Abuso sexual (Art.119 inciso “b” del CP) – Sobreseimiento - Padre imputado de haber realizado tocamientos indebidos a su niña de 3 años de edad - Profusa investigación y actividad pericial durante la cual no hubo contacto entre el imputado y la damnificad
El fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal “G., J. G. H. s/sobreseimiento” (Causa N° 26.913/2017) resuelta el 2/7/19 donde Carlos Alberto González y Rodolfo Pociello Argerich confirmaron el sobreseimiento de quien fuera imputado de haber abusado sexualmente de su hija (art.119 inciso “b” del CP) debido a que, tras una profusa investigación e intervención de varios peritos oficiales y de parte, no pudo demostrarse la presencia de indicadores de abuso sexual en la niña ni tampoco patologías de ese orden en la personalidad del padre imputado.
Luego de relatar el devenir de las actuaciones -que incluyeron un sobreseimiento previamente revocado por la Sala para profundizar la investigación-, resaltaron que las dos profesionales que tenían opiniones parcialmente opuestas, pudieron conciliar sus diferencias en oportunidad de reunirse la junta médica siendo relevante la conclusión a la que llegaron los seis profesionales luego de la deliberación ya que todos coincidieron "(...) que en el caso en estudio no se observan indicadores que permitan ser asociados con suficiente rigor científico, con situaciones de posible victimización sexual (...)", por lo que correspondía priorizar dicho informe por su unanimidad y contundencia conclusiva.
Por último, respecto de la presentación e inquietudes de diversas y reconocidas agrupaciones en calidad de Amicus Curiae, los vocales realizaron "(...) algunas consideraciones sobre tales iniciativas para evidenciar que nos hemos igualmente interesado en sus contenidos, aun cuando ya en el desarrollo anterior de nuestras conclusiones acerca del caso en estudio se encuentran definidas con los profusos estudios de los peritos admitidos conforme al derecho procesal vigente, que fueran aportados oportunamente a estos actuados.(...)".
Informe de la Defensoría General de la Provincia del Chaco sobre hábeas corpus colectivos presentados desde el año 2016.
La Defensoría General de la Provincia del Chaco, elaboró el presente informe con el objetivo de reflejar la labor de los/as Defensores/as Públicos/as en materia de hábeas corpus colectivos presentados desde el año 2016. Acciones judiciales presentadas por la gravísima situación de superpoblación y hacinamiento existente en Comisarías y establecimientos penitenciarios de toda la provincia, a fin de elaborar políticas tendientes a garantizar el pleno respeto de los derechos humanos.
Resistencia a la autoridad y lesiones graves. Fundamentos del veredicto. Mariana Solange Gómez. Beso a su esposa en la vía pública.
Los Orígenes de la Política Criminal
En este artículo compartimos las nociones históricas de una corriente bastante controversial en cuanto a su autonomía. No deja de ser un recorrido resumido, lineal y mínimo sobre lo que podría decirse sobre el ámbito histórico de esta ciencia. Dejaremos, así todo, que el lector emita su opinión sobre la utilidad de este relato.
Prisión domiciliaria para cuidado de hijos menores. Ausencia de excepcionalidad
El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal “S., J. L. s/prisión domiciliaria” (Causa N° 60.507/2017) resuelta el 11/6/19 donde Pablo Guillermo Lucero e Ignacio Rodríguez Varela confirmaron el rechazo in límine de la solicitud de prisión domiciliaria con salidas laborales promovida por la defensa respecto de un detenido que tiene dos hijas de 7 y 17 años, ambas al cuidado de su esposa.
Explicaron que si bien la detención provocó estrecheces económicas en la familia y angustia en las menores, no se verificaba en el caso un cuadro de abandono que vulnere el interés superior del niño. Destacaron que la norma invocada por la defensa solo se aplica a progenitoras del sexo femenino con niños menores de 5 años de edad y que tampoco se daban los supuestos de excepcionalidad referidos en los casos jurisprudenciales detallados por la defensa. Finalmente en orden a las dificultades de índole económica puestas en evidencia durante la audiencia oral, indicaron que existían otras alternativas de protección Estatal (programas dentro de la órbita del Poder Ejecutivo) e inclusive el detenido podía solicitar la asignación de tareas remuneradas dentro de su unidad carcelaria para colaborar con la manutención de su familia.
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