El principio de proporcionalidad y merecimiento empírico

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Los 
especialistas  en  derecho  penal  de  todo 
el  mundo   hablan  del  “principio 
de proporcionalidad”, a pesar de que con él distintas 
personas
a veces se refieren a diferentes cosas. Algunos lo utilizan para
referirse a la idea de que la magnitud de la pena debe ser
proporcional a la gravedad del delito, del daño o mal realizado.
Otros lo utilizan para referirse a la idea de que la magnitud de la
pena debe ser proporcional a la culpabilidad general [overall blame
worthiness]* del delincuente. Esa culpabilidad general toma en cuenta
la gravedad del  delito, pero también considera una variedad de
otras cosas, como el estado mental culpable del delincuente en la
comisión  del  delito  –ya  sea  que 
obró  con  propósito,   a  sabiendas, 
de  manera imprudente o negligente–, su capacidad general
para  actuar racionalmente –por ejemplo si se tratara de un
enfermo mental, un menor, o estuviera drogado– o cualquiera de las
otras numerosas condiciones de excusa –por ejemplo si actuó bajo
coacción, bajo un error de derecho razonable o  bajo un error
en cuanto a la justificación. Cuando me refiero al “principio de
proporcionalidad”, quiero hacer referencia a esta última y más
amplia idea –que la pena debe seguir la culpabilidad 
general
del delincuente por un delito. 

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La responsabilidad penal para adolescentes: abordaje social de las sanciones en el departamento de Risaralda

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El
presente artículo es resultado del Proyecto de Investigación
Colciencias denominado Población Juvenil del Departamento de
Risaralda: Criminalidad Vs Prevención y Sanción, se ejecutó
durante el periodo de julio 2014 a julio 2015. Los objetivos de la
investigación fueron los de realizar un estudio comparativo entre
las sanciones impuestas a los adolescentes en conflicto con la ley
penal en el distrito judicial de Pereira, entre los años 2008 y
2013, e implementar jornadas de capacitación acordes con el programa
de prevención, Risaralda: un territorio de prevención del delito.
La investigación fue del tipo socio jurídico con un enfoque mixto y
tuvo un abordaje social. Se utilizaron tres técnicas de
investigación, revisión documental, encuesta y entrevista semi
estructurada. Por último se presentan los resultados de la
participación de hombres y mujeres en la comisión de delitos entre
los años 2008 y el 2013; los delitos de mayor incidencia y las
sanciones que más se impusieron en dicho periodo. Igualmente se
presentan los resultados de jornadas de capacitación en población
adolescente escolarizada, sobre el conocimiento de estrategias de
prevención de la delincuencia juvenil.

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La socialización infame:una mirada desde la psicología social.

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La infamia debe ser entendida como una de las principales formas de sanción parapenal. En las sociedades modernas o post industriales, ella no sólo estructura imágenes que recaen sobre los sujetos, sino también, sobre todo su círculo social. Es decir, hoy por hoy, la infamia como mecanismo de sanción moral no sólo estigmatiza al propio sujeto, sino que además a todos quienes forman parte de su realidad y mundo de la vida.
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La manipulación de la escena del delito,valoración y exclusión probatoria

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Este
artículo pretende mostrar la importancia de la escena del delito
como insumo principal del acervo probatorio con el que el juez tomará
la decisión sobre un caso en particular. La escena del delito debe
permanecer incólume para que pueda brindar evidencias y pistas con
el único objetivo de llegar a la verdad. Para ello es necesario
establecer la responsabilidad de quien llega primero a la escena de
los hechos, qué debe hacerse con esta, y cómo debe guardar la
fotografía de la escena en cuestión, de manera que los
investigadores puedan reproducir el pasado. Por tal razón, se trata
de elementos esenciales para determinar realmente qué fue lo que
sucedió. Es por lo anterior que en el presente artículo se busca
establecer qué es la escena del delito. Al respecto, vale la pena
aclarar que no toda escena de un hecho puede llegar a ser delictual.
También es necesario determinar en qué radica la importancia de la
escena delictiva, cuáles son los protocolos y procedimientos para su
conservación, quién es el primer respondiente y cómo se estarían
infringiendo las normas penales si dicha escena se llegase a
manipular. Para este último punto se toma como ejemplo un caso de la
vida real, el tan publicitado caso de la presunta la alteración de
la escena del crimen en el homicidio del «grafitero». Actualmente,
en el país no se ha proferido sentencia alguna por la comisión de
este tipo penal, por lo anterior, el presente escrito observará los
pormenores de la valoración y la exclusión e incorporación
probatoria, teniendo en cuenta las particularidades del tipo penal.

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El recurso de casación en materia penal

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El
recurso de casación desde la perspectiva de la doctrina penal y en
especial desde la óptica práctica del órgano de jurisdicción
penal, tiene por objeto  reparar los errores de derecho en que
pudo haber incurrido el juzgador al momento de pronunciar sentencia
por una parte y, por otra, coadyuvar a la unificación normativa a
fin de garantizar la correcta aplicación de la ley. Sin embargo cabe
señalar que este instituto procesal penal, en los últimos tiempos
ha presentado una inusitada evolución que nace de la aplicación de
los sistemas neoconstitucionalistas que propenden a la
constitucionalización del derecho penal originando que la naturaleza
del recurso de casación se transforme y evidencie rasgos netamente
garantistas que trascienden el propio fin con el único objetivo de
implantar a los derechos como el principio mismo de su esencia. Es
evidente que una institución de la complejidad de la Casación,
destinada a velar por la exacta y co
rrecta observación de la
ley, a unificar la jurisprudencia y a controlar el sistema judicial, 
no puede haber surgido espontáneamente, sino que como ya lo
analizaremos, es el resultado de la incorporación de varios
principios jurídicos, doctrinarios y prácticos de los sistemas
judiciales; cuya aplicación corresponde al más alto tribunal de
justicia, a fin de que sus fallos sean acatados y de esta manera
cumplir 
con el objetivo básico que no es sino la defensa
del derecho objetivo, la reparación del agravio sufrido a través de
una sentencia que puede ser anulada total o parcialmente, cuando es
evidente el vicio de “in juricidad” por errores  en la
aplicación del derecho.La investigación que planteamos, no trata de
desarrollar una nueva teoría sobre el tema,ya que existen varios
escritores que lo han abordado desde diferentes perspectivas, sin
embargo,consideramos que la visión de este recurso en el
Ecuador,cambió a raíz de la implementación del sistema acusatorio
oral, porque los principios de inmediación y contradicción que
rigen la presentación de la prueba en la audiencia oral de
juzgamiento,  originan que las sentencias sean el producto de la
percepción directa del juzgador sobre los hechos narrados, lo que de
alguna manera debería contribuir a acrecentar la confianza en el
hacer judicial, es por ello, que pretendemos ilustrar la doctrina y
describir la normativa vigente sobre la casación a fin de comprender
su naturaleza y función, lo que nos releva de realizar análisis
críticos por necesarios que sean. 

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