Causa Milani. Enriquecimiento ilícito. Procesamiento
El Juez Federal Daniel Rafecas, procesó al ex Jefe del Ejército, General César Milani, por el delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público, y le trabó un embargo preventivo de 5 millones de pesos.
En la misma resolución, el Magistrado también procesó como partícipe necesario de la maniobra, al Capitán retirado Eduardo Enrique Barreiro, a quien le trabó embargo por 2 millones de pesos (Barreiro, asimismo, se encuentra a la espera de un juicio oral por crímenes de lesa humanidad en la Justicia Federal de La Plata).
En la resolución, de más de 500 páginas, la Justicia convalidó la conclusión de un peritaje oficial entregado al Juez en septiembre pasado, y dio por probado que Milani no justificó, al menos en parte, la compra en junio de 2010, de una casa en el barrio La Horqueta, en San Isidro, pcia. de Buenos Aires, por un valor declarado en escritura pública de $ 1.500.000, monto del cual, al menos la mitad, se desconoce el origen del dinero que Milani invirtió en dicha propiedad.
Precisamente para intentar justificar el origen del monto faltante, Milani habría apelado a fraguar un documento, supuestamente fechado en diciembre de 2009, por el cual un amigo y compañero de armas retirado, Eduardo Barreiro, aparecía efectuándole un préstamo de U$S 200.000 (unos $ 800.000 para esa fecha), documento que en su momento Milani presentó ante la Oficina Anticorrupción para justificar el faltante y sortear la intimación oficial.
Pero tanto los peritos contadores oficiales en su dictamen, como ahora el Juez interviniente, descartaron tal documento como evidencia, ya que por un lado, el mismo, pese al importante monto implicado, no tenía fecha cierta, ni tenía respaldo de movimiento bancario alguno, ni intervención de escribano o de testigos, y por el otro, la investigación judicial demostró que el supuesto prestamista -Barreiro- carecía de la solvencia económica mínima como para poder prestar una suma semejante; y que ni Milani ni Barreiro reflejaron en sus declaraciones juradas impositivas la existencia del mutuo en cuestión.
Asimismo, para hacer cerrar la maniobra, Milani apareció vendiéndole a Barreiro un departamento de su propiedad en la calle Moldes, en noviembre de 2010, operación ésta que también se reputó fraguada, habida cuenta de numerosos indicios detallados en la resolución, como que por ejemplo, Milani continuó pagando las expensas de ese departamento durante los tres meses siguientes a la supuesta venta. O que, pese a que en esa supuesta venta no debería haber existido entrega de dinero, el acta del Escribano interviniente sostuvo lo contrario.
Se trata de una causa iniciada a mediados de 2013, en la cual en septiembre de ese año, el Dr. Rafecas ordenó la confección de un informe patrimonial preliminar –a cargo de la División Delitos Económicos de Prefectura Naval-, que fuera entregado en octubre de 2014. Completada la reunión de documentación adicional, en junio de 2015 el Fiscal interviniente, Dr. Di Lello, requirió la intervención técnica de la PROCELAC, organismo éste que entregó su informe final en febrero de 2016, con el cual el Dr. Di Lello requirió la pericia contable de los expertos de la Corte, a lo que el Magistrado hizo lugar. La pericia contable fue entregada al Juzgado en septiembre de este año y dos días después el Juez Rafecas dispuso las indagatorias de los ahora procesados.
Una oportunidad perdida: Los delitos de infracción de un deber y la participación criminal
Para explicar el concepto de la intervención delictiva, se
han elaborado en la dogmática penal diversas teorías que identifican a quien es
autor o partícipe; una de ellas en la actualidad, la dominante, es la llamada “dominio del hecho”. Sin embargo,
no todos los tipos de delitos tienen una estructura
que permite explicar adecuadamente las cuestiones de la autoría a través de la
teoría del dominio del hecho. Existen delitos que no precisan de ningún dominio
del hecho para su concreción, como es el supuesto de los tipos cuyo núcleo está
formado por una especial posición que ocupa el obligado en el ámbito de los
deberes que tiene a su cargo, en otros términos, tipos penales que, que
solamente pueden determinarse por medio de la infracción a un deber especial del actuante.
