La maestra que no podía dar clases y los plazos de caducidad registral de las condenas

El presente artículo propone un análisis en torno a la razonabilidad de los plazos de caducidad registral de las sentencias condenatorias que dispone el Código Penal de la Nación (CP) en su artículo 51.

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En este trabajo, el autor se propone profundizar sobre distintas acciones posibles para articular desde el Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPD) en tanto su finalidad apunte a que la readaptación social de las personas que hayan sido condenadas no se vea entorpecida por el registro excesivamente prolongado de sus antecedentes penales.
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Lo dicho en este trabajo no pretenderá ser una exposición meramente teórica. Su inspiración para escribirlo no fue producto de una inquietud intelectual, sino a partir de su experiencia real y concreta. La historia de la protagonista que relata en la introducción lejos está de ser la única. Cómo se verá, su sufrimiento es también el de muchas personas en Argentina y en otros países del mundo. Pero el carácter eminentemente práctico de este trabajo no se agota allí. Ya que toda la jurisprudencia estudiada y reseñada fue a los fines de marcar pautas de actuación en sede judicial para la defensa de los derechos de aquellas personas. En efecto, el autor propone dos vías para lograr que el proceso virtuoso de querer reorientar la vida en línea con el bien común tras una condena penal no se vea impedido u obstaculizado.

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Buscar sin miedo: Estándares Internacionales aplicables a la protección de mujeres buscadoras en las Américas

En las Américas, esta búsqueda ha sido liderada y protagonizada mayoritariamente por las mujeres, quienes se han organizado en colectivos y organizaciones. Su labor las lleva a visitar instituciones estatales, recorrer las calles, adentrarse en zonas donde el conflicto armado sigue vigente, buscar o constituir grupos de apoyo, acudir a los sistemas de justicia para reclamar contra la impunidad, entre muchas otras acciones reconocidas como parte del derecho a defender los derechos humanos. La desaparición forzada cambia la vida no sólo de la persona desaparecida forzadamente sino de quienes están cerca de ella, pues todas son víctimas de una gravísima violación a derechos humanos y quienes optan por la búsqueda terminan ejerciendo labores de defensa de derechos humanos.

La actividad de búsqueda desplegada luego de la desaparición forzada por familiares, seres queridos y comunidades está protegida por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que le asigna a los Estados obligaciones de respeto, garantía y protección al respecto.

Amnistía Internacional considera que los riesgos, amenazas y ataques a que se enfrentan las mujeres buscadoras van más allá de posibles daños en derechos asociados a la integridad física. La desaparición forzada y la búsqueda tienen efectos negativos que exceden por mucho la esfera de la integridad personal. Las mujeres buscadoras se enfrentan a la estigmatización, la criminalización y la obstaculización de su trabajo organizativo por la subversión a los roles tradicionales de género que implica su desafío a la autoridad y los poderes legales o fácticos.

En la parte final de este documento, Amnistía Internacional presenta una serie de recomendaciones a los Estados de las Américas para avanzar en la protección de las mujeres buscadoras en la región.

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Prisión perpetua en Argentina. Claves para salir del atolladero

El artículo pretende describir, analizar y actualizar el debate sobre las prisiones perpetuas en Argentina, sus reconfiguraciones y los avances hacia un sistema de penas materialmente perpetuas.

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Este artículo pretende describir, analizar y actualizar el debate sobre las prisiones perpetuas en Argentina, sus reconfiguraciones y los avances hacia un sistema de penas materialmente perpetuas.

Comienza describiendo las transformaciones desde su redacción original y a partir de las reformas de los últimos veinte años. En segundo lugar, y como principal objetivo, se analizan las diferentes posiciones en el debate actual sobre el contenido de la prisión perpetua luego de sus modificaciones y se discute la posible vigencia y constitucionalidad de una pena de prisión materialmente perpetua en Argentina.

REFERENCIA:
Artículo originalmente publicado en Prisiones Revista digital del Centro de Estudios de Ejecución Penal. Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original.

CITA SUGERIDA:
Gual, R. (2024). Prisión perpetua en Argentina. Claves para salir del atolladero. Prisiones. Revista digital del Centro de Estudios de Ejecución Penal, 1 (5), 1-14.

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Cómputo y determinación de la pena en escenarios de vulnerabilidad y violaciones de derechos humanos

La Escuela de la Defensa Pública de la Defensoría General de la Nación (DGN) publicó un nuevo Boletín de Jurisprudencia -actualizado a agosto del 2024- sobre computo y determinación de la pena en escenarios de vulnerabilidad y violaciones de derechos humanos ofreciéndonos un análisis riguroso y exhaustivo en materia de sistema de sanciones, además de proporcionarnos herramientas teóricas y prácticas, mediante el estudio de casos.

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La evolución histórica del encarcelamiento de personas con penas cortas en Argentina (2002-2022)

Con base en el material empírico disponible, el documento aborda la situación de las condenas breves durante las últimas dos décadas, en el contexto de privación de la libertad en Argentina.

Propone dimensionar la evolución histórica de la población encarcelada en establecimientos penitenciarios y condenada a penas cortas, es decir de hasta tres años de prisión. De acuerdo con el art. 26 del Código Penal de la Nación, los tribunales están facultados a disponer que estas penas sean de ejecución condicional, bajo cumplimiento de ciertas condiciones, excepto cuando la persona registre condenas anteriores. En este informe se abordan los casos en que los tribunales deciden no eximir del cumplimiento efectivo, aquellos en los que la privación de la libertad resulta del incumplimiento de las condiciones de la pena condicional y aquellos en los que no es procedente la suspensión de la pena. En términos generales, se trata de delitos de escasa o nula violencia, como hurto, robo simple, estafa y defraudación, daños, lesiones, encubrimiento, infracciones a la ley de drogas, entre otros.

