La vida en contra: apuntes para una teoría sobre el fenómeno de las pandillas transnacionales en El Salvador

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El
artículo presenta un abordaje teórico sobre el fenómeno de las
pandillas transnacionales desde la perspectiva de la producción de
la subjetividad moderna, que vista desde Nietzsche, es subjetividad
clausurada o esférica. Siguiendo a Roberto Esposito, se observa en
los pandilleros una subjetividad abierta hacia el otro a través del
don y la deriva comunitaria. Primero, se elabora una discusión sobre
la interiorización subjetiva según lo político, económico y
libidinal, para ilustrar qué es y cómo se produce el sujeto
esférico. Un segundo momento piensa sobre la subjetividad de los
pandilleros, sin que esto signifique la carencia de características
del sujeto moderno. El último
momento reflexiona sobre la
relación de la pandilla como lugar/social comunitario frente al
resto de la sociedad y las acciones del gobierno salvadoreño que
buscan erradicar a estos grupos sin presentir en ellos una forma de
vinculación con la capacidad de ofrecer algo más que violencia.

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La integridad de los animales como bien jurídico y su expresión  del expansionismo penal

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el
presente escrito versa sobre la protección de los animales a través
del derecho penal,debido a la exigencia de algunos colombianos que
reclaman un panorama legal con mayor rigidez y aplicabilidad,
respecto a los constantes casos de maltrato animal entre múltiples
problemáticas, generando la posibilidad de establecer la aplicación
de la teoría del expansionismo del derecho penal. Posterior al
estudio de la normatividad y el análisis internacional, en
conclusión la protección de los animales que se busca mediante el
proyecto de ley actual, es la aplicabilidad total del expansionismo
penal, como única regulación que salvaguardará este Bien Jurídico.

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Historia de la Despenalización del Aborto en Colombia y sus Implicaciones Bioéticas y Sociales

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El 
debate  del  aborto,  en cualquier  parte 
del  mundo  genera  polarizaciones y opiniones
encontradas;  Colombia  por  supuesto,  no 
es  la  excepción, siendo  este  un 
motivo  para  la presente revisión histórica. En 
el  desarrollo  de  la jurisprudencia,  se 
observa  un  proceso  que  en  sus 
etapas  iniciales defendía  el derecho  a la vida de
todo ser humano en el vientre materno; no obstante, que esto se daba
en medio de amplios debates en los cuales estaban presentes los
partidarios de la  legalización del  aborto. 
Posteriormente,  la  posición  de  los 
magistrados  y  juristas  que presidían las altas
cortes se inclinó a legislar con base en los argumentos de los
promotores del aborto. En la última década, la Corte Constitucional
de Colombia ha llevado a cabo una continua y progresiva
jurisprudencia, con el fin de asegurar el ejercicio del denominado:
“derecho al aborto en los casos despenalizados”, en las mujeres
que así lo soliciten. Ha permitido la legalización parcial del
aborto confiriéndole carácter de derecho a lo que es un delito.
Como  parte  fundamental  de  la  ideología 
de  los movimientos  feministas,  está  la 
búsqueda de la legalización del aborto, anteponiendo los derechos
de la mujer frente a los derechos del  concebido;  entre 
sus motivaciones  para  apoyar  el  aborto, 
está  la  defensa  de  la  total autonomía
de la mujer.
Por otra parte, es relevante la postura de los
distintos actores y movimientos a favor de la vida de los que están
por nacer, en contra
del proceso que busca la legalización del
aborto en Colombia. 

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Conocer nuestro derechos para ejercerlos

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Afirma
Eugenio Raúl Zaffaroni: «El poder punitivo es como la milanesa con
papas fritas, es decir, nadie se pregunta por qué existe. Parece que
siempre ha estado ahí» (2013: 29). Esta naturalización se ha
extendido a otras dimensiones del derecho y resulta moneda corriente
dentro de las cárceles. En el Taller de Formación Sindical y
Derechos Laborales, que forma parte del Programa de Extensión en
Cárceles (PEC) de la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL) de la
Universidad de Buenos Aires (UBA) y se dicta en el Centro
Universitario Devoto (CUD), nos proponemos conocer y reconocer cuáles
son los derechos que deben cumplirse en cualquier ámbito laboral
(también en contextos de encierro) y desarrollar las herramientas
para defenderlos. 

