Fuerzas armadas y seguridad: Ambivalencia crítica en el México democrático

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La
obligación estatal de brindar seguridad a los gobernados resulta
pieza toral dentro de los postulados de un Estado Democrático de
Derecho, el cual debe atender a un  respeto  irrestricto 
de  los  derechos  fundamentales  de 
quienes  deben  ser  su  principal  objeto
de resguardo, ello implica el diseño de una política criminal
alineada a estándares garantistas adoptados a través de las
reformas constitucionales del 2008 y 2011. Asimismo, las autoridades
legitimadas para participar en funciones de seguridad pública deben
ser 
quienes, para tal efecto, posean por imperio de ley
facultades para intervenir operativamente, pues participar de facto 
ocasionaría vulneraciones al plano normativo y a la esfera jurídica
de los gobernados.

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Celebrities, violencia de género y derechos de las mujeres: ¿hacia una transformación del marco de reconocimiento?

Ante
los límites que presenta el actual marco de reconocimiento de la
violencia de  género,  el  presente trabajo 
analiza  las posibilidades  que  abre  la 
acción  de celebrities en  la transformación  de 
este  marco  y  en  relación  a  la 
lucha  por  los  derechos  de  las 
mujeres.  Para  ello proponemos  el  concepto 
de ethical  witnessing. Metodología. Se  propone  un 
modelo  de  análisis  a través de la
operacionalización de dicho concepto  para el estudio de
prácticas representacionales que puedan  desestabilizar 
los  actuales  parámetros  de  representación 
en  aras  de  la  resignificación  del
sujeto-víctima  de  la  violencia.  Las 
cuatro  dimensiones  de  análisis  son: 
el  tipo  de  relación  que  se genera 
entre  el  sujeto-víctima  y  quien 
atestigua;  el  grado  de  transgresión 
de  los  modelos reificados de  la 
identificación  del  sujeto-víctima;  la 
focalización  en  la  capacidad  de 
agencia;  y  las  conexiones que se establecen con las
luchas por los derechos de las mujeres y con otras luchas. Este
modelo se aplica  a  tres  casos  de 
estudio:  las actuaciones  musicales  de 
Beyoncé,  la  entrevista  periodística realizada 
a  Carmen  Maura  y  la  campaña 
mediática  de  Emma  Watson. Resultados.Se 
discuten  las posibilidades  de  las  prácticas 
discursivas  que  se  incardinan  en  los 
principios  del postfeminismo. Frente  a  la 
identidad  de  la  mujer  como  víctima 
emerge  la  de  la  mujer  exitosa 
que  compatibiliza vindicación  feminista  y 
lucha contra  la  violencia  de  género 
con  consumismo,  materialismo  y  capitalismo. 
Esto  permite  desestabilizar  la  narrativa 
fijada  sobre  la  violencia  pero  no 
llega  a constituir  una  resignificación  del 
marco  en  tanto  que  puede  quedar 
co-optado por la economía de las celebrities‘, ser absorbido por
el feminismo liberal o estar desvinculado de la lucha colectiva,
lo 
que dificulta la aprehensión del carácter compartido de
la vulnerabilidad. 

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La “pena natural”: fundamentos, límites y posible aplicación en el derecho chileno

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Desde 
antiguo,la doctrina ha hablado de “pena natural” (poena 
naturalis) para  referirse  a un problema que no ha dejado
de permanecer en el debate, a saber, si acaso los perjuicios sufridos
por el hechor como consecuencia de la comisión de su delito podrían
significar una dispensa o aminoramiento de la pena a imponérsele. En
el presente trabajo se pretende, por un lado, recapitular lo escrito
sobre los fundamentos teóricos de la institución, tanto desde la
perspectiva de su concepto como de su entroncamiento en la teoría de
la pena y, por otro, analizar las soluciones de lege lata que se han
dispuesto a nivel teórico y en ordenamientos positivos, a efectos de
determinar si es posible darle cabida en el derecho chileno actual y,
de  ser  así,  juzgar  la  conveniencia 
de  dicha  posibilidad. Finalmente,  se 
ensayará  una propuesta de consagración positiva de la pena
natural.

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Hábeas corpus. Traslado de detenidos. Notificación previa. Mesa de diálogo

Fecha Fallo

El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “D. S. y otros s/ habeas corpus” (causa n° 31.229/2016) rta. 7/7/2016, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Oficial contra la resolución del juez de la instancia de origen que rechazó la acción de habeas corpus presentada, por un lado, en forma correctiva, en favor de 5 detenidos afectados por los traslados a otras unidades que provocaron el agravamiento en las condiciones de detención y, por el otro, en forma preventiva, en favor de los detenidos que pudieran ser trasladados para que se notifique anticipadamente a la defensa con el objetivo de evitar que se materialice un agravamiento en las condiciones de detención (interrupción de estudios, cese del vínculo familiar debido a la distancia, etc.)

Respecto del primer caso, los vocales revocaron la resolución debido a que no hubo por parte del magistrado un control caso por caso de lo sucedido. En orden a la acción preventiva, entendieron que correspondía que el Servicio Penitenciario Federal notifique de manera anticipada al magistrado de ejecución y al defensor, los traslados para conciliar la protección de los derechos de los internos condenados con el interés de la autoridad penitenciaria, a cuyo efecto dispusieron que se convocara a una mesa de diálogo entre los involucrados para arribar a un procedimiento consensuado que garantice los derechos de los internos y brinde tutela judicial efectiva a los casos planteados.

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