El derecho de defensa de la víctima mediando violencia de género

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RESUMEN:
La violencia de género es un flagelo sin fronteras, que se asocia a múltiples factores y que vulnera los derechos humanos básicos, con un desencadenante mucho más trágico como la vida de una persona. La reacción adecuada del Estado en pos de la protección de esos derechos resulta en muchos casos tardía y la consecuencia lleva a ese resultado trágico.
Las motivaciones de la violencia de género consisten en una opresión sistemática que discrimina a las personas por su género y valoriza a los varones por arriba de los demás sujetos. Así, algunos varones se consideran con derecho a disponer en forma violenta del cuerpo y la vida de las mujeres como si fueran de su propiedad, por ende la respuesta a ese sometimiento es tan cruenta como la motivación que la dio origen. En este contexto la violencia doméstica suele asumir forma de brutalidad física, y las consecuencias son el sufrimiento psicofísico y mental e incluso la muerte de la mujer; así se comprende que las mujeres víctimas de violencia teman por su vida; y que a su vez ésta se vuelva una de las principales causas de muerte o provoque una respuesta reactiva de la víctima frente al sometimiento abusivo poniendo coto a la violencia sistemática del hombre.

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SCJMza: el derecho a la intimidad y la facultad fiscal de apertura de teléfonos celulares y acceso a lista de llamadas telefónicas

Fecha Fallo

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió en pleno por mayoría (4 votos):
-En relación con la información almacenada en teléfonos celulares se requiere autorización jurisdiccional fundada. De forma concisa se debe exponer el hecho punible y la vinculación entre la persona o las cosas que justifiquen la medida (distingue entre que la vinculación sea directa o indirecta para el nivel de fundamentación)
-Respecto de la información vinculada al proceso de comunicación que poseen las empresas prestatarias del servicio de telefonía (listado de llamadas entrantes/saliente y geoposicionamiento) no requiere orden jurisdiccional. En el procedimiento provincial se considera al MPF como autoridad judicial suficiente y se encuentra dentro de sus facultades la solicitud de estos datos.
-Siempre que los pedidos se realicen en una investigación penal en curso, con motivos bastantes para vincular la línea telefónica sobre la que se solicita, por un período de tiempo determinado y vinculado al hecho investigado.

Por minoría (3 votos) se sostuvo que un Estado democrático requiere la generación de instancias de autocontrol estatal en pos del resguardo de derechos fundamentales como es el de la intimidad. Ello para garantizar el uso razonable y limitado de esa facultad de injerencia.
Reconoció que no se encuentra regulado en el Código Procesal Penal de Mendoza la facultad para acceder a la información almacenada en dispositivos electrónicos ni a la información vinculada a proceso de comunicación. Advirtió que la jurisprudencia de la Corte IDH (Escher vs. Brasil) establecía que toda la información vinculada al proceso de comunicación se encontraba resguardada por el derecho a la vida privada de reconocimiento convencional. En consecuencia, concluyó que se requiere orden jurisdiccional para el acceso a esta información (la almacenada en dispositivos digitales y la que se encuentra en poder de las empresas prestatarias de servicios telefónicos) a los fines de evitar generar un ilícito internacional que genere responsabilidad estatal. Afirmó que cuando el Poder Judicial autoriza este tipo de medidas debe velar por la idoneidad del pedido, su pertinente y proporcionalidad.

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The 2023 Crypto Crime Report

RESUMEN:
La empresa privada estadounidense Chainalysis es una empresa líder en la recopilación y el análisis de datos utilizados en cadenas de bloques de criptomonedas . En su informe anual sobre delitos relacionados con las criptomonedas, señalan que los volúmenes de criptomonedas ilícitas alcanzan máximos históricos en medio de un aumento de las sanciones y la piratería.

"En general, la proporción de toda la actividad de criptomonedas asociada con actividades ilícitas ha aumentado por primera vez desde 2019, del 0,12 % en 2021 al 0,24 % en 2022". La empresa evalúa que se utiliza un equivalente a $20.600 millones para actividades ilícitas.

Gran parte de esa suma proviene de los delitos relacionados con las sanciones económicas a Rusia. Esto muestra que el departamento del tesoro de los EE. UU. y las instituciones financieras internacionales imponen de manera eficiente un régimen estricto de sanciones a los intercambios de criptomonedas. El informe describe los métodos que se utilizan para el lavado de dinero y las transferencias de fondos. Como conclusión clave, Chainalisys señala que el impacto de las sanciones criptográficas depende de la jurisdicción y las restricciones técnicas.

Pagos criptográficos de ransomware
El informe muestra una disminución en el ransomware a partir de 2021. Chainalisys afirma que las víctimas de ransomware se niegan cada vez más a pagar el dinero del rescate, por lo que expulsan a los delincuentes de este esquema. El informe afirma que "las interrupciones significativas contra los grupos de actores de ransomware están generando intentos de extorsión exitosos más bajos de lo esperado". En 2021, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de EE. pagos de ransomware. La OFAC aconseja a todas las empresas de EE. UU. que informen sobre el ransomware al FBI antes de cualquier acción. Esto también se considera uno de los factores de la caída en los pagos de ransomware. Además, la vida útil del ransomware es significativamente más corta. De 470 días en 2019, se redujo a 70 días en 2022.

