Homicidio agravado. Falta de certezas en la condena. Reenvío. Persecución múltiple
Corresponde declarar la nulidad del fallo que había condenado al encartado a la pena de prisión perpetua, por considerarlo autor del delito de homicidio agravado por el vínculo que tuvo por víctima a su madre y absolverlo en relación a los hechos imputados, dado que la sentencia adolece de falta de certeza, desde que sólo fundamenta la decisión en una de las hipótesis construida sobre la base de indicios y presunciones, sin haber descartado todas las restantes. Asimismo, el reenvío de las actuaciones para el dictado de una nueva sentencia tiene como consecuencia que el imputado se vería nuevamente sometido a persecución penal, y la garantía de prohibición del bis in ídem no sólo se refiere a la hipótesis para el caso de que hubiera recaído una previa sentencia firme, sino que también abarca el proceso en general.
Secuestro virtual. Extorsión. Estafa en grado de tentativa
El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “M., S. G. s/procesamiento” (causa n° 52.203/2017) rta. 11/10/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa de uno de los imputados contra el auto del juez de la instancia de origen que lo procesó por secuestro extorsivo. Los vocales confirmaron parcialmente la decisión cambiando la calificación legal por estafa en grado de tentativa.
Precisaron que las probanzas acumuladas eran suficientes para acreditar la materialidad del hecho y que asistía razón a la defensa en cuanto a que el accionar constituía el delito de estafa y no de extorsión toda vez "(...) que la exigencia dineraria realizada, enmarcada en amenazas y simulando un secuestro, forman parte de una maniobra ardidosa única tendiente a afectar el psiquismo del destinatario como para hacerlo incurrir en un error e inducirlo a concretar la disposición patrimonial pretendida. Se aleja así la ilícita pretensión del concepto de intimidación que requiere la extorsión, pero si configura uno de los elementos tipificantes del delito de estafa prevista en el art. 172 del Código Penal y en relación a ella debe evaluarse la idoneidad que se atribuyó a la conducta desplegada por la encausada. (...)". Respecto de la prisión preventiva, sin perjuicio de que la modificación de la calificación legal incidiría en la amenaza punitiva por el hecho atribuido, siendo que la defensa no expuso agravio alguno respecto del argumento del magistrado para imponerla -riesgo de entorpecimiento porque existen responsables aún prófugos y resta recabar el testimonio de posibles damnificados-, entendieron válidas las premisas señaladas para sostener la medida cautelar.
Estafa. Documentos privados. Fotocopia no es documento
El fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “O., F. E. s/procesamiento” (causa n° 29.597/2016) rta. 14/11/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra el auto del juez de la instancia de origen que lo procesó como autor del delito de estafa mediante el uso de documento privado falso al haber presentado, para justificar su inasistencia laboral, dos fotocopias de certificados médicos falsos, no acompañando los originales cuando fue intimado por la empleadora a presentarlos. Los vocales confirmaron el procesamiento modificando la calificación legal por estafa (art.172 CP).
Explicaron, con cita doctrinaria y jurisprudencial, que la fotocopia de un certificado médico no es un documento en los términos del artículo 292 del Código Penal, por lo que su utilización no constituye la conducta disvaliosa reprimida por el artículo 296 del CP. Igualmente aclararon que su presentación no descartaba la idoneidad en el ardid que requiere el tipo penal de estafa (artículo 172 CP) y generaron error en la empresa empleadora al haber abonado parte de los días no trabajados con el consecuente perjuicio patrimonial, por lo que votaron por confirmar el procesamiento pero por estafa.
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