Estudio de la prueba electrónica en el proceso penal: especial referencia a las conversaciones de whatsapp

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El presente Trabajo tiene por objeto realizar un
estudio tanto teórico 
107%;font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">como práctico de   la 
 inclusión   en   el  proceso, 
 concretamente 
en   la fase 
 probatoria,   de   nuevos instrumentos 
que  se  han 
encuadrado  dentro  de  lo 
que   se  ha  denominado  «prueba 
electrónica»,  haciendo 
especial  referencia  a  la  aplicación 
WhatsApp.  Teniendo  en cuenta el
nacimiento exponencial de las 
denominadas  «Tecnologías de la Información y 
la  Comunicación»,  se  ha 
generalizado  el  uso  de 
nuevos  medios  de  comunicación, entre los 
cuales se sitúan las aplicaciones de mensajería
instantánea. Por 
consiguiente y en líneas generales, se pretende
analizar el recorrido 
de la prueba electrónica siguiendo el orden
lógico del proceso, o sea, 
se pretende analizar la licitud en la obtención
de la prueba 
electrónica,  las  distintas 
formas  de  proponer  y  aportar  la 
misma  al  proceso penal, 
para  después  conocer  los  medios  de 
valoración  y  posterior 
autenticidad  que emplean   los   Tribunales
 de   Justicia 
 españoles.   Para finalizar,   se 
 expondrán   las 
conclusiones  que  se  han 
alcanzado  tras  el  estudio 
teórico-práctico  de  la  prueba
electrónica  en  el  proceso  penal, 
y  se  propondrá  la
adaptación/reforma  de  las  leyes procesales 
para conseguir una Justicia 2.0 que otorgue
mayor seguridad jurídica.


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“V., L. D. s/excarcelación-flagrancia-robo tentado”

Fecha Fallo

font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";
color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:ES-AR;mso-bidi-language:
AR-SA">El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “V., L. D.

s/excarcelación-flagrancia-robo tentado” (causa n° 10.255/2017) rta.

7/3/2017, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación

interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución del juez

de la instancia de origen que no hizo lugar a su excarcelación. El

proceso se tramitó bajo el nuevo régimen de la ley 27.272 y la

defensa, durante la audiencia oral ante la alzada, solicitó que se

disponga la inmediata libertad porque en la audiencia multipropósito

celebrada en la instancia de origen, no se impuso la prisión

preventiva del mismo, sino que simplemente se rechazó la excarcelación

y se declaró clausurada la instrucción. Los vocales revocaron la

resolución y dispusieron la inmediata libertad del detenido.



            Precisaron que al no haberse
regularizado la detención del

imputado en los términos del artículo 353 quinquies, cuarto párrafo,

del CPPN, y dado que el auto de prisión preventiva supone una

ponderación que no puede entenderse tácitamente realizada,

correspondía acceder al reclamo de la defensa.



Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.-

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Femicidio para qué? Un análisis dogmático y político-criminal ley 13.104/2015 (en portugués)

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Este trabajo tiene como objetivo el análisis
crítico de la nueva 
107%;font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">calificadora del homicidio, tras la 
entrada  en  vigor  de  la  Ley


13.104/2015,  que  es  el 
femicidio.  Pasa  por  el  desarrollo  del 
pensamiento  feminista  y 
la  evolución  de  la  criminología 
feminista.  Expone  los  aspectos
críticos  y  dogmáticos  del 
homicidio  agravado  y  el 
feminicidio.  Por  último,  se  provoca 
una discusión acerca de las razones de política
criminal que llevaron a la 
creación de la novela de cualificadora, así como
de los efectos 
positivos y negativos de la penalización del
femicidio de cara al 
principio constitucional de igualdad.


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Atendimiento a los adolescentes autores de actos infraccionales en Brasil: Implicaciones en la práctica del psicólogo (en portugués)

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El modelo de Justicia Juvenil en Brasil se
inspira en las directrices 
line-height:107%;font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;
mso-fareast-theme-font:minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES;
mso-fareast-language:EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">internacionales para la protección integral de
la infancia y la


adolescencia y se guía por los procedimientos
establecidos en el 
Estatuto del Niño y del Adolescente (ECA, Ley
8.069/1990) y la Ley del


SINASE (Ley 12.594/2012). De acuerdo con estas
leyes, aunque 
inimputables por el Código Penal, los
adolescentes son


responsabilizables, ante la ley especial. A ellos, por lo tanto, se
imputa la aplicación de los 
seis tipos de “medidas socioeducativas”
(Art.112, artículos I a VI, la 
Ley Nº 8.069, de 1990.): advertencia; obligación
de reparar el daño, 
prestación de servicios a la comunidad, libertad
asistida, libertad 
parcial y el internamiento en un centro de
enseñanza. En los últimos 
cuatro, hay la presencia del psicólogo como
profesional que forma 
parte de un equipo interdisciplinario de atención
socioeducativa. Este 
artículo presenta una visión general del marco
normativo que guía el 
trabajo de los profesionales en el Sistema de
Atención Socioeducativa 
en Brasil y discute las posibilidades psicólogo
en este escenario. Por 
lo tanto, proponemos una reflexión sobre la
propuesta de la 
socioeducación en términos generales y, en
concreto, cuestionamos cómo 
sería la  actuación  del 
psicólogo  en  este  tipo  de  actividad.


Apuntamos  a  tres 
aportaciones  que  la  psicología  podría ofrecer 
el servicio de atención socioeducativa: 1)
promocionar procesos de


resignificación junto a los adolescentes acerca
de la práctica de 
delitos y las consecuencias de sus acciones para
la vida en la 
comunidad; 2) mediar acciones de inclusión de
los adolescentes en sus 
familias en la comunidad; 3) construir 
conjuntamente  proyectos  de


vida  que  fomenten  la 
participación  política  y  ciudadana  de 
los  adolescentes como herramienta de
transformación social.


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