Adolescentes, jóvenes y violencia policial en Montevideo. Una aproximación descriptiva
Fuerzas armadas y seguridad: Ambivalencia crítica en el México democrático
La
obligación estatal de brindar seguridad a los gobernados resulta
pieza toral dentro de los postulados de un Estado Democrático de
Derecho, el cual debe atender a un respeto irrestricto
de los derechos fundamentales de
quienes deben ser su principal objeto
de resguardo, ello implica el diseño de una política criminal
alineada a estándares garantistas adoptados a través de las
reformas constitucionales del 2008 y 2011. Asimismo, las autoridades
legitimadas para participar en funciones de seguridad pública deben
ser
quienes, para tal efecto, posean por imperio de ley
facultades para intervenir operativamente, pues participar de facto
ocasionaría vulneraciones al plano normativo y a la esfera jurídica
de los gobernados.
Celebrities, violencia de género y derechos de las mujeres: ¿hacia una transformación del marco de reconocimiento?
Ante
los límites que presenta el actual marco de reconocimiento de la
violencia de género, el presente trabajo
analiza las posibilidades que abre la
acción de celebrities en la transformación de
este marco y en relación a la
lucha por los derechos de las
mujeres. Para ello proponemos el concepto
de ethical witnessing. Metodología. Se propone un
modelo de análisis a través de la
operacionalización de dicho concepto para el estudio de
prácticas representacionales que puedan desestabilizar
los actuales parámetros de representación
en aras de la resignificación del
sujeto-víctima de la violencia. Las
cuatro dimensiones de análisis son:
el tipo de relación que se genera
entre el sujeto-víctima y quien
atestigua; el grado de transgresión
de los modelos reificados de la
identificación del sujeto-víctima; la
focalización en la capacidad de
agencia; y las conexiones que se establecen con las
luchas por los derechos de las mujeres y con otras luchas. Este
modelo se aplica a tres casos de
estudio: las actuaciones musicales de
Beyoncé, la entrevista periodística realizada
a Carmen Maura y la campaña
mediática de Emma Watson. Resultados.Se
discuten las posibilidades de las prácticas
discursivas que se incardinan en los
principios del postfeminismo. Frente a la
identidad de la mujer como víctima
emerge la de la mujer exitosa
que compatibiliza vindicación feminista y
lucha contra la violencia de género
con consumismo, materialismo y capitalismo.
Esto permite desestabilizar la narrativa
fijada sobre la violencia pero no
llega a constituir una resignificación del
marco en tanto que puede quedar
co-optado por la economía de las celebrities‘, ser absorbido por
el feminismo liberal o estar desvinculado de la lucha colectiva,
lo
que dificulta la aprehensión del carácter compartido de
la vulnerabilidad.
Principio de oralidad, oportunidad y efectividad de audiencias en el transcurso del Proceso Penal argentino
La “pena natural”: fundamentos, límites y posible aplicación en el derecho chileno
Desde
antiguo,la doctrina ha hablado de “pena natural” (poena
naturalis) para referirse a un problema que no ha dejado
de permanecer en el debate, a saber, si acaso los perjuicios sufridos
por el hechor como consecuencia de la comisión de su delito podrían
significar una dispensa o aminoramiento de la pena a imponérsele. En
el presente trabajo se pretende, por un lado, recapitular lo escrito
sobre los fundamentos teóricos de la institución, tanto desde la
perspectiva de su concepto como de su entroncamiento en la teoría de
la pena y, por otro, analizar las soluciones de lege lata que se han
dispuesto a nivel teórico y en ordenamientos positivos, a efectos de
determinar si es posible darle cabida en el derecho chileno actual y,
de ser así, juzgar la conveniencia
de dicha posibilidad. Finalmente, se
ensayará una propuesta de consagración positiva de la pena
natural.
Hábeas corpus. Traslado de detenidos. Notificación previa. Mesa de diálogo
El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “D. S. y otros s/ habeas corpus” (causa n° 31.229/2016) rta. 7/7/2016, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Oficial contra la resolución del juez de la instancia de origen que rechazó la acción de habeas corpus presentada, por un lado, en forma correctiva, en favor de 5 detenidos afectados por los traslados a otras unidades que provocaron el agravamiento en las condiciones de detención y, por el otro, en forma preventiva, en favor de los detenidos que pudieran ser trasladados para que se notifique anticipadamente a la defensa con el objetivo de evitar que se materialice un agravamiento en las condiciones de detención (interrupción de estudios, cese del vínculo familiar debido a la distancia, etc.)
Respecto del primer caso, los vocales revocaron la resolución debido a que no hubo por parte del magistrado un control caso por caso de lo sucedido. En orden a la acción preventiva, entendieron que correspondía que el Servicio Penitenciario Federal notifique de manera anticipada al magistrado de ejecución y al defensor, los traslados para conciliar la protección de los derechos de los internos condenados con el interés de la autoridad penitenciaria, a cuyo efecto dispusieron que se convocara a una mesa de diálogo entre los involucrados para arribar a un procedimiento consensuado que garantice los derechos de los internos y brinde tutela judicial efectiva a los casos planteados.
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