Nov
14
2016

Resolución de la CFCC sobre los riesgos de la implementación de la Ley de Flagrancia

Fecha Fallo

Tras la aprobación del proyecto de ley que incorpora la figura de flagrancia, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, reunida a pleno, emitió la Resolución Administrativa N° 16/2016, mediante la cual puso de manifiesto una serie de “inquietudes y problemas” sobre su futura implementación. Recientemente, el Ministerio de Justicia comunicó que "su publicación en el Boletín Oficial se demoró por unos días para poder hacer los ajustes reclamados por la Justicia".

La ley 27.272, sancionada por el Congreso de la Nación, busca brindar herramientas útiles con el objetivo de que se realicen juicios abreviados y con una rápida condena. Sobre este punto, la resolución destacó que “para que ese avance tenga eco en la práctica, se requiere adecuar ciertos aspectos estructurales que, al menos hoy, no están suficientemente preparados para satisfacer las demandas que el nuevo sistema trae aparejadas”. 

Uno de los aspectos más cuestionados es la falta de recursos técnicos, electrónicos y de infraestructura en sede de los tribunales. “Lo importante pasa por asegurar que la regulación (…) lo haga en un escenario que permita darle pleno efecto a sus plausibles objetivos y asegurar plenamente los derechos y garantías de las personas sometidas a proceso penal, como lo exige la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales con Jerarquía Constitucional”, indicaron los camaristas.

Frente a dicha situación, los jueces opinaron que “no sólo existe la posibilidad que el nuevo régimen –limitado a ciertos hechos- no cumpla su finalidad, sino que su aplicación en semejantes condiciones puede terminar constituyendo un obstáculo insalvable para continuar operando adecuadamente con el resto del sistema, instaurado para los delitos de competencia de este fuero federal”, y remataron: “El riesgo es demasiado alto”.

Al enfocarse en las inquietudes concretas que genera la implementación del sistema, los camaristas señalaron “el serio riesgo” que una implementación "desprovista de los medios necesarios puede tener para todo lo relativo al alojamiento de los detenidos que deberán ser trasladados hasta los tribunales y alojados en condiciones adecuadas a la espera de las audiencias previstas por la normativa".

“Es lógico asumir que en la actualidad existe un flujo de traslado y alojamiento de detenidos que acuden a los tribunales, mucho menor al que puede preverse con la aplicación de la nueva ley, si se aplica su letra en forma literal”.

A modo de ejemplo, los magistrados relataron que en el fuero se distribuyen las causas entre los 12 juzgados de la Ciudad en el marco de un sistema de turnos temporales en bloques de quince días. En ese período suelen recibirse por lo menos 500 consultas ante la posible comisión de delitos, de las cuales alrededor del 65% se vincula a casos flagrantes. En los casos que corresponde disponer la libertad del detenido, los jueces lo resuelven de inmediato y sin necesidad de traslado, evitando así una permanencia más prolongada en esa condición.

Con la nueva normativa, el tribunal manifestó que ahora todas esas personas “tendrían que ser trasladadas a comparecer ante los magistrados en veinticuatro horas, prorrogables por un término igual", es decir una cantidad de "aproximadamente 33 detenidos por día y unas 230 audiencias semanales, en las que, además, deberán presentarse los fiscales, los defensores y eventualmente, las víctimas”.

Por último, los camaristas advirtieron un "déficit en la dotación de personal" en los juzgados y dependencias, por lo que concluyeron que "el problema abarca tanto a la cantidad de funcionarios que auxilian a las jueces, como a las vacancias para cargos de magistrados que existen en el fuero". 

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