¿Pasión romántica, locura moral o cuestión de honor? El saber médico y los motivos del suicidio, Buenos Aires, 1875-1905

En 
este  trabajo,  analizaremos  los  discursos de 
los  médicos  de  la  ciudad  de 
Buenos  Aires (como  Eduardo  Wilde,  Samuel 
Gaché,  Jose  María  Ramos  Mejía, 
entre  otros)  acerca  del suicidio,  a 
través  de  las  tesis  y  publicaciones 
académicas  que  aparecieron  a  fines 
del  siglo XIX y principios del XX. Además de exponer las
principales interpretaciones sobre el suicidio 
como 
fenómeno,  reflexionaremos  sobre  los  valores 
y  creencias  (el  marco  axiológico)  que
identificamos en los textos producidos por los profesionales de la
salud de la época.


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Superación de agresiones sexuales infanto-juveniles y el sistema judicial: una visión desde los participantes

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Este
estudio se realiza en el marco de un proyecto de investigación
mayor, que estudia cómo se producen los procesos de superación
de
la experiencia de agresión sexual, tanto para niños(as) y
adolescentes, así como para sus adultos responsables y terapeutas.
El presente artículo da cuenta de los resultados de los aspectos
legales que favorecen y dificultan la superación, incorporando las
miradas de niños(as), adolescentes y sus adultos a cargo. La
investigación utiliza metodología cualitativa, realizándose
entrevistas en profundidad a 27 niños, niñas y adolescentes que
culminaron de manera exitosa su proceso terapéutico debido a una
situación de agresión sexual y a 18 de sus padres o adultos a
cargo. Los principales resultados aluden a que ambos grupos
coincidenen visualizar el actuar del sistema judicial como
obstaculizador de sus procesos de superación, realizándose
distinciones solo en los casos en los cuales los resultados de estas
acciones culminan con la condena del agresor, lo que es visualizado
positivamente, como protector. Se discuten las implicancias prácticas
para el sistema judicial y para las intervenciones psicosociales en
estos casos. 

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El monitoreo electrónico de presos en el régimen abierto y la inclusión en el mercado de trabajo (en portugués)

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Discusión
sobre el procedo de monitoreo electrónico de presos introducio en el
ordenamiento jurídico brasiñeo a partir de la promulgación de la
Ley No. 12.258, de 15 de junio de 2010, y No. 12.403, de 4 de mayo de
2011, y sus efectos en el proceso de inclusión social en el trabajo
de los egresados del sistema carcelaria. Problematización de los
obstáculos y desafíos de esa inclusión a partir de un análisis
teórico y empírico de la realidad de Minas Gerais, exponiendo los
derechos previstos en la Ley de Ejecución Penal, Constitución
Federal y el Derecho al Trabajo.Se intenta verificar algunos efectos
de la exclusión social de los egresados del sistema carcelario,
permeado por la punición de la modernidad, los objetivos de la pena
y los derechos garantizados a los egresados del sistema carcelario. 

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Aplicación del Criterio de Oportunidad en los Juzgados de Paz,  Primera Instancia y Tribunales de Sentencia (Guatemala)

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El 
presente  trabajo  anteriormente  descrito  se   
desarrolló  a  través del procedimiento   
legal  que  siempre  se  ha  llevado 
a  cabo  ante  un  órgano jurisdiccional 
determinado,  a  instancia  siempre  del 
ente  investigador  es decir  del  Ministerio 
Público,  quien  de  oficio  ha 
solicitado  siempre    la aplicación de un
criterio de oportunidad. Cuando concurren los presupuestos para creer
que se ha cometido algún determinado  delito,  el 
Ministerio  Público,  a  través  del 
ejercicio  de  la acción  penal,  siempre 
se  han  practicado  las  diligencias   
necesarias  para determinar  la  existencia  del 
hecho que  ha  sido  objeto  de 
investigación, con  base  en  nuestra  carta 
magna  es  decir  la  Constitución 
Política  de  la República de Guatemala,  Código
Penal  y  Procesal  Penal o alguna ley especifica.
Dentro de la facultad que siempre  ha tenido el Ministerio
Público  y  si las  circunstancias  encuadran 
en  el  presupuesto  legal,  siempre  y 
cuando proceda,  de oficio siempre se ha  solicitado 
la aplicación de una salida alterna,  o  mecanismo 
de  salida  como  lo  es  un  criterio 
de  oportunidad, que  constituye  un  beneficio 
tanto  para  la  sociedad,  como  para 
el 
sindicado
en  la solución de un hecho delictivo.

