Picadas en la vía pública. Vídeo viralizado

Fecha Fallo

Corresponde condenar a la pena de un año de prisión en suspenso y dos de inhabilitación para conducir a los dos conductores de los vehículos que aparecieron en un video que se viralizó realizando una picada recorriendo diversas avenidas y autopistas avenidas y autopistas de la Ciudad de Buenos Aires, toda vez que tanto la existencia del hecho como la participación de los encartados en calidad de autores se encuentra debidamente acreditada, sin que se haya demostrado causas que pudieran justificar su accionar, todo ello conforme surge de los videos referidos en la prueba, las vistas fotográficas obtenidas de los distintos puntos del recorrido que efectuaron los imputados mientras corrían la picada, las declaraciones de los testigos, la prueba recabada de los perfiles de youtube y de Instagram de los imputados, sumado al reconocimiento del hecho efectuado.

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Acción penal. Extinción. Plazo razonable

Fecha Fallo

El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en “POZZI, Maximiliano Daniel s/ incidente de prescripción de la acción penal”, (causa nº 56.016/2002, Reg. 158/17), rta. 9/3/2017, por el cual los vocales María Laura Garrigós de Rébori, Gustavo Bruzzone y Luis F. Niño, hicieron lugar al recurso de casación, revocaron la decisión recurrida, declararon extinguida la acción penal promovida en el requerimiento de elevación a juicio y, en consecuencia, sobreseyeron a Maximiliano Daniel Pozzi de la imputación penal.


Precisaron que, en el caso particular y dadas las excepcionales circunstancias que se presentaban (demora inicial de aproximadamente ocho años, en virtud de que la causa había sido extraviada, más tres años de inactividad por la rebeldía del imputado que no le eran plenamente atribuibles), se había vulnerado la garantía del plazo razonable, remitiéndose a los precedentes “Amaya, Luis Abelardo”(causa nº 32475/09, Reg. nº 125/16, rta. el 26/2/2016 que fuera remitida como Mail de interés nº 80/2016) y “Pérez, Juan José” (causa nº 45111/02, Reg. nº 76/16, rta. el 11/2/2016 que fuera remitida como Mail de interés nº 72/2016) en donde fue abordada la cuestión con mayor profundidad.

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Cannabis Medicinal. El actual paradigma jurisprudencial a la luz de la Ley 27.350 de Investigación médica y científica de los usos medicinales de la planta de Cannabis y sus derivados.

Sumario para contenido

En el presente trabajo se intentará analizar la sanción de la ley 27.350 de “investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados” a partir de uno de sus principales aspectos, el jurisprudencial. Esto, para poder observar la interpretación judicial de forma general e integradora sobre los efectos en la sociedad sobre el uso de los diferentes compuestos del cannabis en pacientes con distintos tipos de enfermedades que agravan su salud.


El presente trabajo se presentó en "Jornadas sobre Desafíos actuales de la Justicia Porteña. Autonomía e Igualdad" organizado por la Asociación Pensamiento Penal y la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Facultad de Derecho de la UBA, los días 29, 30 y 31 de mayo del 2017.
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Uso de instrumento público falso. Ausencia de peligro y perjuicio.

Fecha Fallo

Corresponde absolver a un hombre que presentó un título secundario falso al momento de inscribirse en un reclutamiento de la Policía provincial, toda vez que el fiscal retiró la acusación por considerar que el hecho no representó ningún tipo de peligro, pues del accionar del imputado no devino un perjuicio y por lo tanto no se configura el tipo legal que requiere que efectivamente esto suceda.

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