Violencia Institucional. Informe de gestión. En tres años, la Procuvin llevó a cabo 100 inspecciones a centros de encierro
Desde
marzo de 2013, cuando fue creada, a marzo de este año, la
Procuraduría de Violencia Institucional inspeccionó en cien
oportunidades cárceles, comisarías, institutos y otras
dependencias, donde detectó graves vulneraciones a los derechos
humanos y accionó para subsanarlas, prevenirlas y reprimirlas.
En
tres años de funcionamiento, la Procuraduría de Violencia
Institucional (Procuvin) concretó 100 inspecciones a centros de
encierro de todo el país, tanto para tareas de monitoreo y control
como en la concreción de medidas judiciales, según consigna en un
informe de gestión que se puede descargar al pie de esta nota. "Este
organismo procuró afirmar su presencia en lugares de encierro a fin
de efectuar una tarea preventiva así como reactiva en la
intervención frente a las vulneraciones de los derechos humanos de
las personas detenidas", expresa.
Casi
el 70 por ciento de las inspecciones se llevaron a cabo en cárceles
del Servicio Penitenciario Federal, cinco en las del Servicio
Penitenciario Bonaerense y doce en penales de Mendoza, Catamarca,
Santa Fe, San Juan y Chaco.
Con
eje en asegurar el acceso a la justicia y disminuir los niveles de
impunidad en los ámbitos de encierro, también fueron inspeccionadas
siete dependencias de Gendarmería, cuatro institutos dependientes de
la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia (SENNAF),
tres comisarías provinciales y un centro psiquiátrico privado.
Las
inspecciones tuvieron como fin el monitoreo de las condiciones de
detención y el cumplimiento de medidas judiciales. Durante los
monitoreos se llevaron a cabo entrevistas a personas detenidas y
recepción de pedidos y de necesidades, observación de documentación
de condiciones de detención e intervenciones urgentes en situaciones
de inminente afectación de derechos o integridad psicofísica de las
personas.
En
tanto, el cumplimiento de medidas judiciales incluyó el contacto
personal con detenidos y detenidas, la recepción de denuncias
penales, la realización de peritajes o la concreción de medidas
probatorias y controles en el marco de habeas corpus en curso.
El
67 por ciento de los establecimientos inspeccionados por la Procuvin
tiene población masculina, lo cual -explica el informe- "es
congruente con la distribución del universo carcelario, que aloja
principalmente a personas de ese género". Los lugares más
inspeccionados fueron los complejos federales de Devoto, Ezeiza y
Marcos Paz.
La
Procuvin, creada por la procuradora general de la Nación, Alejandra
Gils Carbó, mediante la resolución PGN 455/13, del 13 de marzo de
2013, está actualmente a cargo del fiscal general Miguel Palazzani y
en los dos primeros años fue conducida por su colega Abel
Córdoba.
El
carácter preventivo
En
las 100 inspecciones Procuvin intervino con 34 funcionarios y
funcionarias de diferentes disciplinas que forman parte de su plantel
y con 198 miembros de otros organismos, tanto judiciales y del
Ministerio Público, como de control (ong, comités, procuraciones
penitenciarias), periciales y de la Dirección de Comunicación
Institucional de la Procuracion General. "Ocho de cada diez
inspecciones fueron realizadas conjuntamente con miembros de otras
instituciones", destaca el informe.
"Es
necesario que todos los operadores judiciales dedicados al derecho
penal conozcan en forma directa y permanente la realidad de los
espacios de encierro y puedan dimensionar las características del
tránsito de una persona por el archipiélago carcelario",
señala la Procuvin en sus recomendaciones, y explica al respecto que
"la práctica judicial de inspecciones regulares a los espacios
de detención promueve no sólo la detección de delitos y la
consecuente reacción institucional frente a violaciones a los
derechos humanos, sino que también implica una actividad de fuerte
carácter de prevención general respecto de la potencial comisión
de tales hechos".
