El fallo “Colman” de Corte Suprema de Justicia de la Nación. La casación horizontal.

El autor realiza un análisis del caso “Colman” de la CSJN, particularmente sobre la competencia positiva de los órganos revisores en los casos de impugnación acusatoria. Plantea un supuesto en el que el tribunal revisor ejerce su competencia para revocar una absolución y condenar al imputado, en los términos del artículo 470 CPPN. Esta hipótesis, conocida como “casación positiva”, evita el juicio de reenvío y autoriza a los jueces a resolver el caso conforme a la doctrina y a la ley que declara aplicables.

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SUMARIO:
I.- Introducción; II.- Antecedentes de la causa; III.- La competencia; positiva y el recurso del acusador; IV.- El derecho a la revisión de condenas dictadas en instancias superiores; V.- A modo de conclusión.

RESUMEN:
El autor realiza un análisis del caso “Colman” de la CSJN, particularmente sobre la competencia positiva de los órganos revisores en los casos de impugnación acusatoria. Plantea un supuesto en el que el tribunal revisor ejerce su competencia para revocar una absolución y condenar al imputado, en los términos del artículo 470 CPPN. Esta hipótesis, conocida como “casación positiva”, evita el juicio de reenvío y autoriza a los jueces a resolver el caso conforme a la doctrina y a la ley que declara aplicables. El tribunal revisor altera la situación procesal del imputado en su perjuicio, decisión que reclama ser revisada

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Rechazo del recurso extraordinario federal y las acordadas de los Supremos Tribunales Provinciales

El autor aborda la problemática discutida en la causa “Rosetani, Adriana María c/ Las Lomas S.A.”. Concretamente si el régimen de notificaciones electrónicas implementado por las acordadas dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba comporta una ampliación de plazos procesales, vinculados a la interposición del recurso de queja por apelación extraordinaria denegado (arts. 285 a 287 del CPCCN).

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SUMARIO:
I.-Planteo de tema; II.- El recurso de queja por apelación extraordinaria denegada; III.- Los hechos; IV.- A modo de conclusión; V.- Los argumentos del voto mayoritario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

RESUMEN:
El autor aborda la problemática discutida en la causa “Rosetani, Adriana María c/ Las Lomas S.A.”. Concretamente si el régimen de notificaciones electrónicas implementado por las acordadas dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba comporta una ampliación de plazos procesales, vinculados a la interposición del recurso de queja por apelación extraordinaria denegado (arts. 285 a 287 del CPCCN).

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Propuesta de estructura para la realización del contrainforme psicológico pericial

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El Contrainforme Psicológico Pericial consiste en una práctica cada vez más frecuente en el contexto forense. Este incremento ha dejado ver las numerosas lagunas y dificultades —técnicas, metodológicas y éticas— a las que los profesionales de la Psicología Forense se enfrentan habitualmente y para las que es difícil encontrar respuesta. En consecuencia, para esta propuesta realizamos una búsqueda ad hoc de aquellos trabajos e investigaciones científicas publicadas que aborden diferentes aspectos relacionados con el redactado de Informes Periciales Psicológicos y de Contra- informes Periciales Psicológicos. Tras ello, hacemos una síntesis y desarrollamos una propuesta de estructura del Contrainforme Psicológico Pericial que pueda cumplir diferentes funciones y sea complementario a otras pro- puestas anteriores. Finalmente, discutimos y señalamos las limitaciones y prudencias éticas a considerar, a la par que planteamos los diferentes retos que este tipo de informes encuentra en la práctica profesional. Concluimos que el Contrainforme Psicológico Pericial es una práctica ética y útil tanto para la Psicología como para el Derecho argumentando la necesidad de desarrollar investigación relativa al mismo para un mejor funcionamiento del sistema judicial y una mejor imagen de la Ciencia Psicológica

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CABA: Rechazo del derecho a visita a animales secuestrados

Fecha Fallo

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la ciudad de Buenos Aires rechazó in limine un recurso de apelación interpuesto por la defensa de una mujer que solicitó se le informe el lugar de alojamiento y se habiliten las visitas a unas aves exóticas previamente abandonadas en favor del Estado en el marco de un proceso por maltrato animal.

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CSJN: Conflicto de competencia y necesidad de contar con una adecuada investigación que defina la situación jurídica del imputado

Fecha Fallo

RESUMEN:
Se originó un conflicto negativo de competencia entre la justicia nacional en lo criminal y correccional la justicia nacional en lo criminal y correccional federal en una causa iniciada por los delitos de robo en grado de tentativa y encubrimiento. La Corte entendió que con relación a la tenencia ilegítima del documento nacional de identidad no resultaba pertinente el fundamento expresado para justificar la intervención del fuero federal, en tanto las figuras de robo o eventualmente encubrimiento desplazan dicho tipo penal por la regla de subsidiariedad expresa, en razón de su pena mayor. Por otro lado consideró que no se había dado cumplimiento a la necesidad de contar con una adecuada investigación y un auto de mérito por parte de la judicatura que conoció en primer lugar en el delito contra la propiedad para que defina la situación jurídica del imputado en lo que respecta a cualquier grado de participación que pudiera haber tenido en esos sucesos. Por todo ello el Tribunal decidió que correspondía al juzgado nacional de instrucción, que había prevenido, ahondar la investigación en ese sentido.

