Ley 27.352. Abuso sexual. Reforma Código Penal
Un freno para el abuso sexual.El Gobierno nacional promulgó la Ley
27.352 que modifica el artículo 119 del Código Penal de la Nación, a
los fines de precisar las acciones que comprende el delito de abuso
sexual. La normativa incluye expresamente la penetración oral forzada
y la introducción de objetos por vía vaginal y anal.
Diario Judicial
Miércoles 17 de mayo de 2017
A través del Decreto 340/2017, publicado este miércoles en el Boletín
oficial, el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 27352 que
modifica el artículo 119 del Código Penal de la Nación, con el
objetivo de precisar las acciones que comprende el delito de abuso
sexual.
La modificación, sancionada por el Congreso en abril último, busca
condenar la penetración oral forzada y la introducción de objetos por
vía vaginal y anal. El proyecto fue impulsado por la presidenta de la
Comisión de Legislación Penal de Diputados, Gabriela Burgos, y contó
con el respaldo del Ministerio de Seguridad.
En antiguo artículo 119 establecía que “la pena será de 6 a 15 años de
reclusión o prisión cuando (...) hubiere acceso carnal por cualquier
vía”. Con la nueva normativa, el texto quedó redactado de la siguiente
manera: “La pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando
(...) hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare
otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por
alguna de las dos primeras vías”.
Asimismo, establece que “será reprimido con reclusión o prisión de 6
meses a 4 años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta
fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso
coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad,
o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no
haya podido consentir libremente la acción”.
En tanto, la pena será de “4 a 10 años de reclusión o prisión cuando
el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere
configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la
víctima”.
Inimputabilidad, peligrosidad criminal y medidas de seguridad curativas: mitos y realidades
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Las medidas de seguridad curativas se imponen en
un proceso penal a
las personas inimputables, siempre y cuando a
través de un pronóstico
se concluya de forma afirmativa sobre su
peligrosidad criminal. Pese a
que esta afirmación pareciera muy elemental, en
la praxis judicial se
mantienen una serie de mitos en relación con
estos institutos
jurídicos cuyas versiones pueden variar, en
mayor o menor medida,
entre los diferentes países del mundo. Bajo este
contexto, en el
presente artículo se formulan diez mitos a
partir de la experiencia de
Costa Rica y se brinda una explicación que
pretende debilitarlos o
derribarlos, invitando al lector a reflexionar
al respecto.
La protección del derecho a la intimidad en la toma de muestras de ADN afines de investigación penal
En el ámbito del
derecho a la intimidad es donde se
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manifiesta más claramente la
tensión entre los derechos
individuales y el
interés general en el ámbito de la
investigación penal a
través de marcadores de ADN, pues todo
contacto físico supone
inevitablemente traspasar los
límites de la
personalidad humana. La intimidad lato sensu no
es un bien
jurídico de fácil
definición porque engloba, no sólo el concepto
de la esfera íntima en
la que se incluyen las
facultades clásicas de exclusión de te
rceros, sino que afecta
a todos los derechos de la
personalidad. Debemos
distinguir a su vez entre la intimidad
corporal y la intimidad personal, incluyendo,
dentro de esta última,
la llamada intimidad genética, que es la más
vulnerable en este tipo
de diligencias
de investigación penal y que por ello necesita
de una protección reforzada.
Ignorancia y opacidad: una mirada al derecho penal
El presente trabajo pretende ser una exposición
general sobre la
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problemática en torno a la ignorancia y la opacidad
del Derecho -como
dos fenómenos de distinta naturaleza-, llevado
al ámbito del Derecho
Penal, en el cual pretendo enfocarme.
Es en la referida rama del saber jurídico donde
el Estado ejerce el
ius puniendi de la forma más directa y dura,
limitando la libertad de
los sujetos. Por esta razón, el desconocimiento
e incomprensión del
Derecho, más allá de ser un problema de suma
importancia en todas las
ramas, cobra en el Derecho Penal un lugar de
relevancia, sobre todo en
la teoría del error.
Puede escucharme alguien? La participación de los niños en la justicia juvenil. Manual para adecuar los sistemas de justicia juvenil europeos a los menores. Observatorio Internacional de Justicia Juvenil
"¿Puede escucharme alguien?"
