Ambigüedad y vaguedad terminológica en el nuevo art. 70 bis del CCC. ¿El nuevo merodeo?

El día veintitrés de agosto del año 2023 la legislatura de la Provincia de Córdoba aprobó la modificación de la Ley n° 10.326 que regula el Código de Convivencia Ciudadana provincial. Impulsada dicha modificación ante la posible comisión de hechos que pública y masivamente se dieron a conocer como "saqueos y/o ataques piraña" –hechos de similares características se estaban sucediendo en ciertos sectores de distintas localidades provinciales, como también a nivel nacional-, le brindó fuerza a una medida que ya se venía gestando tiempo atrás.

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RESUMEN:
El día veintitrés de agosto del año 2023 la legislatura de la Provincia de Córdoba aprobó la modificación de la Ley n° 10.326 que regula el Código de Convivencia Ciudadana provincial. Impulsada dicha modificación ante la posible comisión de hechos que pública y masivamente se dieron a conocer como "saqueos y/o ataques piraña" –hechos de similares características se estaban sucediendo en ciertos sectores de distintas localidades provinciales, como también a nivel nacional-, le brindó fuerza a una medida que ya se venía gestando tiempo atrás. En una provincia que a través de los años ha sufrido situaciones de abuso y/o violencia policial e institucional, nos preguntamos ¿peca de ambigüedad y redundancia la reforma del Art. 70 bis al Código de Convivencia Ciudadana? En adelante desarrollaremos el artículo en cuestión, sus requisitos, sus agravantes, su finalidad, intentando así responder a la pregunta de investigación.

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Mirada feminista sobre la criminalización y la vida en prisión de mujeres privadas de su libertad

La prisión es una de las instituciones más antiguas y extendidas en nuestra sociedad, pero ¿es realmente efectiva? ¿Qué impacto tiene en las personas que son encarceladas y en la sociedad en general? En este presente, realmente es importante cuestionarnos, ¿Lo estamos haciendo bien? ¿Una sociedad punitivista es una “buena” sociedad? Abordaremos el tema de la prisión desde una perspectiva feminista, analizando cómo el sistema punitivo y carcelario afecta de manera desproporcionada a las mujeres y disidencias de género.

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RESUMEN:
La prisión es una de las instituciones más antiguas y extendidas en nuestra sociedad, pero ¿es realmente efectiva? ¿Qué impacto tiene en las personas que son encarceladas y en la sociedad en general? En este presente, realmente es importante cuestionarnos, ¿Lo estamos haciendo bien? ¿Una sociedad punitivista es una “buena” sociedad? Abordaremos el tema de la prisión desde una perspectiva feminista, analizando cómo el sistema punitivo y carcelario afecta de manera desproporcionada a las mujeres y disidencias de género. Veremos diferentes alternativas al encarcelamiento y se discutirá la importancia de una justicia restaurativa que tenga en cuenta las necesidades de las víctimas y los perpetradores. En general, se entiende que el sistema punitivo y carcelario es una forma de controlar a la población más vulnerable y marginada, y que las mujeres son una de las poblaciones más afectadas por este sistema. Algunas de las formas en que se manifiesta este control social son la criminalización de la pobreza, la violencia institucional y la discriminación de género en el sistema judicial y penitenciario.

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Proyectos de ley enviados por el Poder Ejecutivo Nacional en materia penal.

Aquí los últimos cuatro proyectos de reforma en materia penal enviados por el Poder Ejecutivo Nacional:
- Proyecto de Ley tendiente a abordar de manera integral el fenómeno del crimen organizado en nuestro país.
- Proyecto de Ley tendiente a sustituir los artículos 34, 237 y 238 del CÓDIGO PENAL en atención a la vinculación de su contenido con el resguardo del orden público
- Proyecto de Ley tendiente a modificar previsiones del CÓDIGO PENAL, del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) y del CÓDIGO PROCESAL PENAL establecido por Ley N° 23.984, en materia de reincidencia, reiterancia, concurso de delitos y unificación de condenas.
- Proyecto de Ley tendiente a modificar la Ley N° 26.879 por la que se creará el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, con el fin de poder abarcar la identificación genética de todos los delitos previstos en el CÓDIGO PENAL.

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Mesas de trabajo sobre Niños, niñas y adolescentes
 en el 2° Congreso Federal de justicia penal

En las mesas de trabajo reunidas en el 2do.

