CFCP. Hace lugar a recusación de juez de juicio por haber dispuesto oficiosamente las pruebas a producir durante el debate
Manual de buenas prácticas para el uso del lenguaje con perspectiva de género en la justicia
CSJN: Arbitrariedad por falta de respuesta a un argumento central planteado por el Ministerio Público Fiscal
Pronunciamiento
que rechazó el recurso de casación y confirmó el sobreseimiento por
prescripción dictado por el tribunal de la instancia anterior - Falta
de fundamentación suficiente y omisión del examen y tratamiento de
cuestiones conducentes para la adecuada solución de la causa
- Advertencia por parte del fiscal durante el procedimiento en sede
casatoria de la posible configuración de una serie de irregularidades
que podían tener directa incidencia para la resolución del recurso
deducido por el querellante contra la decisión que dictara el
sobreseimiento por prescripción de la acción - Sentencia que, pese a la
trascendencia del asunto, no dio ninguna respuesta satisfactoria al
planteo - Omisión particularmente descalificable atendiendo a que el
propio a quo ya había ordenado el inicio de una investigación
administrativa, y eventualmente penal, de modo que se imponía diferir la
adopción de una decisión de fondo hasta tanto se dilucidaran esas
cuestiones absolutamente dirimentes para poder determinar si
efectivamente había operado la prescripción de la acción penal - Se
deja sin efecto la sentencia apelada.
Crisis del principio penal de ultima ratio. ¿Debemos retomar la orientación constitucional del derecho penal?
García de la Torre, F. (2021). Crisis del principio penal de ultima ratio. ¿Debemos retomar la orientación constitucional del derecho penal? Anales de la Cátedra Francisco Suárez. Protocolo I, pp. 131-154.
RESUMEN:
La Doctrina penal contemporánea recurre al principio de ultima ratio para satisfacer la tarea principal de reducir al máximo la arbitrariedad del Derecho penal, pues a través de su significado, la legitimidad del delito y de la pena se somete a la condición de la inexistencia axiológica y empírica de otros recursos jurídicos menos drásticos para solventar idóneamente el conflicto que genera su apertura. No obstante, la deriva punitivista en que ha degenerado la necesaria expansión del Derecho penal en la sociedad del riesgo, pone en duda su verdadera capacidad limitadora, especialmente por su escasa vinculación a los poderes públicos. Pero nada más lejos de la realidad, el desarrollo actual de la Dogmática de los Derechos Fundamentales permite a la Doctrina penal afirmar que, en el Estado constitucional, el Derecho penal mínimo es a su vez el Derecho penal máximo permitido por la Constitución.
CSJN: Caso "Alianza Vamos Mendocinos". Interpretación constitucional - Federalismo y posibilidad de los gobernadores provinciales de presentarse a elecciones legislativas - Candidaturas testimoniales
Derecho electoral: federalismo y restricciones para la postulación de precandidatos
Impugnación de la precandidatura del gobernador de la provincia para competir en las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para el cargo de senador nacional suplente con fundamento en la norma de la constitución provincial que establece que "El gobernador tampoco podrá ser electo senador nacional hasta un año después de haber terminado su mandato" - Rechazo del planteo y recurso interpuesto por la alianza impugnante - El Senado constituye una autoridad de la Nación, que integra el gobierno federal - La norma provincial invocada no debe ser considerada al momento de decidir si el precandidato cuestionado está habilitado para postularse como senador nacional, pues los estados locales no están facultados para inmiscuirse en la organización del Estado Nacional ni en la regulación de sus instituciones - Principio de buena fe federal - La versión literal del art. 73 de la Constitución Nacional es clara al limitarse a imponer una causa de incompatibilidad funcional en el desempeño simultáneo de los cargos de gobernador de provincia y de legislador nacional y no es una previsión de una causal de inelegibilidad - Cada uno de los tres poderes que forman el gobierno federal tiene facultades para aplicar e interpretar la Constitución Nacional por sí mismo cada vez que ejerce las facultades que ella les confiere - La Corte debe adoptar una postura respetuosa y deferente frente a la práctica consuetudinaria unívoca del Congreso ante la redacción clara y precisa de esta disposición - Se confirma la sentencia apelada.
Psiquiatría forense: la llave secreta para abrir puertas cuando el sistema judicial las cierra
El autor aborda la psiquiatría forense y el valor que puede brindar a las investigaciones de abuso sexual
¿Qué pasa con las cárceles alrededor del mundo? Informes, crónicas y notas relevadas por Adolfo Christen (informe 77)
Adolfo Christen nos releva noticias del mundo sobre la realidad penitenciaria y nos muestra cuáles son las diferentes medidas que los Estados adoptan frente al virus Covid 19 en contextos de encierro. Una información de vital importancia a la hora de estudiar la situación carcelaria y diseñar políticas públicas.
CFAMza. Rechazo habeas corpus correctivo por el traslado de elefantes
CSJN: La queja ante la CSJN no procede sin la previa interposición (y rechazo) de un recurso extraordinario federal
SUMARIO:
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