Siempre 
han  existido  dentro  del  Ministerio 
Público  alguna  fiscalía especifica como por ejemplo la
fiscalía de ejecución que tiene un archivo especifico  en 
donde  se  ha  pedido  información  si 
una  determinada persona que aparece como sindicada le aparecen
ante
cedentes
si ha sido beneficiado   con   alguna  
medida   desjudicializadora   de  
criterio   de oportunidad,  procedimiento 
abreviado,  o  suspensión  condicional  de 
la persecución penal.   


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La deferencia del Tribunal Constitucional respecto del juez de la gestión pendiente en la cuestión de inaplicabilidad (Chile).

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Desde
la reforma constitucional de 2005, la deferencia y auto-restricción
del Tribunal Constitucional en el control de los poderes públicos es
un supuesto no sólo respecto del legislador y del ejecutivo, sino
que también de los jueces ordinarios y especiales, a raíz del
modelo de inaplicabilidad consagrado en el artículo 93 N° 6 de la
Constitución. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional revela
su esfuerzo por restringir el control a lo estrictamente necesario, y
a procurar no asumir competencias y facultades que reconoce como
propias del juez de la gestión pendiente. En el presente trabajo se
revisarán los criterios de deferencia extraídos de dicha
jurisprudencia.

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Evaluación del riesgo de violencia: Situación sobre la valoración de prognosis criminal

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En
este trabajo técnico de fin de grado se ha buscado recopilar las
herramientas actualmente disponibles para predecir el riesgo de
violencia, así como las evidencias científicas existentes que
avalen dicha capacidad de predicción. Para ello, se ha revisado
la
literatura científica donde se ha buscado información detallada
sobre qué instrumentos se usan en los diversos ámbitos criminales,
y el modo en el que se usan. Posteriormente se han revisado también
las investigaciones o experimentos dirigidos a validar dicha
capacidad, prestando especial atención a los resultados y
conclusiones de los mismos. El motivo esencial ha sido la escasa
información científica que se maneja en este ámbito criminológico
referente a la evaluación de la peligrosidad criminal, pero que
tanta relevancia tiene a día de hoy en el ámbito legal judicial y
penitenciario, sobre todo en materia de reincidencia y protección de
las víctimas.

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La sobrepenalización del delito de robo agravado: su incidencia delictiva en la ciudad de Trujillo durante los años 2008-2009 (Perú).

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A
través del presente artículo se ha evaluado la información
referente a las sentencias condenatorias y absolutorias por delito de
robo agravado durante los años 2008 y 2009 en Trujillo con la
finalidad de determinar si la sobrepenalización del delito de robo
agravado contribuyó de manera eficaz en la disminución de su
incidencia delictiva. Se ha aplicado una entrevista a profesores de
Derecho Penal, Fiscales y abogados penalistas con la finalidad de
obtener de ellos un criterio respecto al tema investigado. Se utilizó
el método sintético ya que al vincular la sobrepenalización del
delito de robo agravado con su incidencia delictiva da como resultado
la hipótesis que la
sobrepenalización
no ha sido solución para disminuir la incidencia delictiva en el
delito de robo agravado, asimismo se utilizó el método deductivo e
inductivo. A través del método inductivo partiendo de la
información recabada de las sentencias condenatorias y absolutorias
por delito de robo agravado durante los años 2008 y 2009 en Trujillo
se llegó a determinar que elevar las penas no dio resultados para
disminuir la incidencia delictiva del delito de robo agravado, siendo
que en el método deductivo se tomó como premisa general la
sobrepenalización del delito de robo agravado para concluir con el
aumento de su incidencia delictiva. El presente estudio es de tipo
descriptivo y tiene como objetivo demostrar que la sobrepenalización
del delito de robo agravado no ha disminuido su incidencia delictiva;
esto es, el carácter intimidante de la pena o la agravación de la
pena no ha disuadido que los ciudadanos se abstengan de cometer
delitos que lesionan el bien
jurídico
patrimonio especialmente en los delitos de robo agravado. Se ha
obtenido como resultados que en el año 2008 se dieron 47 sentencias
condenatorias por el delito de robo agravado, en el 2009 se dieron 56
sentencias condenatorias por el delito de robo agravado, en la
legislación comparada en materia de robo agravado no existe
sobrepenalización, el artículo 189 del Código Penal que prescribe
el delito de robo agravado ha sufrido diferentes modificatorias
aumentando la penalidad de dicho delito, por lo que se concluye que
la sobrepenalización del delito de robo agravado ha sido un fracaso
ya que no disminuyó su incidencia delictiva, sino al contrario
aumentó. 

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