Lavado de dinero
El informe indica un aumento en las actividades de lavado de dinero de $ 14,2 mil millones en 2021 a $ 23,8 mil millones en 2022. El informe establece que los "servicios clandestinos de lavado de dinero" son una preocupación creciente. Dichos grupos usan canales privados en aplicaciones de mensajería para configurar y organizar transacciones privadas que son difíciles de rastrear.

Estafas de criptomonedas
Las estafas de criptomonedas y el uso de criptomonedas en los mercados de la red oscura están disminuyendo en comparación con años anteriores.

REFERENCIA:
Artículo publicado en Digital Watch observatory, Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original, disponible en chainalysis-issues-the-2023-cryptocurrency-crime-report.

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MPFN: El derecho a la memoria, verdad y justicia por los crímenes de lesa humanidad

Dictámenes del Ministerio Público Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2012 - 2021)

CONTENIDO:
I. INTRODUCCIÓN
II. EL DERECHO A LA MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA POR LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN LOS DICTÁMENES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
A) La obligación estatal de investigar, juzgar, sancionar y reparar las graves violaciones de derechos humanos
i) El deber estatal de garantizar la investigación y el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad
ii) El deber estatal de garantizar la sanción adecuada de los responsables de crímenes de lesa humanidad
iii) El deber estatal de reparar a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos
iv) La prohibición de aplicar el instituto de la prescripción, indulto, amnistía y otros eximentes de responsabilidad a los casos de crímenes de lesa humanidad
v) Los elementos constitutivos de los crímenes de lesa humanidad
B) El derecho a la verdad de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, sus familiares y la sociedad en su conjunto
C) La obligación estatal de separar de la administración pública y no rendir honores a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos

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La investigación del delito de narcomenudeo

El trabajo de Ignacio Albornoz parte de un fallo judicial del Tribunal Oral nro. 2º de Rosario y toma en consideración las cuestiones vertidas en el mismo para efectuar un breve análisis acerca de la investigación del delito de narcomenudeo.

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SUMARIO:
I.- El fallo en cuestión; II-. El criterio de la Corte; III.- La naturaleza del delito; IV.- Conclusión; V.- Bibliografía destacada.

RESUMEN:
El trabajo de Ignacio Albornoz parte de un fallo judicial del Tribunal Oral nro. 2º de Rosario y toma en consideración las cuestiones vertidas en el mismo para efectuar un breve análisis acerca de la investigación del delito de narcomenudeo.

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CSJN: Competencia en cuestiones relacionadas a la ejecución del fallo "Mendoza"

Fecha Fallo

RESUMEN:
Los actores interpusieron acción de amparo contra la Municipalidad de Lomas de Zamora con el fin de obtener el cese de la obra de ensanchamiento del Arroyo Mujica realizada en el marco del Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza−Riachuelo en cumplimiento de los objetivos fijados por la Corte en la causa “Mendoza”, en tanto perjudicaba su hábitat y los obligaba al traslado a un espacio de peores condiciones del que poseían. En el marco de ese proceso, se suscitó una contienda negativa de competencia entre la justicia del trabajo y la justicia federal de la mencionada localidad. Llegadas las actuaciones a la Corte, ésta recordó que en un pronunciamiento anterior había distribuido transitoriamente la ejecución de la sentencia en la citada causa “Mendoza” entre dos magistrados. En el caso, la acción intentada, dirigida a evitar la relocalización de los actores sin contar con los servicios públicos elementales y a suspender la obra de saneamiento, recaía sobre la competencia asignada al Juzgado Federal en lo Criminal Correccional n° 2 de Morón. Explicó que no obstaba a tal solución que ese juzgado fuera ajeno a la controversia ya que atañe al Tribunal, como órgano supremo de la magistratura, declarar la competencia de un tercer magistrado que no participó en el conflicto.

Carátula
FERREYRA, JULIO DOMINGO Y OTROS c/ MUNICIPIO DE LOMAS DE ZAMORA s/AMPARO
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A manutenção da cadeia de custódia da prova pelo Superior Tribunal de Justiça

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En la sentencia del Recurso Ordinario de Habeas Corpus nº. 143.169/RJ, con el Ministro Ribeiro Dantas, Sala Quinta de la Corte Superior de Justicia, como ponente de la sentencia, en la sesión del 7 de febrero de este año (la sentencia fue publicada en el Boletín Electrónico de Justicia el 2 de marzo), por mayoría de votos, se anuló la prueba reunida en un proceso penal, por incumplimiento de la cadena de custodia de la prueba.

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El acceso a la justicia de las personas con discapacidad

En este trabajo de investigación se trata de abordar y sistematizar, desde la doctrina, jurisprudencia y la legislación vigente, el estudio del Acceso a la Justicia de las Personas con Discapacidad en la República Argentina de forma integral, para poder de esta manera, esgrimir una serie de posibles soluciones y/o algunas medidas de acción que se podrían implementar con el fin de resguardar los derechos de este colectivo de personas vulnerables.

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En este trabajo de investigación se trata de abordar y sistematizar, desde la doctrina, jurisprudencia y la legislación vigente, el estudio del Acceso a la Justicia de las Personas con Discapacidad en la República Argentina de forma integral, para poder de esta manera, esgrimir una serie de posibles soluciones y/o algunas medidas de acción que se podrían implementar con el fin de resguardar los derechos de este colectivo de personas vulnerables.

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