Catamarca: homicidio culposo agravado (art. 84 bis del CP). Vulneración del plazo razonable de duración del proceso. Derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Responsabilidad judicial. Perspectiva de infancia y de género
RESUMEN:
En el fallo, el juez decidió que en un caso de homicidio culposo agravado (art. 84 bis del CP), se había vulnerado el derecho de la adolescente a ser juzgada en un plazo razonable.
En esa línea, sostuvo el juez Morabito que la demora durante el proceso obedecía exclusivamente a la actividad de las autoridades judiciales y que el análisis del paso injustificado del tiempo debía ser analizado con perspectiva de infancia y de género.
Finalmente, el juez sostuvo que se encontraba violentado en el caso el principio de razonabilidad de duración del proceso (Ob. Gral 24) y que en razón de ello la adolescente procesada debía ser sobreseída.