El Discurso Penitenciario en Venezuela. Una reflexión teórica

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Este
papel de trabajo desarrolla una reflexión teórica acerca del
discurso penitenciario construido desde la ideología de la pena como
mecanismo de reinserción, en relación con la innegable crisis
penitenciaria que arrastra el país. Empleando como referente teórico
los postulados de Ricoeur se hace un desmontaje de las binas
ideológicas inmersas en el discurso penitenciario venezolano
interpretando textos
legales, documentos oficiales, información emanada de ONG y medios
de comunicación social. Aunque el lema jurídico y político sigue
siendo propugnar la rehabilitación social de los privados de
libertad, las continuas protestas por las condiciones carcelarias,
aunado a las sucesivas reformas que han recrudecido el sistema penal,
proyectan este ideal en un espacio de la imaginación fuera de lo
real.

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Hacia un régimen normativo laboral en prisiones. Un sistema reforzado de garantías frente a una posición de doble hiposuficiencia

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Este
documento propone profundizar el debate sobre el marco jurídico que
debe regir las relaciones laborales existentes entre los trabajadores
privados de su libertad en el sistema federal argentino y la
administración penitenciaria. Como presupuesto inicial, sostener la
vigencia del trabajo como un derecho humano durante el encierro,
impone partir del reconocimiento del sujeto activo de esta relación
como un trabajador privado
de su libertad antes que
un preso que trabaja.La
propuesta, lejos de anecdótica, se contextualiza en un momento
atravesado por al menos tres circunstancias interrelacionadas
sumamente relevantes: el incremento exponencial de las personas
privadas de su libertad afectadas a trabajo remunerado, el inicio
ante el Ministerio de Trabajo de la Nación por primera vez de un
requerimiento de inscripción gremial por un colectivo de
trabajadores presos, y la existencia de una serie de acciones
colectivas en diversos fueros y estadios procesales exigiendo la
aplicación del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en las
relaciones laborales intramuros.

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El desengaño ocupacional en prisión. Un análisis de la situación actual de las mujeres en las prisiones catalanas y su oferta laboral

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El
estudio de la mujer en el sistema penal cada vez tiene un papel más
importante en la criminología actual. Pese  a seguir siendo 
un  tema  poco  estudiado  en  España,
investigaciones recientes  nos  muestran una problemática
que afecta a las mujeres que se encuentran en prisión. En el
presente artículo se indagará sobre la  oferta  laboral 
en  prisión  que  les  es  ofrecida  y
si  ésta limita  sus  posibilidades 
formativas,  a  la  vez  que reproduce el rol
femenino instaurado en una sociedad patriarcal

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Liberal pero no ingenuo: el encuentro con la promesa de reducir el tamaño de las prisiones

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Una 
confluencia  de  factores –que  crearon  una 
tormenta  perfecta -interfirió     con    
el    aumento,    
prácticamente     inmanejable,    
de encarcelamientos y, consecuentemente ha contribuido a la aparición
de  una  nueva  sensibilidad  que  define 
el  continuo  encarcelamiento masivo  como 
insostenible.  En  este  contexto,  la 
reducción  de  las prisiones  de  Estados 
Unidos de  Norteamérica se  ha  materializado como
una posibilidad viable. Para los progresistas, que han llamado mucho 
a  la  moderación  en  el  uso  de 
la  encarcelación,  el  reto consiste  en 
saber  si  la  promesa  de  reducción 
puede  cumplirse.  El fracaso  de  las 
reformas  pasadas  destinadas  a  la 
excarcelación  se erige   como   un  
recordatorio   aleccionador   de  
que   las   buenas intenciones   no  
se   traducen   fácilmente   en  
buenos   resultados. Además, otras razones del por qué
existe la reducción penitenciaria significativa
bien podrían fallar (por ejemplo, las enormes escalas de
encarcelamiento   que   deben   ser  
confrontadas   y   evaluadas,   los
limitados  mecanismos  disponibles  para 
liberar  presos,  la  falta  de programas 
alternativos  de  calidad).  Sin  embargo, 
también  existen razones  para  el  optimismo, 
la  más  importante  de  las  cuales 
es  la legitimidad  menguante  del  paradigma 
de  la encarcelación  en  masa, lo  que 
ha  producido  esfuerzos  para  reducir 
las  poblaciones  de presos  y  cerrar  las 
penitenciarías  en  varios  Estados.  El 
tema  de  la reducción  de  personal 
también  se  mantendrá  a  la  vanguardia 
del discurso  penitenciario  debido  a  la 
reducción  de  encarcelamientos ordenada por la corte en
California. Este experimento está en curso, pero es revelador de las
dificultades que enfrenta la reducción de la población  
en   prisión;   la   iniciativa  
parece   estar   produciendo resultados  
mixtos   (por   ejemplo,   la  
reducción   de   la   población
prisiones  estatales,  pero  el  aumento 
en  las  poblaciones  de  las cárceles
locales). Al final, la reducción exitosa debe ser "liberal,
pero no  ingenua."  Por  lo  tanto, 
los  esfuerzos  de  reformas 
deben 
guiarse no  sólo  por  los  valores 
progresistas  sino  también  por  una 
clara dependencia de los conocimientos científicos sobre las
correcciones y  en  una  disposición  a 
abordar  las  cuestiones  pragmáticas  que
pueden  frustrar  las  buenas  intenciones. 
En  última 
instancia,  la "criminología  de  reducción 
penitenciaria"  se  debe  desarrollar  para
fomentar las intervenciones políticas eficaces.

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Bases del pensamiento jurídico

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El
presente artículo desarrolla las bases del pensamiento jurídico.Para
ello, se explora primeramente el origen del derecho que se encuentra
marcado por la división social de clases. Luego se analiza
propiamente el origen del pensamiento jurídico y de la importancia
de ese saber jurídico dogmático. Con ello se llega a una propuesta
de definición de lo que es el Derecho y se analiza cada uno de los
componentes de esa definición.

