte de su común convivencia por su uso reiterativo y por el contexto mediático que se erige alrededor de los procesos judiciales en los que se aplica. Este fenómeno produce un efecto inmediato en el contexto social, el cual podrá ser analizado desde la microfísica que se estructura a partir de la influencia de un poder o instrumento de saber.

El presente trabajo pretende advertir dicha situación, descifrando cómo se ha interiorizado a la figura de la prisión preventiva dentro de la sociedad peruana. En primer lugar, se detallará el estado de cosas actual que presenta la prisión preventiva en el Perú, reconociendo sus dificultades jurídicas y sociales. Posteriormente, nos inmiscuiremos en el estudio de la microfísica que se forma alrededor de todo ámbito de conocimiento, dentro de estos, el Derecho que adoctrina y controla el comportamiento del ser humano. Luego, precisaremos que la repercusión de las normas y resoluciones judiciales transmiten un lenguaje directo para el exterior. Para finalizar, con el análisis de la influencia de la prisión preventiva en la microfísica del lenguaje en la sociedad peruana, a partir del estudio de jurisprudencias emitidas por el Tribunal Constitucional, que reconocen esta actual problemática.

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El juicio por la verdad de la Masacre de Napalpí

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Durante la primera mitad del 2022 se desarrolló el juicio por la verdad de una matanza indígena cometida casi un siglo atrás, conocida como la “Masacre de Napalpí”.
En un contexto donde la actuación del Poder Judicial es frecuentemente cuestionada, es importante analizar donde estamos parados y cuál es la proyección e impacto de las decisiones que se toman, sin desconocer que la autocrítica es un camino necesario para la superación, como así también poder escuchar las exigencias de una sociedad que reclama mejoras necesarias en nuestro sistema judicial.

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CSJN: prisión perpetua a menores de edad, sobre el alcance y aplicación de la jurisprudencia de la CorteIDH

Fecha Fallo

SUMARIO:
Alcance de lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y decisión de la cuestión federal por el superior tribunal de la causa.

La defensa de un menor de edad condenado a prisión perpetua reclamó la aplicación de lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Mendoza”, en el cual se declaró la responsabilidad internacional del Estado argentino y se consideró que la imposición de penas de prisión y reclusión perpetuas a personas que eran menores de edad al momento de la comisión de delitos vulnera la prohibición de detenciones arbitrarias o ilegales y de sometimiento a torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. El superior tribunal local declaró inadmisible el recurso de revisión interpuesto. La Corte, sin adelantar criterio alguno sobre la solución de la cuestión federal planteada, dejó sin efecto la sentencia al considerar que, frente al planteo de la defensa, correspondía dilucidar si es constitucionalmente válido para el orden jurídico argentino el cumplimiento obligatorio de lo ordenado por la Corte Interamericana como medida de reparación. Recordó para ello la jurisprudencia sentada en los precedentes "Strada" (Fallos: 308:490) y "Di Mascio" (Fallos: 311:2478) según la cual los máximos tribunales provinciales no pueden invocar limitaciones de orden local para rehusar el abordaje de las cuestiones federales sometidas a su conocimiento.

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Escalante, Esteban Iván y otros p/ homicidio tristemente calificado
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Estrategia de enseñanza de los derechos humanos a través del videoarte

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RESUMEN:
Este artículo cuenta una experiencia educativa durante la emergencia sanitaria por COVID-19, en la Institución Educativa Buenos Aires, ubicada en el municipio de Soacha, Cundinamarca. La investigación tuvo como objetivo desarrollar una estrategia de enseñanza de los derechos humanos, a través del videoarte para la disminución del bullying en los estudiantes de grado octavo desde la asignatura de ciencias sociales, teniendo en cuenta que en la institución existe una problemática de acoso escolar entre los estudiantes, que causa una vulneración de derechos humanos. En este sentido, la estrategia se realizó a partir de una investigación de tipo mixto desde un enfoque descriptivo, en cinco fases: identificación, planeación, implementación, reconocimiento y validación.

REFERENCIA:
Artículo originalmente publicado en "Academia y virtualidad", Revista Pensamiento Penal solicita la cita del artículo original.

