La detención preventiva en Colombia frente al principio de libertad en los derechos humanos

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Una
exploración a la figura de la detención preventiva en el
procedimiento penal colombiano, genera la necesidad de valorar en
estricto sentido el funcionamiento de la detención preventiva en el
proceso penal Ley. 906 de 2004, y, qué argumentos expone el sujeto
procesal para solicitar la detención preventiva, y así mismo qué
fundamentos aplica el juez de control de garantías para imponer o
negar la solicitud que le fuere presentada a fin de privar o no de la
libertad al imputado.

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El uso del test P300 en el proceso  penal  español:  algunos  aspectos  controvertidos

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la    
llamada     «prueba    
científica» constituye  uno  de  los  frentes 
de  modernización  más importantes  del 
actual  modelo  de  proceso  penal.  La
aplicación   procesal   de   los  
avances   científicos   y técnicos contribuye
sin duda a la averiguación de los 
hechos en la justicia
penal, a veces con instrumentos decisivos  como  el 
ADN,  pero  también  abre  incertidumbres 
y  exige  cautelas,  señaladamente  en 
cuanto al  respaldo  y  fiabilidad  de  las 
nuevas  técnicas  y  en cuanto  a  la 
protección  de  las  garantías  y 
derechos fundamentales  de  contenido  material 
y  procesal.  En este  contexto  debe 
situarse  el  análisis  del  llamado test 
P300  y  los  requisitos  de  su 
utilización  en  el vigente  proceso  penal. 
El  mencionado  test  consiste en una  
técnica  electroencefalográfica   capaz  
de detectar estímulos neurológicos emitidos por nuestro cerebro  
que   permitirían   comprobar   si  
un   sujeto almacena  información  relevante 
relacionada  con  un hecho    delictivo.   
Esta    técnica,    tradicionalmente
utilizada  en 
el  ámbito  médico 
para  la  detección  de ciertas disfunciones, ha
irrumpido en nuestro sistema judicial  como  una 
prueba  científica  no  exenta  de críticas, 
tanto  en  cuanto  a  su  legalidad 
como  en cuanto a su grado de cientificidad.En las siguientes
líneas tratarán de disiparse algunos mitos que rodean a  esta 
nueva  diligencia  de  investigación  así 
como establecer  ciertas  directrices  para  que 
su  empleo en nuestro proceso penal pueda llegar a ser
plenamente efectivo.

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Terrorismo: entre la política y la criminalidad. Óscar David Andrade Becerra

El
objetivo del artículo es exponer brevemente la discusión acerca de
la naturaleza política del terrorismo. En la primera parte se
presentan tres posiciones teóricas: las que comprenden que el
terrorismo puede tener objetivos políticos, aquellas que niegan
radicalmente su carácter político y las que defienden la hipótesis
de la progresiva despolitización del terrorismo. En la segunda parte
se aborda el debate desde la perspectiva del delito político,
explorando cinco grandes teorías –objetivas, subjetivas, mixtas,
utilitaristas y abolicionistas–, el tema de la conexidad entre el
terrorismo, la subversión y la criminalidad y el posicionamiento de
la doctrina del derecho penal de enemigo.


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Cuatro errores comunes de los sistemas de estadísticas sobre crimen y violencia

Estadisticas
y policia

De nuestro estudio sobre costos del crimen en
América Latina y el Caribe

Nuestros países presentan uno de
los mayores índices de delincuencia del mundo. Desafortunadamente
los números han venido aumentando durante los últimos dos decenios,
lo que impone costos considerables a las sociedades y a menudo
convierte el problema de la delincuencia en la principal preocupación
de los ciudadanos de la región.

No obstante, esta tendencia
creciente de la delincuencia no parece ir acompañada de una
inversión significativa en conocer más sobre este problema y sobre
la eficacia de las políticas dirigidas a resolverlo (Di Tella,
Edwards y Schargrodsky, 2010).

Una posible explicación de
esta situación es la falta de datos confiables sobre la actividad
delictiva en la región. Un sistema eficiente para la recopilación,
procesamiento y difusión de información sobre la actividad
delictiva y la justicia penal es un requisito previo para el análisis
de la delincuencia y la prevención eficaz del delito.

Nuestro
libro sobre costos del crimen ha mostrado que en materia relacionada
con la recopilación y difusión de información sobre la actividad
delictiva, la región presenta un atraso considerable, con grandes
brechas en los datos estadísticos que entorpecen la formulación de
políticas y el análisis de la actividad delictiva. En términos
generales, los sistemas de estadísticas sobre la delincuencia de
América Latina difieren de los sistemas estadísticos ideales en
cuatro aspectos clave.

En primer lugar, no están orientados
hacia el usuario. Un sistema ideal de estadísticas sobre la
delincuencia debería producir, como mínimo, indicadores sobre la
seguridad ciudadana (como el índice delictivo por tipo de delito) e
indicadores de las respuestas del sistema de justicia penal
(recursos, desempeño y castigo sistémico). Sin embargo, la
información que proporcionan los sistemas estadísticos sobre la
delincuencia de la región suele no estar a disposición general,
carece de periodicidad y es poco detallada.

En segundo lugar,
los sistemas de estadísticas sobre la delincuencia no se planifican
ni se gestionan de manera efectiva. La realidad lo demuestra: las
dependencias encargadas de recopilar los datos por lo general están
adscritas a diferentes niveles del gobierno y a diversos organismos
en cada nivel gubernamental. Además, en la mayoría de los países,
la falta de recursos y capacitación son obstáculos importantes para
la recopilación y el análisis de estadísticas.