Y,
en ese sentido, pone de relieve que "el monitoreo debe superar
la mera observación de los espacios de encierro" y que debe
"acompañarse con la intervención, la respuesta a las víctimas
y el seguimiento de los casos y la producción de información
consistente que abone al debate en la materia".
Las
acciones
La
Procuvin informa que en las cien inspecciones realizadas "se
verificaron una multiplicidad de situaciones que configuran graves
violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de su
libertad" y que frente a ello se llevaron a cabo diferentes
medidas, impulsadas de acuerdo a la evaluación de cada caso.
En
efecto, se realizaron informes a los jueces, defensores y fiscales a
cuya disposición se encuentran las personas detenidas y
entrevistadas; se interpusieron habeas corpus individuales y
colectivos; se formularon denuncias penales; se participó en mesas
de trabajo junto a múltiples agencias estatales; se instó a la
cesación inmediata de situaciones inhumanas y degradantes,
proveyendo agua y alimentos, atención médica, vestimenta y acceso a
la justicia; se promovió y concretó la clausura de pabellones
durante inspecciones realizadas conjuntamente con funcionarios
judiciales; y se logró la relocalización inmediata de detenidos en
dependencias acordes a los estándares de derechos humanos.
El
informe de la Procuvin también se detiene en las actividades
concretadas en lo que va de 2016: en estos meses la Procuraduría
realizó 21 inspecciones, todas ellas en seis unidades penales
federales y en una de la provincia de Buenos Aires.
Justicia Indígena y su administración en la comunidad Atapo el Carmen, Cantón Guamote, Provincia Chimborazo, período 2013 - 2014: Propuesta de Métodos Alternativos para la solución de conflictos de Asuntos Indígenas
El caso del control de identidad preventivo y su debate en la Cámara de Diputados
el
objetivo de este artículo es analizar de manera crítica el debate
sobre el proyecto de ley destinado a ampliar las facultades de las
policías para realizar controles de identidad preventivos que fue
aprobado por la cámara de diputados en septiembre de 2015. Para
ello, se realiza un análisis de
los fundamentos que plantearon sus
partidarios durante la tramitación legislativa. Este estudio da
cuenta de una propuesta elaborada con desconocimiento de la evidencia
empírica disponible y sustentada en serios errores y prejuicios.
Todo esto muestra una baja calidad del debate legislativo y permite
argüir que se trata de una reforma innecesaria, a la luz de las
justificaciones que sus partidarios invocan, e inconveniente, por los
riesgos que genera al ejercicio de derechos fundamentales de nuestros
ciudadanos.
La regulación de la posesión y la criminalización de los consumidores de drogas en América Latina
A pesar de existir un fuerte consenso a nivel internacional respecto a que el consumo no es un asunto de índole penal sino uno de salud, las respuestas de los Estados latinoamericanos frente a los consumidores de sustancias de uso ilícito continúan siendo predominantemente punitivas y represivas. Este texto explora los mecanismos legales que facilitan y explican la criminalización de los usuarios. El texto muestra que la regulación de la posesión o tenencia es fundamental no solo para entender la situación actual de los consumidores sino también para sacarlos de la esfera penal.
EL APARTAMIENTO DE LOS JUECES DE UNA OPINION FISCAL FAVORABLE EN MATERIA DE LIBERTAD: UN RETROCESO EN MATERIA DE GARANTIAS
La Provincia de Córdoba deberá indemnizar a víctima de un robo cometido por un policía
La condena
civil al Estado provincial asciende a 2.297.334 millones de pesos. El
damnificado quedó con paraplejia “consolidada e irreversible”.
La Cámara 4
del Crimen de Córdoba condenó penal y civilmente a tres personas acusadas de
causar lesiones de carácter gravísimo a Elio Roble durante un asalto ocurrido
en agosto del año 2014, cuando la víctima circulaba en su motocicleta por
barrio IPV – Argüello.
También fue
condenado a pagar la indemnización el Estado provincial puesto que uno de los
asaltantes, Milton Sebastián Godoy, se desempeñaba en la División Motocicletas
de la Policía de Córdoba y facilitó su arma reglamentaria para que se cometiera
el hecho ilícito.