CITA SUGERIDA:
Salinas Herrera, G. C., & Rojas Peña , K. (2022). Estrategia de enseñanza de los derechos humanos a través del videoarte. Academia Y Virtualidad, 15(1), 29-43. https://doi.org/10.18359/ravi.5341
Disponible en https://revistas.unimilitar.edu.co/index.php/ravi/article/view/5341

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CSJN: publicación indebida de una comunicación electrónica y libertad de expresión

Fecha Fallo

SUMARIO:
El director de un sitio periodístico fue condenado a una multa por el delito de publicación indebida de una comunicación electrónica. La defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado por el superior tribunal provincial, lo que motivó un recurso extraordinario. La Corte, por unanimidad, dejó sin efecto la sentencia apelada con remisión a los argumentos del precedente “Casal” (Fallos: 328:3399) por considerar que no se había efectuado una revisión amplia e integral de la condena, en particular del agravio vinculado a la exención de responsabilidad prevista en el artículo 155 del Código Penal a la luz del derecho a la libertad de expresión.

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MASCI, DIEGO MARIANO s/ VIOLACIÓN DE INTIMIDAD - RECURSO DE CASACIÓN
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Juzgado de Garantías no hace lugar a medida de seguridad y remite causa al fuero civil. Inimputabilidad.

Fecha Fallo

La pretensión de la parte acusadora es la de imponer a la imputada una MEDIDA DE SEGURIDAD por el Plazo de UN año consistente en la internación compulsiva para el Tratamiento de su Salud Mental para luego, continuar con el mismo de forma ambulatoria.

Respecto de la pretensión relacionada, la Defensa se opuso esgrimiendo como argumento, básicamente, el cambio de paradigma respecto de la imposición de una medida de seguridad, expresando brevemente que por el nuevo orden normativo establecido por la Ley Nº 26657 de Salud Mental y la ley local Nº 10445 de adhesión, lo que se pretende como medida de seguridad de naturaleza penal, en rigor, bajo el nuevo paradigma debe abordarse como un derecho del padeciente mental y el fuero específico es el civil, abonando su posición en los fallos que a continuación transcribo.
Estimo que asiste razón a la Defensa, puesto que entiendo que la cuestión ha sido zanjada por copiosa jurisprudencia al respecto y tomo como precedente, dado el enjundioso estudio de las normas aplicables, la Sentencia de la Sra. Jueza de Garantías Nº 6 Dra. Elisa Zilli en Legajo de OGA Nº 12180, caratulado "M. F. M. S/ AMENAZAS" (Legajo de Fiscalía Nº 101677).

Valorando las concretas circunstancias de la causa, más precisamente el informe de las profesionales del Depto. Médico Forense -Dra. Londero y Ps. Barbagelata- que indican la necesidad de tratamiento, estimo que no resulta el juez penal quién debe decidir sobre el tipo de tratamiento, esto es, si la persona requiere un tratamiento con internación o de otro tipo, cuestión que deberá sugerir el equipo interdisciplinario del fuero de Familia con fundamento en la experticia, en el marco de un proceso de carácter civil.

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Legajo de OGA Nº 10179 caratulados "V. V. A. S/ DAÑO - DENUNCIANTE S."
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Fallo: Es válida la grabación obtenida por la cámara de seguridad de un edificio. Derecho a la intimidad.

Fecha Fallo

Ausencia de afectación alguna que amerite anular la incorporación de filmaciones obtenidas por la cámara de seguridad ubicada en el edificio. Instalación de cámaras de seguridad autorizada por la asamblea de copropietarios de la propiedad horizontal, para captar los eventuales hechos ilícitos en los espacios comunes como en el ingreso al edificio que podrían perjudicar a los copropietarios. Ausencia de violación al derecho de la intimidad. Circunstancia de que las cámaras de seguridad grabaran también audio que no las invalida como medio de prueba. Ausencia de perjuicio alguno para el imputado.
De otro lado, la circunstancia de que las cámaras de seguridad grabaran, también, audio no las invalida como medio de prueba, puesto que no surge perjuicio alguno para el imputado, ya que lo que se busca en ellas es observar la concreción de hechos ilícitos como el reprochado, lo que descarta lo alegado por el nombrado respecto a que es un sistema de “espionaje”.
Por lo demás, la disconformidad del imputado en torno a la contratación del servicio y la colocación de las cámaras de seguridad no puede ser canalizada por esta vía.

