Ago
09
2017

El trabajo educativo en los centros de ejecución de medidas judiciales para menores de edad: limitaciones y criterios de especialización

En España, cuando un menor de entre 14 y 17 años
de edad es imputado
107%;font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
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por  un  delito,  o 
este  resulta  probado,  el  Juez  de  Menores


competente  puede  imponer, 
en  función  de  la  gravedad  y  de  las


 circunstancias  personales del menor,
una medida de privación de


libertad que consiste en el internamiento en
Centro, tal y como marca


la Ley 5/2000, de 12 de enero, de
Responsabilidad Penal de los


Menores, así como sus sucesivas reformas 
a  lo  largo  de  la  última


 década.  Esta  Ley 
tiene  como  principio  inspirador  de


referencia  el  superior 
interés  del  menor  de  edad  sobre


cualquier  otro  interés 
concurrente.  Asimismo,  establece  con


claridad  que  se  deben 
aplicar  sobre  los  menores  programas


fundamentalmente  educativos que fomenten
el sentido de la


responsabilidad y el respeto por

los derechos y libertades de los otros.

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