UNGASS 2016 - Documento aprobado por la Asamblea General
Documento final aprobado en la UNGASS 2016 -Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las Drogas-
Documento final aprobado en la UNGASS 2016 -Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las Drogas-
La canciller Susana Malcorra habló hoy ante la Sesión Especial de la
Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las
Drogas (UNGASS 2016), en la ONU. En su discurso, la Canciller
sostuvo: "El fin último es colocar a las personas como centro de las
políticas sobre Drogas. Sostenemos un cambio en la centralidad desde la
sustancia a la persona, en tanto sujeto de derechos, proponiendo la
inclusión social como elemento central y objetivos a alcanzar con las
políticas públicas. Tenemos una perspectiva de atención, cuidado,
tratamiento y recuperación de los usuarios de drogas, promoviendo a su
vez la eliminación de actitudes de discriminación y estigmatización”. “Los derechos humanos, es decir los
más altos estándares de salud física y mental reconocidos por las
convenciones internacionales, son parte integral de la posición
argentina frente al problema mundial de las drogas”, afirmó, y puso
énfasis en “la cooperación internacional” como “herramienta
imprescindible” para enfrentar el problema.
Sobre el Documento de Resultados
adoptado ayer en el marco de la Sesión Especial, manifestó: “Desde el
inicio de las negociaciones sostuvimos que uno de los principales
resultados de la UNGASS 2016 debía ser el consenso generalizado sobre el
acceso y la disponibilidad de substancias controladas para fines
médicos y científicos. Vemos con beneplácito que el documento de
resultados refleja esa preocupación de conformidad a los convenios de
control de drogas de las Naciones Unidas”.
El pasado fin de semana, cinco jóvenes murieron y 5 sufrieron graves daños a su salud por tomar pastillas cuya composición aún no se conoce. Estas muertes evitables generaron un debate social que es necesario profundizar. El modelo prohibicionista y el enfoque punitivo del consumo fracasaron en el objetivo de alcanzar una "sociedad libre de drogas". En esencia, la prohibición tiene al menos tres tipos de consecuencias negativas. Por un lado, la ausencia de regulación estatal no hace más que fortalecer el negocio de la producción y el tráfico de drogas y generar ganancias extraordinarias. Por otro, en su "guerra contra las drogas" el sistema penal -las fuerzas de seguridad, los servicios penitenciarios, el Poder Judicial- es responsable de graves violaciones a los derechos humanos. Por último, los graves daños a la salud de los consumidores se derivan en buena medida de la ausencia del Estado en su rol de contralor: las drogas son un gigantesco mercado desregulado o, mejor dicho, regulado por mafias. La muerte de los jóvenes en Costa Salguero es consecuencia de esto último.
El Poder Judicial de Córdoba convoca a médicos a participar del concurso público y abierto de antecedentes, títulos y entrevista personal para cubrir cargos de oficial auxiliar, según la disponibilidad presupuestaria, en las siguientes dependencias:
a) Sub-Área de Equipos y Servicios de Salud, del Área de Servicios Judiciales en el Interior de la Provincia,
b) Servicio de Medicina Legal de la Dirección de Policía Judicial del Ministerio Público Fiscal,
c) Secretaría Técnica del Instituto de Medicina Forense, Comité consultivo y operativo en prácticas médicas, sanitarias y bioética (COPRAMESAB) y en los consultorios médicos del Palacio de Justicia II de la Sub-Área de Equipos y Servicios de Salud del Área de Servicios Judiciales – Capital- como Médico a cargo del mismo y coordinador de docencia,
d) Servicio de Peritos Médicos Oficiales, Consultorios del Palacio de Justicia I y en el COPRAMESAB de la Sub-Área de Equipos y Servicios de Salud, del Área de Servicios Judiciales – Capital-
e) Instituto de Medicina Forense, Servicio de Medicina Forense del Palacio de Justicia II, Comité consultivo y operativo en prácticas médicas, sanitarias y Bioética (COPRAMESAB) de la Sub-Área de Equipos y Servicios de Salud, del Área de Servicios Judiciales– Capital-.
Podrán inscribirse en el proceso de selección los profesionales que posean título de médico con matrícula profesional vigente; que acrediten los requisitos específicos para cada puesto; y que no posean sanción ética en el Consejo de Médicos de Córdoba o análogas para postulantes de otras provincias.
