La reducción de la mayoría de edad penal en Brasil: una perspectiva jurídico-constitucional (en portugués)

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A  presente  dissertação 
tem  o  objetivo  precípuo  de  apreciar  a 
mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:minor-latin;color:#222222;
mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">legitimidade  jurídico-constitucional 
da  redução  da  maioridade


penal  no  Brasil.  O 
trabalho  busca  demonstrar os  postulados 
filosóficos,  morais  e 
jurídicos  que  assentam  a  imputação.


Partindo  da defesa de que somente com um
olhar cuidadoso é possível 
chegar  à imputação devida, serão 
descritos os  requisitos  da


inimputabilidade  das  pessoas 
que  não  atingiram  a maioridade 
penal e quais os ditames que a estabelecem. Ao
longo do texto,


destacar-se-áo  contexto 
histórico  no  qual  foi  fixada  a  idade 
penal  mínima  em  dezoito 
anos,  bem como  em  que  aspecto  essa


previsão  estaria  inserida 
nas  cláusulas  pétreas.  O  estudo  do 
tema revela a preocupação da sociedade com o
aumento da violência e a 
disseminação pela mídia da redução da idade penal mínima como sendo a
solução “mágica”. A 
partir disso, tratou-se do elemento social e das
estatísticas da 
violência, passando pelo valor da interpretação
da disposição 
normativa penal à luz dos direitos e garantias
fundamentais que impõem 
o  respeito  aos 
princípios,  em  especial  à  dignidade  humana. 
Adota  como  metodologia 
de  pesquisa  a  pesquisa  bibliográfica, 
incluindo  a  exploração 
de  doutrina, legislação,  tratados  e 
convenções  em  geral. A 
análise  visa  abordar  que  a  resolução 
do problema  da  violência 
não  pode  justificar  a  redução  e,  ao 
mesmo  tempo,  que  não  há
coerência  em analisar que  seja 
redefinida  uma  redução 
na  idade  de  imputação  das pessoas no 
Direito brasileiro, até porque existe previsão
de punição para os 
adolescentes em conflito com a lei. Assim, com base nos elementos teóricos e
empíricos arrolados no 
desenvolvimento,  conclui-se, 
enfim,  pela  inconstitucionalidade  da 
referida  proposta, diante da
impossibilidade de se modificar 
cláusula pétrea.

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La Relación Droga y Delito en Adolescentes Infractores de la Ley. La experiencia de Bolivia, Chile, Colombia, Perú y Uruguay

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Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y
el Delito (UNODC) y 
font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">la  Comisión  Interamericana 
para  el  Control  del  Abuso  de


Drogas  de  la  Secretaría 
de Seguridad Multidimensional de la 
Organización de los Estados Americanos (CICAD).
Este  informe  se  propone 
dar  cuenta  de  los  distintos  aspectos 
mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:minor-latin;color:#222222;
mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">vinculados  al  consumo de 
drogas  en  la  población  adolescente


infractora  de  la  ley, 
tanto  en  aquellos  que  han cometido 
faltas  menores  como  los 
que  se  han  visto  involucrados  a


temprana  edad  en infracciones
graves. Para ello se ha accedido a 
estudios realizados en los últimos cinco años,
en el caso de Chile, y


a estudios del último bienio en el caso de
Bolivia, Colombia, Perú y 
Uruguay. Todos ellos realizados bajo un marco
metodológico básico y


común, que permite una razonable comparación de los
resultados en varios 
aspectos, pudiendo llegar a conclusiones
importantes sobre la


vinculación de las drogas y el delito entre los
adolescentes de estos 
cinco países Sudamericanos. Conforme a ello, en
el primer capítulo se 
presentan los resultados comparados, para luego,
en capítulos 
sucesivos, esbozar una síntesis de los
principales resultados


obtenidos en cada país. Tal como en todos los
informes del  Sistema 
Subregional  de  Investigación 
e  Información  sobre  Drogas,  la


finalidad  es observar detenidamente el
fenómeno y presentar una 
mirada actualizada y lo más objetiva posible,
para contribuir a la


toma de decisiones de aquellos principales
responsables de orientar 
las políticas sobre drogas y delitos en la
región.