Entre 2002 y 2022, la porción de personas privadas de su libertad con penas cortas sobre el total de la población condenada escaló de 5,5% (980 personas) en 2002 a 13,5% (8296 personas) en 2022, siendo una tendencia que se observa en todas las jurisdicciones. Mientras que las cifras de condenados/as se triplicaron en veinte años, el grupo con penas cortas en la actualidad es ocho veces mayor que dos décadas atrás.

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CNACC: la simple mentira no es ardid suficiente para la estafa. Sobreseimiento.

Fecha Fallo

RESUMEN:
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirma la sentencia que sobreseyó al imputado que le pidió una suma de dinero a quien entonces era su pareja, con el falso argumento que su padre necesitaba un medicamento costoso, motivo por el cual la damnificada accedió a entregarle una cantidad de dólares que no fueron restituidos, dado que la querellante no actuó bajo intimidación o engaño, sino que decidió voluntariamente facilitar el dinero durante una relación afectiva.
Consideró que el hecho de que el imputado haya faltado a la verdad, lo cual pudo haber respondido a diferentes motivos personales ajenos al dolo que requiere el delito, remite a que la simple mentira no constituye el ardid o engaño que exige el tipo penal de estafa para su configuración, ya que sin el despliegue de una puesta en escena que le otorgue respaldo objetivo, carece de idoneidad para afectar en lo sustancial la decisión de la víctima.

Carátula
M., C. C. S/ Sobreseimiento - Estafa
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El sistema de Vigilancia frente a la Macrocriminalidad

El fenómeno de la Macrocriminalidad, protagonista de la Política Criminal del siglo XXI, impacta en la investigación penal invirtiendo su orientación temporal. La investigación paulatinamente deja de ser una actividad apuntada a la reconstrucción del hecho (orientación retrospectiva) para convertirse en el monitoreo de actividades en curso y predicción de conductas futuras (orientación prospectiva).

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El fenómeno de la Macrocriminalidad, protagonista de la Política Criminal del siglo XXI, impacta en la investigación penal invirtiendo su orientación temporal. La investigación paulatinamente deja de ser una actividad apuntada a la reconstrucción del hecho (orientación retrospectiva) para convertirse en el monitoreo de actividades en curso y predicción de conductas futuras (orientación prospectiva). En el presente trabajo se analizará cómo este cambio de orientación incentiva la expansión de actividades de vigilancia que no son incorporadas al proceso penal, conformando un espacio no trazable fuera del control del imputado. Se verá cómo este espacio, lejos de ser independiente del proceso penal (espacio trazable), se interrelaciona con él en un mismo Sistema de Vigilancia. Esta concepción sistémica resultará fundamental para determinar qué reformas procesales son capaces de desincentivar el crecimiento del espacio no trazable, y consecuentemente, mitigar sus resultados negativos.

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CNACC: Miembros de cooperadora escolar no son funcionarios públicos a los efectos de la interrupción de la prescripción de la acción

Fecha Fallo

RESUMEN:
El fallo declara la extinción de la acción penal por prescripción, toda vez que no se han verificado actos interruptivos, y sobresee a la integrante de la asociación cooperadora de una escuela pública, que había sido denunciada en orden al delito de defraudación en perjuicio de la administración pública (art.174, inc. 5, CP). Tomó en consideración que quienes integran una asociación cooperadora escolar no pueden ser equiparados a funcionarios públicos en los términos del art. 77 CP, y, consecuentemente, no les resulta aplicable la excepción del art. 67, segundo párrafo, del Código citado.

Carátula
Billadoni, F. S/ Prescripción De La Acción Penal
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Decreto 780/2024, reglamentario de la Ley de Acceso a la Información Pública

Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, reglamentario de la ley 27.275, que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia en la gestión pública.

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La teoría pura de la imputabilidad jurídica

El artículo examina la teoría de la imputabilidad jurídica de Kelsen en los siguientes puntos: la crítica amplia y detallada del libre albedrío o de la libertad absoluta de la voluntad como condición de posibilidad de la imputabilidad jurídica; la identificación de la voluntad abstractamente determinable, inherente a la composibilidad de libertad y determinismo, como condición real de posibilidad de la imputabilidad jurídica; la aclaración de la relación entre la idea de libertad práctica y el instituto de la imputabilidad; y la demostración del sentido (contra)motivacional de la función so

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SUMARIO:
I. - Introducción; II. - Crítica al libre albedrío; III. - Crítica de la condición de posibilidad de la imputación jurídica; IV. - Crítica de la libertad práctica; V. - Crítica del significado de la función sociopsicológica de la imputación jurídica; VI.- Conclusión; VIII. - Bibliografía

RESUMEN: E
l artículo examina la teoría de la imputabilidad jurídica de Kelsen en los siguientes puntos: la crítica amplia y detallada del libre albedrío o de la libertad absoluta de la voluntad como condición de posibilidad de la imputabilidad jurídica; la identificación de la voluntad abstractamente determinable, inherente a la composibilidad de libertad y determinismo, como condición real de posibilidad de la imputabilidad jurídica; la aclaración de la relación entre la idea de libertad práctica y el instituto de la imputabilidad; y la demostración del sentido (contra)motivacional de la función sociopsicológica de la imputabilidad jurídica.

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