Decreto 1249/2016 - EMERGENCIA NACIONAL EN MATERIA DE ADICCIONES
Declárase la “EMERGENCIA NACIONAL EN MATERIA DE ADICCIONES”, para todo el territorio de la República Argentina, con el objeto de atender al abordaje integral de las adicciones, teniendo como ejes su prevención y tratamiento, así como la inclusión social de aquellas personas que se encuentran afectadas por esta problemática.
Informe sobre homicidios dolosos en CABA (2015)
Por segundo año consecutivo, el Consejo de la Magistratura de la Nación presentó el “Informe sobre homicidios dolosos”, elaborado por el Instituto de Investigaciones del Poder Judicial de la Nación. Las estadísticas, que analizan la tasa de homicidios en la Ciudad de Buenos Aires, abarcan los resultados obtenidos luego de la compulsa personal de más de trescientas setenta causas judiciales.
Si bien disminuyeron los hechos acaecidos -en el mismo período del año anterior había alcanzado una tasa mayor-, la tendencia sigue siendo creciente en los barrios más carenciados. De un total de 175 homicidios, el 47 por ciento se cometieron en barrios de emergencia, lo que arroja una tasa de 49.45 sobre una población de 165.813 habitantes.
“Desde que se realiza la investigación más de 1065 personas han perdido la vida de forma violenta. Estos números demuestran una tragedia”, explicó Rodrigo Codino, titular del Instituto de Investigación dependiente del Consejo de la Magistratura.
La presentación oficial tuvo lugar en el recinto del Concejo y contó con la presencia del presidente del Cuerpo, Miguel Piedecasas, y de los consejeros Luis María Cabral, Adriana Donato y Jorge Candis. También asistió el titular del Consejo porteño, Enzo Pagani; el secretario general de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación, Julio Piumato, funcionarios nacionales y familiares de víctimas.
“La protección de la vida humana es uno de los mayores desafíos que se plantean en las sociedades contemporáneas”, advirtió Cordino y señaló: "El Poder Judicial busca que esta realidad trágica pueda transformarse y que los datos sirvan como herramientas a la hora de programar políticas públicas”.
En particular, el 82% de las víctimas de homicidios eran de sexo masculino, mientras que un 18% de sexo femenino. Asimismo, el 61% de las víctimas eran argentinas y un 38% extranjeras, de las cuales 30 eran de nacionalidad paraguaya y 15 peruana. Por su parte, el 37% de los victimarios son argentinos y el 22% extranjeros, desconociéndose la nacionalidad en un 41% de los casos.
Los móviles de los homicidios se mantienen "inalterables" siendo la “discusión y/o la venganza personal o grupal”, el motivo principal que desencadena “riñas, grescas, ajuste de cuentas” y este representa un 42 por ciento del total. Cabe destacar que en el 52% de los mismos existía relación entre víctimas y victimarios.
Según los datos oficiales, las armas de fuego siguen siendo el instrumento más utilizado por los victimarios. “Vemos que la presencia de armas de fuego en la población indica la letalidad de su uso y la importancia de políticas de desarme”, señaló Codino.
"Ni una menos" en números
El informe contiene un apartado específico en relación a los femicidios. De este modo, surge que 19 mujeres resultaron víctimas por su condición, lo que representa un 61,29% de los casos. En estos casos se invierte del tipo de arma utilizada en los homicidios en general "predominando la utilización del arma blanca".
La mayoría de los femicidios se cometieron en zona urbanizada, mientras que un 26 por ciento tuvo lugar en barrios de emergencia. Respecto a los autores, el informe determinó que dos se suicidaron y otro lo intentó, lo que representa el 15% de los casos. En un hecho el victimario fue abatido por la Prefectura Naval Argentina que intervino para hacer cesar la agresión.
“Los femicidios no han cesado de aumentar desde el 2013. Esta situación muestra la urgencia de implementar políticas públicas frente a este fenómeno, que atraviesa todas las clases sociales. La violencia contra la mujer requiere políticas de Estado integrales”, concluyó Codino.
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