Lesiones culposas. Manipulación imprudente de un drone
El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “B., A. s/procesamiento” (causa n° 77.397/2016) rta. 24/4/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa contra el auto del juez de la instancia de origen que procesó al imputado por lesiones culposas. En el caso, se le imputó haber manipulado de manera imprudente un drone (vehículo aéreo no tripulado) de una grabación musical, el cual impactó sobre el rostro de uno de los ejecutantes musicales, produciéndole lesiones. Los vocales confirmaron el procesamiento.
Precisaron que el manejo de los drones se rige por las disposiciones de la resolución 527/2015 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), cuyo anexo titulado “Reglamento Provisional del los Vehículos Aéreos no tripulados” establece en su artículo 27 que la operación de estos objetos debe desarrollarse en un radio nunca inferior a los “treinta metros en la horizontal” ni a los “diez metros en la vertical”, respecto a personas ajenas a la tripulación remota. Agregaron que el imputado violó esta disposición al inobservar la distancia que debía mantener, pues posicionó el aparato a un metro y medio del rostro del damnificado, lo cual determinó el resultado lesivo.
Nota: Cabe destacar que, en un caso similar (que también se adjunta) y en el mismo sentido, se expidió recientemente la Sala I de este Tribunal en la causa 48.313/2015, “F., S.”, rta. 20/3/2017.
LEY 27.350 DE “Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados”. Análisis Jurisprudencial, legislativo, aspectos de investigación y proyecciones sociales.
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AR-SA">A través del presente trabajo, se intentará analizar la sanción de la
ley 27.350 de “investigación médica y científica del uso medicinal de la planta
de cannabis y sus derivados” a partir de diferentes puntos de estudio. Esto
para poder interpretar de forma general e integradora los verdaderos efectos en
la sociedad sobre el uso de los diferentes compuestos del cannabis en pacientes
con distintos tipos de enfermedades que agravan su salud. En este sentido,
cuatro son los puntos elegidos para analizar respecto a la ley 27.350,
correspondiendo al tratamiento legislativo de la norma, el aspecto de la
investigación sobre la planta de cannabis, el marco jurisprudencial en nuestro
país, y finalmente, las proyecciones del debate en la sociedad en la
actualidad.
Cannabis Medicinal. Minuta de reunión en Jefatura de Gabinete de Ministros respecto de la Reglamentación de la Ley N° 27.350
Minuta de la reunión mantenida el 18 de mayo de 2017 en la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, respecto de la Reglamentación pendiente de la Ley N° 27.350 -Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados-.
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