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La entrega vigilada y su impacto en la esfera de los derechos fundamentales y la sociedad globalizada

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En
los albores del siglo XXI asistimos al surgimiento y consolidacion de
diferentes organizaciones criminales amparadas, tanto de indole
nacional como internacional, por la globalización; poseen una gran
capacidad de movimiento y tecnología suficiente para integrarse con
facilidad en el entorno social y económico; lo que facilita tanto la
comisión de delitos como su encubrimiento. El delito ha traspasado
fronteras, las grandes mafias se han repartido por zonas geográficas
el planeta, desarrollando estrategias de mercado, con formulas de
ayuda y cooperación mutua, compartiendo estructuras operativas, de
manera permanente o de forma aislada, dependiendo de los intereses o
dificultades que les puede plantear los servicios de vigilancia de
los diferentes cuerpos operativos de funcionarios o agentes
estatales. En la intencion de luchar y poner freno al desmesurado
incremento de estas organizaciones, la mayoria de los gobiernos
integrantes de Naciones Unidas, han dado pasos cualitaivos y
cuantitativos en relacion a la cooperacion internacional, como medio
válido y preferente en la lucha contra el crimen organizado que
produce y comercializa drogas de diseño, operando tambien en otros
ambitos, tales como la delicuencia informática, a traves de la
adopcion de convenios Internacionales. La caracteruistica principal
de la entrega vigilidlada es su condicion reservada y su actitud
flñexible, frente a los supuestos de flagrancia delictiva, su
utilidad estriba en proveer informacion sobre la ruta, procedencia o
destino de las operaciones ilicitas; su finalidad es la
identificacion y puesta a disposicion judicial de los autores de los
delitos en el ambito de la delicuencia organizada como cuando se
trata de una relacion puntual de mera codelincuencia. Esdta técnica
constituye un componente esencial en la practica actual y en la
moderna aplicacion de la norma; es una parte intrinseca de los
procedimientos operativos, asi lo indica el reconocimiento que recibe
de los instrumentos más recientes emn materia de doroga y delito, al
tiempo que contiene un elemnto especial, ya que es una excepcion al
deber que tienen los responsables de hacer cumplir la ley de
intervenir o frustrar las operaciones delictivas. En algunos países,
sobre todo, si pensamos en estados africanos y de Oriente Proximo,
esta diligencia de investigacion se utiliza de manera insuficiente
porque las autoridades judiciales no estan familiarizadas con el
procedimiento y porque la corrupcion a nivel gubernamental ha
propiciado que las rutas de narcotraficantes se hayan desviado a
estas zonas; a modo de ejemplo, cabe decir que, en gobiernos como el
afgano, son los propios talibanes los que comercian con el opio
producido, empleando mano de obra infantil y los beneficios son
utilizados para financiar su aparato gubernamental, sin embargo,
paises copmo Peru, Mexico y Bolivia, entre otros, disponen de normas
penales para sanconar el trafico ilicito tanto de sustancias como de
otros bienes; en el entorno de los estados PRELAC, se contempla como
prioritaria, la armionizacion juridica y reglamentaria en el area de
control de quimicos precursores, contextualizando la aplicacion de la
normativa penal en estos Estados de America Latina y Caribe.

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Responsabilidad penal por crímenes internacionales y coautoría mediata

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Debido  
al   carácter   masivo   de  
los crímenes   de atrocidad,   la  
determinación   de   la responsabilidad penal de
cada uno de los intervinientes  en  su  comisión 
constituye  uno  de  los  desafíos más
importantes del derecho penal internacional en la  actualidad. 
En  todo  caso,  los  modos  de 
intervención  criminal  punible  deben  ser 
respetuosos  tanto con  el  principio  de 
responsabilidad  penal  individual como  con  la 
realidad  criminológica  de  esta  clase 
de crímenes.  En  la  presente  investigación, 
se  analizan las  distintas  alternativas 
seguidas  por  los  tribunales penales 
internacionales  a  la  hora  de 
determinar  la forma  de  autoría  o 
participación  aplicable  a  cada caso, entre las
cuales la coautoría mediata por medio de Estructuras Organizadas de
Poder ocupa un lugar destacado,  por  tratarse  de 
una  forma  de  autoría novedosa  y 
especialmente  útil  en  el  contexto  de
crímenes de atrocidad.

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Género, cuerpo, racismo y complejo industrial de prisiones: experiencias de personas negras en una cárcel de Bogotá

Este
artículo analiza las trayectorias sociales y las experiencias de
vida de hombres y mujeres auto-identificados  negros  y
afrocolombianos  que  se encuentran recluidos en la Cárcel
Distrital para varones y anexo de mujeres en la ciudad de Bogotá. A
través 
del
trabajo de campo realizado en este penal durante los  años 
2010  y  2011,  y  por  medio  de 
una  reflexión sociológica y feminista, cimentada en los
aportes de la feminista afro-estadounidense Angela Davis sobre el
“complejo industrial de prisiones”, se pone en evidencia 
que
la intersección de las categorías género, raza y clase articulan
las tecnologías de control y punición que emplea el Estado para
gestionar la criminalidad en la ciudad. La operación fusionada de
estos regímenes de  poder  configura  experiencias 
diferenciales  de 
criminalización
y encarcelamiento para las personas subordinadas en el orden racial
colombiano, por lo cual analizo sus trayectorias sociales y sus
relaciones con los miembros de la institución carcelaria, para dar
cuenta de la discriminación y las resistencias que tejen estos
agentes en medio del castigo, el encierro y la criminalización.    

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