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Experiencias y sentidos. Una reflexión sobre el Taller de Historia en el Devoto

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Primera
y necesaria aclaración: es muy difícil dar cuenta de un único
sentido del Taller Extracurricular de Historia, ya que está
compuesto por un grupo de docentes cuyas trayectorias, modos y
expectativas son diversos. Sin embargo, en este ejercicio de
reflexión colectiva, encontramos una interesante oportunidad de
análisis que nos ayuda a reconocer limitaciones, potencialidades y
vislumbrar los próximos pasos. En este sentido, lo que se presenta
aquí es un breve ensayo sobre el Taller y parte de la experiencia
generada en ese ámbito, con el objetivo de colaborar en la reflexión
colectiva sobre la práctica educativa en contextos de encierro. De
esta manera, el punto de partida que proponemos es mirar en
perspectiva los cuatro años de trabajo realizado y analizar en
particular algunas situaciones que nos permiten plantear inquietudes
que aún no hemos podido resolver en la práctica. 

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La mediacion en los delitos contra el honor. Retos y perpectivas en el ordenamiento juridico cubano

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la 
reflexión  sobre  la  necesidad  de 
modelos  alternativos  a  la  justicia 
penal,  se inserta  como  un  contenido 
más  de  un  nuevo  paradigma  de análisis 
de  las diversas relaciones cruzadas entre estado, sociedad,
ciudadanos y fenómenos de  desviación  social.  El 
desarrollo  de  la  mediación,  como 
sistema  teórico, traduce la emergencia de un nuevo modelo de
regulación social, de una nueva fórmula
de  acción 
que  no  se  limite  simplemente  a 
la  gestión  de  los  conflictos, sino 
que  contribuya,  también,  a  recrear 
espacios  de  comunicación  y  nuevos
instrumentos de socialización. El nuevo paradigma bascula sobre la
reformulación del sentido y el alcance del 
conflicto 
social  y  una  nueva  atribución  de
roles  de  participación  en  la  que 
el infractor   merece   una  
respuesta   de   reintegración   y
la   víctima   un   papel protagónico 
en  la  búsqueda  de  soluciones  que 
comporten,  por  un lado,  su  reparación y, por
otro, restaurar las consecuencias perjudiciales del delito sobre 
la sociedad. La  conveniencia  de  instrumentar 
este  novedoso mecanismo  de  control  social en 
el  sistema  de  justicia  penal  en 
Cuba,  sugiere  la  búsqueda  de  un 
espacio operativo  donde  se 
procure  una 
solución  pacífica  y  conciliadora  entre 
los involucrados en el conflicto, siendo ideal desde esta
perspectiva, la articulación de   un   modelo  
de   entendimiento   facilitado   en  
el   ámbito   de   los  
delitos perseguibles a instancia de parte, partiendo del principio de
voluntariedad que en  definitiva  constituye  el 
eje  sobre  el  cual  gravita  tanto 
la  mediación  como  el 
ejercicio de la
acción penal en los delitos privados.En  el  presente 
trabajo  se  exponen  los  fundamentos 
conceptuales  e  históricos de  la  mediación 
penal  y  se  realiza  una  evaluación 
del  marco  teórico  para  su futura 
implementación  en  el  sistema  de 
justicia  penal,  específicamente  en  el
procedimiento   especial   regulado  
en   nuestra   legislación  
procesal   para   el 
ejercicio de la
acción penal en los delitos perseguibles a instancia de partes.

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De Motín de los Colchones a Masacre del Pabellón 7mo

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El
14 de marzo de 1978 se produjo un incendio conocido a través de los
medios como “Motín de los Colchones”. En el Pabellón 7o de la
U.2 del Servicio Penitenciario Federal, murieron 64 detenidos, según
cifras oficiales. Algunos quemados, otros asfixiados, otros producto
de
disparos e incluso a causa de los golpes que pegaba el Servicio
Penitenciario Federal. El hecho se conoció como “motín de los
colchones”, y la dictadura se apuró a informar que “ningún
preso político” estaba involucrado como víctima. El expediente
judicial tomó 10 cuerpos. El archivo de la causa fue inminente e
infundado, basado en la historia que había construido el SPF,
encargado de “investigar” y de “investigarse” desde un primer
momento.Reabierta la causa en democracia, su trámite fue
superficial, jamás se cuestionó el rol de la
fuerza de
seguridad. Años después, en 1985 y 1987, Elías Neuman y Daniel
Barberis relataron y testimoniaron acerca de lo que realmente había
pasado: una masacre impune, uno de los hechos más sangrientos
conocidos en la historia de las cárceles argentinas. Desde 2011 un
equipo de investigación integrado por un sobreviviente, tres
asociaciones de derechos humanos, y un grupo organizado en el Centro
Universitario de Devoto, decidimos contar esa historia y reclamar que
se juzgue como un delito de lesa humanidad. 

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