Políticas de drogas y salud pública en Costa Rica

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Las políticas de drogas a nivel mundial se caracterizan por presentar serias deficiencias y contradicciones en la garantía y protección de los derechos humanos y la salud pública. Costa Rica por su parte es un país de vanguardia en este campo, ya que la total descriminalización del consumo de drogas ha permitido fortalecer las políticas para la prevención y atención del consumo de drogas. Aun así, todavía tiene mucho terreno que recorrer, principalmente hacia una diversificación y acceso de los servicios sociales y sanitarios que integre medidas de reducción del daño. Esto si realmente se desea sobrepasar el paradigma de la enfermedad de la adicción, que profundiza el estigma e incluso puede llegar a violentar los derechos humanos de las personas usuarias de drogas.
Este documento buscar brindar una aproximación general sobre el abordaje actual del tema de drogas y la salud pública en el contexto mundial y especialmente en el costarricense, pero principalmente busca dar insumos para promover el debate en torno a las políticas de control de drogas y la legislación, planes y programas dirigidos a proteger la salud de los usuarios de sustancias psicoactivas. Está dirigido a personas involucradas en la formulación y ejecución de políticas públicas, por lo que pretende exponer las características y consecuencias del sistema de control de drogas para discutir sobre alternativas en la reforma de las políticas dirigidas a la garantía y protección del derecho a la salud de las personas usuarias de drogas especialmente poblaciones en mayor vulnerabilidad social.

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Comienzo de la vida y su protección. Corte Interamericana de DDHH.

 - Los hechos del presente caso se relacionan con la aprobación del  Decreto Ejecutivo No. 24029-S de 3 de febrero de 1995, emitido por el  Ministerio de Salud, el cual autorizaba la práctica de la fecundación in vitro  (FIV) para parejas conyugales y regulaba su ejecución. La FIV fue practicada en  Costa Rica entre 1995 y 2000.

- El  7 de abril de 1995 se presentó una acción de inconstitucionalidad contra dicho  Decreto Ejecutivo, utilizando diversos alegatos sobre violación del derecho a la  vida. El 15 de marzo de 2000, la Sala Constitucional de la Corte Suprema anuló  por inconstitucional el Decreto Ejecutivo.

-  Nueve parejas presentaron una petición a la CIDH debido a esta situación. En  todas las personas se evidenció: i) las causas de infertilidad de cada pareja;  ii) los tratamientos a los cuales recurrieron para combatir dicha condición;  iii) las razones por las cuales acudieron a la FIV; iv) los casos en que se  interrumpió el tratamiento para realizar la FIV debido a la sentencia de la Sala  Cuarta, y v) los casos en que las parejas debieron viajar al exterior para  realizarse dicho procedimiento.