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La participación de los niños en la justicia
juvenil: Manual para
adecuar los sistemas de justicia juvenil
europeos a los menores
Este manual tiene el objetivo de proporcionar
una formación a los
profesionales que trabajan con niños en
conflicto con la ley, y está
especialmente orientado hacia la mejora de su
comunicación con los
niños. En esta publicación se abordan en varios
capítulos temas
relacionados con los derechos legales de los
niños, las técnicas de
interrogatorio, la comunicación, la psicología
del niño y las
habilidades pedagógicas.
El manual busca ofrecer información y
orientación sobre la aplicación
de las provisiones de la nueva Directiva del
Parlamento Europeo y del
Consejo sobre las garantías procesales de los
menores sospechosos o
acusados en los procesos penales. Se proporciona
información con
respecto al contenido de la Directiva y sobre
cómo aplicarla en
congruencia con otros estándares importantes
europeos e
internacionales sobre la justicia juvenil. Esta
publicación puede
usarse también para la formación de
profesionales de la justicia
restaurativa y de la mediación, enmarcados en el
sistema de justicia
juvenil o relacionados con éste.
El manual ha sido preparado por el Department of
Child Law de la
Universidad de Leiden y forma parte del proyecto
“Mejorando los
sistemas de Justicia Juvenil en Europa:
Formación para profesionales”,
dirigido por el Observatorio Internacional de
Justicia Juvenil.
Estructura del manual
El manual se centra en prácticas y técnicas
prometedoras relacionadas
con la justicia adaptada a los niños. El
objetivo de esta publicación
es difundir conocimientos y promover el respeto
en relación a los
derechos del niño en conflicto con la ley.
Aborda los siguientes
temas:
Estándares internacionales y europeos
sobre justicia juvenil y
desarrollo adolescente.
Requisitos generales:
procedimientos específicos para los niños en
conflicto con la ley, el papel de la asistencia
legal u otros tipos de
asistencia, y el papel de los padres en la
justicia juvenil.
Participación efectiva: el derecho
a la información y a ser escuchado.
Habilidades comunicativas: cómo
comunicarse efectivamente con
niños en conflicto con la ley.
Seguimiento y apoyo: incorporar
las opiniones de los niños en
conflicto con la ley en las decisiones y
explicar las decisiones.
En cada capítulo, se aborda la implementación en
la práctica de los
estándares internacionales y europeos
relevantes. Se indican
requisitos básicos como por ejemplo, cómo
aplicar los estándares en
las diferentes fases del proceso de justicia
juvenil. Las fases que se
distinguirán son: la fase del arresto y el
interrogatorio policial; la
fase de los procesos judiciales; la fase de la
sentencia; y la fase
del internamiento previo y posterior al juicio.
Se presentan buenas prácticas en el manual en
relación a las
cuestiones abordadas en cada capítulo en
particular. Estas prácticas
sirven como ilustraciones de cómo algunos
principios o provisiones
legales pueden ponerse en práctica. Han sido
proporcionadas por las
entidades socias en este proyecto, tomadas de
sus países respectivos:
Austria, Chipre, República Checa, Finlandia,
Francia, Irlanda, Italia,
Letonia, Portugal y España. Todas las
organizaciones colaboradoras que
participan en este proyecto son miembros del
Consejo Europeo de
Justicia Juvenil.
O artigo 385 do Código de Processo Penal Brasileiro e o Sistema Processual Acusatório
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1. INTRODUÇÃO.
2. SISTEMAS PROCESSUAIS PENAIS. 2.1 Sistema Processual Penal Inquisitivo. 2.2.
Sistema Processual Penal Acusatório. 2.3. Sistema Processual Penal Misto. 3.
SISTEMA PROCESSUAL PENAL ACUSATÓRIO ADOTADO NO BRASIL. 3.1 Princípios
Processuais. 3.2. Previsão Normativa e Constitucional. 3.3. O Ministério
Público como Titular da Ação Penal. 3.4. Divisão de Funções Entre o Ministério Público
e Estado-juiz. 3.5. O Artigo 385 do CPP
Como Exceção à Regra. 4. CONTROLE DE CONSTITUCIONALIDADE. 5. CONCLUSÃO. 6 REFERÊNCIAS.
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