Penas asociadas a los delitos de drogas en países europeos

Sumario para contenido

En el presente texto se analizan las penas asociadas a los delitos de drogas, incluido el tráfico, en las legislaciones de España, Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Italia, Portugal y Suiza. Se concluye que todos los Estados miembros de la Unión Europea analizados obedecen a la Decisión marco 2004/757/JAI del Consejo la Unión Europea de penalizar con sanciones privativas de libertad la producción, fabricación, extracción, comercialización, transporte, importación y exportación de drogas. En cuanto a las penas privativas de libertad, existe una alta dispersión ya que estas van desde 1 a 20 años, dependiendo de la conducta sancionada. Lo anterior, entendiendo que la importación de drogas es constitutiva de la conducta tipificada como tráfico de drogas, pues, por norma general esta última abarca el cultivo, la fabricación, la importación, la exportación, el transporte, la posesión, el suministro, la transferencia, la adquisición, o el empleo (el hecho de utilizar los estupefacientes, pero no de consumirlos) de estupefacientes ilícitos. 


Elaborado para la Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana y Drogas de la Cámara de Diputados de Chile, en el marco de la discusión del Proyecto de Ley que modifica la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, aumentando la pena del delito de ingreso al territorio nacional de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 
Descargar archivo

CIDH. Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas.

Desde hace dos décadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la CIDH” o “la Comisión”) ha señalado que la aplicación arbitraria e ilegal de la prisión preventiva es un problema crónico en la región. A fin de que este régimen resulte compatible con los estándares internacionales, la CIDH recuerda que la prisión preventiva debe partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia y tener en cuenta la naturaleza excepcional de esta medida; además, debe aplicarse de conformidad con los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. La privación de libertad de la persona imputada debe tener un carácter procesal, y en consecuencia, sólo puede fundamentarse en sus fines legítimos, a saber: asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia. De igual forma, la CIDH recuerda que las normativas que excluyen la posibilidad de aplicar otras medidas cautelares distintas de la prisión preventiva en razón de la gravedad del acto o de la expectativa de la pena, resultan contrarias a los estándares de aplicación en la materia. 
Archivo
Descargar archivo

EL CAMBIO PARADIGMÁTICO DE LA POLÍTICA ANTIDROGA EN COLOMBIA.

Sumario para contenido

En  Colombia  el  problema  del  tráfico  y  consumo  de  drogas  ha  sido  enfrentado  por más de cinco décadas con acciones de  corte prohibicionista, las cuales hacen parte del referencial  global  en  el  que  se  enfoca  la  política  antidroga  a  nivel  mundial,  con resultados  paradójicos  los  cuales  demuestran  que  el  problema  de  las  drogas  lejos  de acabarse,  por  el  contrario  se  ha fortalecido,  demostrando  que  el  actual  paradigma  no cuenta  con la coherencia necesaria para enfrentar las anomalías que han surgido de su evolución.  Esta  situación  indica  que  el  camino  hacia  otras  formas  de  tratamiento  se encuentra  en  un  auge  de construcción.  Al  analizar  otras  formas  de  abordar  este problema  y  al  ubicar  a  Colombia  como  el  objeto  de  este  estudio,  es necesario comprender  la  posición  del  Gobierno  Nacional  con  referencia  a  las  acciones  a desarrollar  en  el  campo  de  las ideas,  instituciones  e  intereses  que  permitan  que  se instale  un  nuevo  paradigma  que  pueda  enfrentar  de  manera  satisfactoria  el  problema del tráfico y consumo de drogas en el país. 

Descargar archivo