Carátula
CCC., Sala VII, “GUTIÉRREZ BRAUN, J. s/robo” (Causa Nº 37.669/2021)
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Justicia y derechos humanos

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Índice:
-Introducción
-Capítulo 1
Hacia una reforma judicial feminista, por Javier Martín González y Gabriel M A Vitale

Capítulo 2
La sujeto político mujer, por Dolores M. Amaya y Gabriel M. A. Vitale

Capítulo 3
Buenas prácticas en la protección de los derechos de la infancia, por Sergio F. Pepe y Gabriel M. A. Vitale

Capítulo 4
Un abordaje transdisciplinar en la protección integral de la infancia, por María Azul Villanueva

Capítulo 5
Varones: cambios y continuidades ¿el género en su laberinto?, por Claudia Inés Carpintero y María Paz Bertero

Capítulo 6
Masculinidades, por Natalia Bourdet y Gabriel M A Vitale

Capítulo 7
Los dispositivos de nuevas masculinidades en contextos de encierro, por Clara Gallardo y Malena Rico

Capítulo 8
Las masculinidades y su proceso de transformación, por Gabriela De Carlo y Gabriela Wolf

Capítulo 9
Mujeres y encierro, por Rocío.C. Bernal

Capítulo 10
La igualdad de las fiscales en la reforma del Ministerio Público, por Lorena Maciel y Gabriel Vitale

Capítulo 11
El convenio 190 sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo, por Cecilia Ábalos y Jimena Rodríguez

Capítulo 12
Género, gobernanza y sistemas restaurativos, por Silvana Paz y Silvina Paz

Capítulo 13
El amor como cura, por Silvia Noemí Irigaray

Capítulo 14
Juzgados de Garantías como efectores de reconocimiento de derechos, por Pablo Daniel López y Gabriel M. A. Vitale

Capítulo 15
La libertad condicional antes del cumplimiento de la pena, por Sergio F. Pepe y Gabriel M. A. Vitale

Capítulo 16
Derechos Humanos y prescripción en el caso “Masacre de Wilde”, por Sergio F. Pepe y Gabriel M. A. Vitale

Capítulo 17
El juicio por jurados y la participación en la provincia de Bs. As., por Gabriel M. A. Vitale y Sergio F. Pepe

Capítulo 18
Condenados sin votos, por Sergio F. Pepe y Gabriel M. A. Vitale

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Delito de intermediación financiera no autorizada

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Sumario: I.- Delito de intermediación financiera no autorizada; II.- Introducción; III.- Bien jurídico protegido; IV.- Acción típica; V.- Sujetos del delito; VI.-Sujeto pasivo; VII.- Tipo subjetivo; VIII.- Consumación; IX.-Sujeto activo del delito; X.-Sujeto pasivo; XI.- Tipo subjetivo; XII.- Consumación; XIII.- Agravante; XIV.-Pena.

Resumen o introducción: Este artículo analiza el delito de Intermediación financiera no autorizada tipificada en el art. 310 del Código Penal Argentino.

Palabras clave: Intermediación financiera, Comisión Nacional de Valores, Banco Central de la República Argentina, Captación de ahorros, Sin autorización.

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El derecho penal argentino y los desafíos de la participación ciudadana como derecho humano

El derecho de participación ciudadana es un derecho humano con contenido robusto (no limitado a la participación electoral), sin embargo, las normas penales en Argentina se debaten, crean, modifican y aplican sin intervención robusta de la ciudadanía. Esto pese a que existen vías institucionales y canales informales que buscan dar cumplimiento a este derecho. En este trabajo nos proponemos indagar los alcances de la participación ciudadana en los procesos de sanción de leyes, en la participación en casos judiciales y el juicio por jurados.

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RESUMEN:
El derecho de participación ciudadana es un derecho humano con contenido robusto (no limitado a la participación electoral), sin embargo, las normas penales en Argentina se debaten, crean, modifican y aplican sin intervención robusta de la ciudadanía. Esto pese a que existen vías institucionales y canales informales que buscan dar cumplimiento a este derecho. En este trabajo nos proponemos indagar los alcances de la participación ciudadana en los procesos de sanción de leyes, en la participación en casos judiciales y el juicio por jurados. Para esto, en primer lugar (I), analizaremos y contextualizaremos los alcances del derecho de participación en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Luego (II), evaluaremos si los canales de participación institucionales en el ámbito penal (y en general) son o no suficientes a la luz de las exigencias en materia de derechos humanos. Esto nos llevará a analizar (III) ciertos canales de participación no institucionalizados. Por último (IV), plantearemos los desafíos que enfrenta el derecho penal argentino para dar cumplimiento a los alcances de la participación ciudadana desde un enfoque de derechos humanos.

REFERENCIA:
Artículo originalmente publicado en "Derechos en Acción", Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original

CITA SUGERIDA:
Ciancaglini Troller, Agatha; Filipini, Jorge A., "El derecho penal argentino y los desafíos de la participación ciudadana como derecho humano", en Derechos en Acción, n° 17, 2020, disponible en http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/111540

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