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En las mesas de trabajo reunidas en el 2do. Congreso Federal organizado por la Asociación Pensamiento Penal conjuntamente con la Universidad Nacional de Cuyo, se debatieron distintas ponencias relacionadas con las tensiones entre derecho a la información y derecho a la intimidad, un estudio cualitativo de jóvenes entre 16 y 21 años en la Provincia de Mendoza, diferentes experiencias en el rol de abogadas/os del niño/a, prescripción en caso de delitos de abuso prescriptos, el problema de las madres presas y la vulnerabilidad de sus hijos/as, la experiencia del Programa Alto el Fuego en Ciudad de México, los casos de no punibles en la jurisdicción de CABA y derechos y garantías con perspectiva de niñez.

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Proyecto de ley de responsabilidad algorítmica y promoción de la robótica, algoritmos verdes e inteligencia artificial

Proyecto de ley que busca regular la Inteligencia Artificial, crear certificaciones de buenas prácticas, implementar un registro de riesgos significativos, promover la tecnología en PyMES y regular la responsabilidad y transparencia

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Posible encuadre para las audiencias testimoniales judiciales por abuso sexual a mayores de 18 años

Ante el vacío existente de un encuadre sistematizado para la recepcion de Declaraciones Testimoniales Judiciales en (DTJ) de victimas o testigos de Abuso Sexual a mayores de 18 años (pvDIS+18) en el sistema Procesal Penal de la Provincia de Misiones. Se propone abordar dicha ausencia y formular una primera propuesta de Encuadre Sistematizado (ES) de Audiencia Testimonial Diferenciada (ATD) desde la psicología, que contemple: (1.) tanto el estado subjetivo de la víctima, como (2.) la necesidad de que dichas DTJ aporten la producción de pruebas objetivables necesarias.

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SUMARIO:
I.- Breve comentario previo; II.- Proceso Penal de la Provincia de Misiones y Audiencias Testimoniales; III.- Aproximación a una presentación de las presuntas víctimas o testigos que deben declarar en sede judicial. (pvDIS+18); IV.- La Audiencia Testimonial Judicial. Lo Disruptivo; V.- ¿Qué es un encuadre? Otra lectura posible; VI. - Puntualizaciones para un Modelo de Encuadre para Audiencia Testimonial Diferenciada (ATD); VII. – Consideraciones finales; VIII.- Referencias bibliográficas

RESUMEN:
Ante el vacío existente de un encuadre sistematizado para la recepcion de Declaraciones Testimoniales Judiciales en (DTJ) de victimas o testigos de Abuso Sexual a mayores de 18 años (pvDIS+18) en el sistema Procesal Penal de la Provincia de Misiones. Se propone abordar dicha ausencia y formular una primera propuesta de Encuadre Sistematizado (ES) de Audiencia Testimonial Diferenciada (ATD) desde la psicología, que contemple: (1.) tanto el estado subjetivo de la víctima, como (2.) la necesidad de que dichas DTJ aporten la producción de pruebas objetivables necesarias.

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Catamarca: Privación ilegítima libertad agravada por venganza. Vejaciones. Privación funcional ilegal agravada. Rechazo de ejercicio legítimo de un cargo y obediencia debida. Personalidad y trascendencia mínima de la pena.

Fecha Fallo

SUMARIOS:
Expte. N° 59/2021:
“… la cuestión de “la falta de saludo” estuvo presente en el devenir de los (evitables) eventos siguientes, incluso en el momento mismo de las agresiones físicas en la sala de requisa, la mención por parte de la imputada de: “en donde vos me veas, me vas a saludar”, no hace más que acreditar notoriamente el sentimiento que la llevó, movilizando a toda una comisaría, a excederse en sus funciones.”
“Tanto en el traslado como en la dependencia, S. le aplicó a A. reiterados golpes en distintas partes de su cuerpo, recordándole que debía saludarla, a la par de desconfiar -o quizás, serle indiferente- de su estado de embarazo, a pesar de haberla desnudado; acciones que, en el desempeño de la función policial, comportaron tratos humillantes y degradantes para la dignidad humana de la Srta. A. y configuran la figura de vejaciones.”
"... y por otro tanto, debe quedar en claro que el accionar arbitrario y abusivo de las facultades legales conferidas a S. no puede, bajo ningún concepto, ser justificado por el ejercicio legítimo de un cargo -ya que a partir del exceso funcional probado, deja de ser legítimo-, ni mucho menos excusado por considerarse que aquella actuó bajo obediencia debida, ya que, por un lado, no consta ninguna orden de privación de la libertad dada por un superior jerárquico -que, sabemos, en el caso que esta fuere notoriamente ilegal, no obliga al inferior; y en caso que así fuera y se ejecute, generaría responsabilidad penal para ambos-, y por el otro, tal lo adelanté, fue S. quien de motu propio perfeccionó fácticamente el abuso funcional.”