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Estudio nacional sobre consumo de sustancias psicoactivas y su relación con la comisión de delitos en adolescentes judicializados

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El presente Estudio Nacional integra el Programa
Droga-Delito en el 
font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">cual se han  llevado  a 
cabo  una  serie  de  estudios  cuantitativos


 y  cualitativos  desde 
el  año  2004 que  intentan  estimar  la 
magnitud  de  la 
vinculación  entre  el  consumo  de  sustancias


psicoactivas   y   la 
 comisión   de   delitos   y 
 también   el 
sentido   de   esa 
 vinculación.Diferenciamos  estas  vinculaciones


según  sean  de tipo 
psicofarmacológico,  económico, sistémico y 
legal, de acuerdo a las conceptualizaciones de
uso internacional.


El estudio en población de adolescentes
judicializados tiene el 
propósito de estimar  las 
asociaciones entre  el  consumo  de


sustancias  psicoactivas  y 
la  comisión  de delitos en los jóvenes 
infractores o presuntos infractores a la ley
penal de Argentina. Se


entrevistaron a  372  adolescentes -
representando  a  una  población  de 1179 
jóvenes  de  todo  el 
país-,  alojados  en  los  41  dispositivos 
provinciales  visitados.  La encuesta se
aplicó a las personas menores de 
19 años de edad, de ambos sexos, bajo la
condición  de haber  cometido 
una  infracción  a  la
ley  penal  o  ser presuntos  infractores  de 
ella. Se descartó de la consulta a aquellos
jóvenes alojados en 
dispositivos por cuestiones asistenciales.

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Pequeños díscolos en la ciudad. La Casa de Menores y la Escuela Tutelar como espacios para el manejo de la infancia trasgresora en el departamento de Antioquia (1915-1938)

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En el contexto colombiano de finales del siglo
XIX y principios del 
font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">XX, en medio de las transformaciones sociales,
políticas, económicas,


urbanas y culturales generadas por el proceso de
industrialización y 
modernización, las instituciones de asistencia y
control jugaron un


importante papel en la definición y
establecimiento de mecanismos de 
intervención y regulación social que desde los
entes estatales


se formularon para el manejo de un nuevo
panorama poblacional.
En el caso de Medellín, capital de Antioquia, el
acelerado proceso de


industrialización modificó profundamente la
composición de la 
población, reformulando el modo en que las
personas se relacionaban


con la ciudad y su propio cuerpo, y generando
graves dificultades para 
el gobierno local, que se vio sobrepasado por problemáticas
de hacinamiento, 
marginalidad, desnutrición, prácticas poco
higiénicas y altos índices 
de criminalidad.



La niñez no fue ajena a esta nueva problemática
social, ante la cual 
el gobierno departamental desarrolló una serie
de medidas que


incluyeron la creación de dos instituciones y
cuya misión no se limitó 
al modelo de reformatorio, comprendiendo
prácticas de persuasión y


estímulos en el manejo de la infancia infractora, y
reconfigurando el cuerpo social 
del niño para desentrañar las razones físicas,
médicas y psicológicas 
por las que se cometía algún tipo de delito, así
como la inclusión del 
discurso moralizador, las prácticas higiénicas y
la disciplina del 
trabajo.

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Raji c. España. Prohibición de torturas y otros tratos crueles, inhumanos y/o degradantes

Fecha Fallo

En este caso, se solicitaba al TEDH condena por vulneración del artículo 3 del Convenio (prohibición de la tortura y de tratos inhumanos y degradantes) por haber sido acordada una orden de desalojo del domicilio de los demandantes, y del derecho a su vida privada y familiar (artículo 8) así como del articulo 13 (derecho a un recurso efectivo) por sí solo y puesto en relación con los artículos 3 y 8. El TEDH considera que las Autoridades competentes han tomado las medidas oportunas para resolver el litigio en el respeto de los Derechos Humanos, tal y como se especifica en el Convenio y sus Protocolos y que por tanto procede el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 37.1 b) del Convenio.

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