Carátula
Incidente Nº 3 - DAMNIFICADO: MIRANDA , JONATAN MANUEL IMPUTADO: ROMANI TAPPULINA, SAÚL ROOSEVELT s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
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La responsabilidad penal en la Ley Penal Tributaria y el Compliance

El artículo desarrolla la evolucion en nuestro derecho positivo de la posibilidad de responsabilizar penalmente a los entes jurídicos por la comisión de delitos. Repara en las leyes que admiten tal posibilidad, tales como la Ley 19.359 "Régimen Penal Cambiario", 22.415 "Código Aduanero", la Ley de Defensa de la Competencia, Código Penal (Arts.

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RESUMEN:
El artículo desarrolla la evolucion en nuestro derecho positivo de la posibilidad de responsabilizar penalmente a los entes jurídicos por la comisión de delitos. Repara en las leyes que admiten tal posibilidad, tales como la Ley 19.359 "Régimen Penal Cambiario", 22.415 "Código Aduanero", la Ley de Defensa de la Competencia, Código Penal (Arts. 303 y 304), Régimen Penal Tributario Ley Nº 27.430, y Ley 27.401 que regula los delitos de corrupción, y finalmente, luego de tratar su efectivo reconocimiento, trata la cuestion de los acuerdos llamados "compliance", las consecuencias de la existencia de los mismos, su cumplimiento y a su vez, las presunciones que se desprenden en caso de que las personas jurídicas no los formalicen.

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Howard Becker y la ruptura de más de un paradigma en sociología y criminología (1928-2023)

Este 16 de agosto de 2023, Howard Becker falleció a los 95 años. La columna de Gabriel Ignacio Anitua resalta su impacto al desafiar paradigmas en sociología y criminología. Nacido en 1928, su obra "Outsiders" (1963) revolucionó la comprensión de la desviación social y el etiquetamiento. La columna rastrea su vida, desde su incursión en la música hasta sus revolucionarias teorías sobre "empresarios morales". Su legado persistirá y seguirá inspirando futuras investigaciones que analicen críticamente la sociedad y la desviación.

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RESUMEN:
Este 16 de agosto de 2023, Howard Becker falleció a los 95 años. La columna de Gabriel Ignacio Anitua resalta su impacto al desafiar paradigmas en sociología y criminología. Nacido en 1928, su obra "Outsiders" (1963) revolucionó la comprensión de la desviación social y el etiquetamiento. La columna rastrea su vida, desde su incursión en la música hasta sus revolucionarias teorías sobre "empresarios morales". Su legado persistirá y seguirá inspirando futuras investigaciones que analicen críticamente la sociedad y la desviación.

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El Observatorio de la Asociación Pensamiento Penal en la Universidad Nacional de Avellaneda. Una contribución en causas penales donde las malas prácticas cercenan derechos.

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RESUMEN:
“Nuestra amiga es inocente”, dijeron las amigas de Cristina Vázquez cuando se acercaron al Observatorio de la Asociación Pensamiento Penal.
Cristina Vázquez junto a Cecilia Rojas y Ricardo Jara habían sido condenadxs a prisión perpetua por un crimen que no cometieron. Leímos la sentencia y de inmediato nos pusimos a trabajar en el Observatorio de la Asociación Pensamiento Penal.
El objetivo de esta presentación es mostrar el trabajo del Observatorio en la materia que dicta en la Universidad Nacional de Avellaneda, con especial énfasis en las causas donde las malas prácticas cercenaron derechos fundamentales.

REFERENCIA:
Artículo publicado originalmente en Estrategias, pedagogías y abordajes clínicos en Derechos Humanos. Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original.

CITA SUGERIDA:
Estrategias, pedagogías y abordajes clínicos en Derechos Humanos / Cecilia Lis Gebruers Hanya ... [et al.] ; compilación de Cecilia Lis Gebruers Hanya. - 1a ed compendiada. - Santa Rosa : Editorial de la Universidad Nacional de La Pampa, 2023.

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CNACC confirma acuerdo conciliatorio en el que uno de los acusados era menor de edad

Fecha Fallo

Ante un Tribunal Oral de Menores se presenta un acuerdo conciliatorio días previos al inicio del juicio y el magistrado actuante lo analiza como cuestión preliminar. La víctima presta conformidad, al pedido de disculpas por parte de los tres imputados, uno de ellos menor de edad y la reparación patrimonial ofrecida. Ante la decisión favorable del juez interviniente, la agente fiscal apela la decisión.
La Cámara Nacional de Casación Penal confirma la sentencia basándose en que el agravio respecto de la preclusión del pedido conciliatorio, tratado como una cuestión preliminar al inicio del debate hace a esta forma de extinción de la acción que permite desformalizar el proceso más aun como en el caso, el delito atribuido no tuvo características violentas, pero si patrimoniales que admiten una resolución del conflicto mediante medidas alternativas.
En cuanto a la intervención del Ministerio Publico Fiscal los magistrados coincidieron que su opinión no era vinculante cuando la víctima a la que se la escuchó en audiencia, aceptaba la no judicialización de la causa, quedando reservado a aquél la vigilancia de la legalidad del procedimiento.
La sentencia, con abundantes antecedentes que hacen a su fundamentación, también tuvo un mensaje en lo relacionado con el derecho penal juvenil al enunciar la normativa que lo rige, constituido por un sistema de protección integral que adopta de manera invariable el principio de mínima intervención estatal, de “ultima ratio”, más aún cuando, como en el caso, pueden serle aplicadas medidas alternativas ante un hecho no violento,(hurto agravado por el infortunio particular del damnificado arts. 45 y 163 inc 2° CP) como en el que se intervino.

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