Expte. N° 41/2022:
“… recordemos que S., por su función, contaba con la facultad legal de privar de la libertad a personas; pero como toda delegación de poder que realiza el Estado en sus funcionarios, aquella debe perfeccionarse respetando la ley. Así, los códigos contravencionales y procesales penales, en miras de hacer operativa la garantía del art. 18 CN -hoy cimentada con las cláusulas convencionales que amparan a la libertad individual contra procedimientos arbitraros (art. 9 DUDH, art. XXV DADDH, art. 7 CADH)- regulan tanto las causas como las formas que deben observarse para proceder a privar de la libertad a terceros; que, en la emergencia, la procesada desoyó intencionalmente, tornando su accionar desproporcionado y excesivo…”

Individualización judicial de la pena:
“… atenúan la reprimenda legal la carencia de antecedentes penales y los aspectos positivos de su informe socio-ambiental, donde se destaca que es madre de cuatro hijos y que es “la cabeza de la familia” y mantiene a los 3 hijos con los que convive… no se puede dejar de valorar que la confirmación de la presente sentencia comportará la pérdida de la función policial y consecuentemente de su trabajo en el Estado; circunstancia que por sí importa una sanción de suma gravedad para la procesada, y las razones familiares expuestas justifican, en miras de una sanción misericordiosa, la imposición de prisión de ejecución condicional, con las restricciones que correspondan (arts. 26 y 27 bis CP).”

Carátula
“S., G. F.” (Sentencia firme).
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El debate por una nueva ley penal juvenil. Mitos y realidades en torno a las niñeces y adolescencias y la lucha contra la inseguridad

El autor propone desandar algunos mitos en los que se basan ciertos reclamos mediáticos a la cuestión sobre los adolescentes, el sistema penal y su incidencia dentro de la "lucha contra la inseguridad", haciendo un análisis de los principios constitucionales que rigen la especialidad, la normativa vigente y los datos que emergen del SNEEP y del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la PBA.

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RESUMEN:
El autor propone desandar algunos mitos en los que se basan ciertos reclamos mediáticos a la cuestión sobre los adolescentes, el sistema penal y su incidencia dentro de la "lucha contra la inseguridad", haciendo un análisis de los principios constitucionales que rigen la especialidad, la normativa vigente y los datos que emergen del SNEEP y del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la PBA.

REFERENCIA:
Publicación original del Observatorio del Conurbano Bonaerense, de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Revista Pensamiento Penal solicita la cita de la publicación original.

CITA SUGERIDA:
Orizaola, Guillermo, "El debate por una nueva ley penal juvenil. Mitos y realidades en torno a las niñeces y adolescencias y la lucha contra la inseguridad", Observatorio del Conurbano Bonaerense, disponible en http://observatorioconurbano.ungs.edu.ar/?p=20063

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Caso Micaela García: dictamen de Procuración General solicita la anulación de la sentencia.

RESUMEN:
El Procurador General dictaminó en favor de hacer lugar a la queja interpuesta, hacer lugar al recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia y ordenar una nueva conforme a derecho.
Sostiene que la valoración del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos respecto a que la acusación contra Pavón por abuso sexual y femicidio no posee certeza suficiente de condena se sustentada en aseveraciones dogmáticas que no ofrecen razones suficientes y que el tribunal no examinó ni refutó los argumentos por los cuales el tribunal de casación había anulado la sentencia de primera instancia como acto jurisdiccional válido.

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CSJN: Notas de jurisprudencia. Intervención del Ministerio Pupilar y defensa en juicio

La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó una nueva edición de sus "Notas de Jurisprudencia", esta vez dedicadas al estudio de la intervención del Ministerio Pupilar y su relación con el derecho de defensa en juicio.

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RESUMEN:
La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó una nueva edición de sus "Notas de Jurisprudencia", esta vez dedicadas al estudio de la intervención del Ministerio Pupilar y su relación con el derecho de defensa en juicio.
Las notas son publicadas poco tiempo después de que la CSJN se expida en el caso "Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia c/ Ministerio de Hacienda y otros s/ amparo ley 16.986", oportunidad en la que anuló un procedimiento por falta de intervención del Ministerio Pupilar, a la vez que dio intervención al Defensor General Adjunto de la Nación. Puede verse el fallo en este enlace:
https://www.pensamientopenal.com.ar/fallos/91235-csjn-nulidad-absoluta-lo-actuado-sin-intervencion-del-ministerio-pupilar

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