El
camarista Jorge Raúl Montero (actuó como tribunal unipersonal) explicó que el
Estado provincial era responsable civilmente por los episodios que ocasionaron
las lesiones a Elio Roble, “por cuanto uno de los coautores responsables era
integrante de la Policía de Córdoba, en actividad, cuando se perpetró el
asalto”. Asimismo, el magistrado afirmó que el arma usada para cometer el
atraco, con la que se lesionó gravísimamente a la víctima, ha sido un pistola 9
milímetros reglamentaria, provista por la Policía a Godoy.
“El Estado
ha encomendado al policía Godoy la prevención y persecución del delito y la
protección a la ciudadanía en general (…) y debe responder por las actividades
de sus dependientes, como también por el uso ilegítimo del arma que le
entregó”, esgrimió Montero. El camarista consideró acreditado el daño causado
al damnificado no sólo por los estudios médicos incorporados a la causa y los
testimonios de los profesionales consultados, sino también el contacto visual
que el tribunal tuvo con la víctima, que compareció a las audiencias de debate
en silla de ruedas.
En este
sentido, recordó que, según un informe elaborado el año pasado, las lesiones
presentadas por Roble son probablemente “irreversibles” y afectarán su vida de
manera determinante, puesto que “no puede realizar tareas habituales de manera
autónoma”. Este cuadro convierte al damnificado en un “gran inválido”, según la
denominación de la medicina legal, puesto que padece una paraplejia
“consolidada e irreversible”.
El asalto
El juicio
celebrado por la Cámara 4° del Crimen permitió comprobar que el 5 de agosto de
2014, alrededor de las 14.30 horas, el policía Godoy interrumpió la circulación
de la motocicleta que conducía Roble. En ese momento, se hicieron presentes los
imputados Juan José Nazar y Pablo Ezequiel Reyna, quienes en connivencia con
Godoy intentaban sustraer el vehículo de la víctima. Cuando los acusados vieron
que Roble trataba de escapar, lo agredieron y Nazar le efectuó tres disparos
con una pistola calibre 9 milímetros, marca Taurus. Dos impactaron en la pierna
y el tercero en el omóplato izquierdo. También recibió un golpe en la frente y
un culatazo en la nuca.
Por este
hecho, los imputados Godoy, Nazar y Reyna fueron declarados coautores
responsables del delito de robo calificado por lesiones gravísimas: al policía
Godoy le impusieron la pena de nueve años de prisión; a Nazar, ocho; y a Reyna,
siete años y seis meses. Asimismo, el tribunal penal hizo lugar a la acción
civil “ex delito”, deducida por el damnificado, en la totalidad de los rubros
reclamados. Como consecuencia, ordenó a los demandados, Godoy, Nazar, Reyna y
al Gobierno de la Provincia de Córdoba, a que paguen en forma solidaria la
cantidad total y actual de 2.297.334 pesos.
Fuente: http://www.justiciacordoba.gob.ar/justiciacordoba/indexDetalle.aspx?enc=cv8dD2nRNAk3JBfpXXQ+qQ==
- Lee más sobre La Provincia de Córdoba deberá indemnizar a víctima de un robo cometido por un policía
Algunas reflexiones sobre el regimen de prevencion del lavado de activos para las personas juridicas que reciben donaciones o aportes de-terceros
ÚLTIMAS PUBLICACIONES DE LA REVISTA
- Editorial: III Congreso Federal de Justicia Penal
- Presentación
- Infierno legal: análisis crítico al nuevo régimen penitenciario
- Mitos y prejuicios sobre las mujeres en prisión domiciliaria
- Obstáculos judiciales a la reparación integral del daño
- La disponibilidad de la acción penal en casos de violencia institucional
- Sistema contravencional y relocalización del conflicto
- La «desfederalización» sin coordinación es negocio para el narcotráfico
- Error de prohibición invencible en los casos de abuso sexual con acceso carnal, cuando la víctima es menor de 13 años
- La desaparición de mujeres y su vinculación con el femicidio