Jul
20
2018

Incumplimiento de los deberes del funcionario público. Modalidad omisiva. Agente policial que se niega a intervenir en disturbios

Fecha Fallo

 El fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “C., U. K. s/procesamiento” (causa n° 21.852/2017) rta. 16/5/18, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa de quien fuera procesado por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Los vocales confirmaron el procesamiento.

            Explicaron que, sin perjuicio del resultado de las medidas sugeridas por la defensa, se encontraba en principio comprobado que el policía imputado no cumplió con su deber al negarse a intervenir cuando fue convocado por otros uniformados para intervenir en los disturbios que se estaban suscitando en un local de eventos musicales donde muchos jóvenes querían ingresar y no podían por estar clausurado el local. Precisaron que el funcionario había sido desplazado al lugar para brindar seguridad con la orden de actuar ante cualquier disturbio que se generara. Por último, señalaron que la modalidad omisiva estaba determinada por la inacción del funcionario y requiere dolo directo, situación que se verificaba en el caso a resolver.

Descargar archivo

Comentar