En tercer
lugar, dichos sistemas no mantienen la neutralidad política ni un
perfil público elevado, por el contrario, la importancia de la
delincuencia, como problema que preocupa a los potenciales electores,
a veces se ha usado para fines de manipulación política, al
influenciar el contenido y el momento elegido para dar a conocer
estadísticas sobre la delincuencia.

Por último, el alcance y
contenido de los sistemas de estadísticas sobre la actividad
delictiva de la región no están claramente expresados ni
integrados. La información que ofrecen no obedece a la reacción al
problema de la delincuencia por parte del sistema de justicia penal y
dichos sistemas no usan conceptos y clasificaciones comunes. Esta
falta de información uniforme y disponible de manera periódica ha
obligado a los investigadores a depender exclusivamente de las
estadísticas sobre homicidios recopiladas por la Organización
Mundial de la Salud, para fines de comparaciones internacionales. A
pesar de la diversidad de las definiciones, el “homicidio” puede
ser el crimen cuyos datos más se recopilan y difunden en la
región.

Quizá sea por ello que la investigación académica
sobre la delincuencia en América Latina se ha concentrado
sobremanera en el homicidio. Dicho eso, es imprescindible mejorar la
disponibilidad y la calidad de las estadísticas, como requisito
previo para poder estimar con mayor precisión los costos que imponen
la delincuencia y la violencia en la región. Es necesario crear
instrumentos de recopilación de datos más precisos, especialmente
un sistema integrado que permita el cruce de referencias de datos
sobre denuncias, detenciones, poblaciones carcelarias y procesos
judiciales, así como de datos provenientes de encuestas de
victimización (Bergman y Whitehead, 2009).

Los esfuerzos en
este sentido son un requisito previo para entender un fenómeno tan
complejo como el costo de la actividad delictiva y la violencia, así
como sus factores determinantes, para promover un debate constructivo
y llevar a cabo evaluaciones rigurosas que acrecienten y mejoren el
conocimiento sobre la delincuencia en América Latina y el Caribe.

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Intervención educativa en prisión: Memoria y deseo

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En
este artículo se presentan algunas de las experiencias educativas
llevadas a cabo en más de una década en el Centro Penitenciario de
Topas (Salamanca) a través del Programa de Intervención ejecutado
desde la Entidad Cáritas de Zamora, en el que el autor participó
activamente como Coordinador del mismo. Desde entonces hasta ahora la
sociedad ha evolucionado, pero la institución penitenciaria no lo ha
hecho tanto, siendo aún hoy los criterios de vigilancia y control
los determinantes frente a otros más de carácter educativo y/o
terapéutico, por ello el análisis y reflexión sobre lo vivido
(memoria) nos ayudara a comprender mejor la realidad penitenciaria.
Pero desde un punto de vista educativo no podemos quedarnos en el
mero análisis. El artículo concluye con algunas sugerencias que
redundarían en potenciar la intervención educativa en prisión
(deseo), la cual debería orientarse a la rehabilitación y
reinserción del penado, tal como recoge nuestra Constitución
(Artículo 25.2).
 

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Crítica  de  las  modernas construcciones  de  una  mal  llamada  responsabilidad penal  de  la  persona  jurídica

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En
el presente artículo, se lleva a cabo una   crítica  
severa   de   la   doctrina  
que   pretende fundamentar   una  
responsabilidad   de   la   persona
jurídica no sólo en el Derecho penal sino también en el 
sancionador  administrativo.  El  autor  parte 
de  la tesis  de  que  la  configuración 
de  un  supuesto  de hecho  de 
responsabilidad  penal  o  de  tipo 
sancionador  de  la  persona  jurídica 
sólo  puede  resultar  de  un proceso  de 
construcción  arbitraria  de  conceptos  en que
se ignoran o desprecian no sólo los conocimientos  y  los 
saberes  de  la  teoría  general  del 
Derecho  y de  las  Dogmáticas  del 
Derecho  civil  y  del  Derecho público, 
sino  también  las  reglas  y  los 
criterios  de  la taxonomía  y  de  la 
nomenclatura  jurídicas  y,  con esto, las reglas de
la lógica formal y material. Por el contrario,  una 
construcción  jurídica  de  conceptos que 
respete  el  patrimonio  indisponible  de 
conocimientos  jurídicos  y  las  reglas 
de  la  lógica  y  del lenguaje conforme a la
razón, sólo puede llevar a la conclusión  de  que 
toda responsabilidad  que  pueda ser imputada a la persona
jurídica, únicamente puede tener  lugar  en  los 
campos  del  Derecho  civil  y 
del 
Derecho  administrativo  no  sancionador 
en  sentido estricto, esto es, en el Derecho de policía
particularmente.  Ninguna  otra conclusión  puede 
derivarse  de la  elemental  diferencia 
conceptual  entre  “culpabilidad”  y 
“responsabilidad”,  la  cual  es 
completamente ignorada  o  pasada  por  alto 
por  la  doctrina  de  la responsabilidad 
penal  y  sancionadora  de  la  persona
jurídica   que,   por   esto  
mismo,   opera   de   modo
completamente  arbitrario,  es  decir,  sin 
atenerse  a ninguna  regla  válida  del 
método  de  construcción  de conceptos jurídicos.

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