El acuerdo de convocatoria Nº 89, Serie “A”, establece además que los nombramientos o contrataciones, según el caso, serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio en cada sede o repartición, respetando los órdenes de mérito resultantes, así como las condiciones de aptitud fijadas en el concurso.
Los postulantes podrán conocer las bases y condiciones del concurso, así como completar la solicitud de inscripción, a través de la página web oficial del Poder Judicial de Córdoba: www.justiciacordoba.gov.ar, o bien, a través del Portal de Aplicaciones (Intranet), en la sección Concurso de Cargos, desde el 19 de abril hasta el 30 de mayo de 2016 a las 14 horas inclusive. Para realizar consultas, los interesados pueden comunicarse con la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones, perteneciente al Área de Recursos Humanos, al correo electrónico: concursos@justiciacordoba.gob.ar
El TSJ de Córdoba consideró que la suspensión del juicio
a prueba puede aplicarse en un caso de violencia familiar cuando se trate de un
episodio aislado y sin gravedad, que no está inserto en un contexto de
violencia de género.
Explicó que cuando la investigación acredita con probabilidad que el hecho
puede considerarse un caso de violencia de género, en los términos de la Convención
de Belem do Pará, “no hay posibilidad de otra alternativa distinta al debate
oral en el juicio”. Pero si, tras la investigación existe duda acerca de la
subsunción convencional, porque en la indagación del contexto no emerge con
probabilidad aquello que configura el rasgo identitario de la violencia de
género para las reglas convencionales, “no están clausuradas las alternativas
restaurativas, incluida la suspensión del juicio a prueba”.
Esta situación se da cuando se trata de un caso aislado que no presenta
gravedad, cuando el hecho no forma parte de un ciclo de victimización, ni
supone el uso sistemático de la violencia en cualquiera de sus modalidades, no
necesariamente relevantes desde el punto de vista penal, que suelen ser
utilizadas por el agresor varón en relación a la víctima mujer como
manifestación de poder, dominio o control.
La resolución expresó que si no se ha verificado con probabilidad la sospecha
de la violencia de género, rige el principio in dubio pro reo, y ello significa
que, en el caso concreto, no obstante el conflicto aislado, puede haber una
igualdad real entre agresor y víctima que, en la medida que se den todas las
exigencias legales, habilita esta alternativa diferente al juicio, como la
probation, porque no concurre el deber convencional de realizar "un juicio
oportuno" y, en su caso, "sancionar".
Causa: "Trucco, Sergio Daniel p.s.a amenazas - Recurso de Casación" (15 de abril de 2016).
Fuente: http://www.tribunales.gov.ar/cargawebweb/_news/newsDetalle.aspx?encqs=X…
El
presente trabajo consiste en abordar críticamente el fenómeno punitivo
denominado “baño de ortiga” por medio del modelo de argumentación propuesto por
el autor Stephen Toulmin, con la intención de dar a conocer los elementos
básicos de este último, y su aplicación práctica en el campo del derecho, más
puntualmente, en el campo profesional del abogado contemporáneo.
Para
ello, partiremos de la siguiente cuestión: resulta necesario ofrecer una
descripción del modelo toulmiano (sobre todo para aquellos que se encuentran incursionando
en el mundo de la argumentación), ya que generalmente se presenta como una
tarea con abundancia de bemoles.
El
mayor de estos obstáculos, resulta ser el tiempo
(inexorable), asimilable a la presencia de la niebla que ataca a las ciudades
costeras por la mañana. Ésta, suele dificultar la posibilidad de quien desea
divisar a otro sujeto desde una distancia considerable: a lo sumo, llegará a
reconocer una silueta, no pudiendo entrar en grandes detalles.
Este
nivel de sinceridad extrema no debe atemorizar al lector, ya que resulta ser un
correcto puntapié hacia el análisis del autor en cuestión, desde nuestra
ubicación actual: el siglo XXI.
Lo
que sí podemos denotar rápidamente es que la figura en cuestión se encuentra
presente en distintas disciplinas: física, lógica, derecho, ética, política,
entre otras.
Esto
no ha de ser un detalle menor, ya que nos encontramos con un importante
exponente de lo que en la actualidad denominamos “multitasking”: esto es, la capacidad de realizar o entender una
multiplicidad de tareas en forma simultánea. Sin duda, una virtud que mucho no
logran comprender.