LA DESPENALIZACIÓN DEL CANNABIS SATIVA Y EL DERECHO A LA SALUD

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La hipótesis de la presente investigación sostiene que se deben modificar las normas prohibitivas en el Perú a fin de regular el cultivo, almacenamiento, producción, transporte, comercialización, adquisición, importación y regular el uso del Cannabis Sativa y sustancias derivadas para fines medicinales y de investigación científica, en aras de lograr un beneficio común: la protección del Derecho a la Salud y mejorar la calidad de vida de los pacientes
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Daños y perjuicios. Difusión de la enfermedad de un detenido. Indemnización

Fecha Fallo

Corresponde confirmar el fallo que condenó a un medio gráfico periodístico por los daños generados a raíz de la publicación de una nota en la que se daba cuenta del estado de salud de una persona privada de su libertad y de sus condiciones de detención en un establecimiento carcelario, habida cuenta que queda manifiesto el comportamiento negligente que tuvo la demandada al no haber exigido el consentimiento del actor para dar a conocer la enfermedad que padecía -HIV positivo y ceguera- en una nota en la que también salió publicada una fotografía. La actitud del medio periodístico comportó, al menos, una ligereza inexcusable que por aplicación del art. 1109 del Código Civil la hace responsable de los daños que la divulgación de la enfermedad provocó en el reclamante.

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Violencia policial. Indemnización

Fecha Fallo

En los autos “S., A. J. C/ Provincia del Chaco S/Daños Y Perjuicios”, la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia del Chaco desestimó una apelación y ratificó un fallo de segunda instancia que condenó al Estado chaqueño a indemnizar a una persona a quién agentes policiales le rompieron el bazo a golpes durante un operativo.

En el caso, el actor promovió demanda contra la Provincia del Chaco en reclamo del resarcimiento por los daños padecidos con motivo de la detención llevada a cabo por funcionarios policiales en la madrugada del 10 de enero del 2012.

El joven relató que fue interceptado por agentes de la fuerza de seguridad provincial, quienes le propinaron fuertes golpes causándole graves lesiones. Los golpes le produjeron el estallido del bazo, lo que luego obligó a la extracción quirúrgica.

La demandada negó todo tipo de responsabilidad y alegó que los supuestos daños y lesiones se produjeron por "exclusiva culpa del actor". En este sentido, los agentes afirmaron que detuvieron al joven "de similares características a las informadas" en una denuncia, pero advirtieron que en “ningún momento se lo agredió físicamente”.

La sentencia de primera instancia rechazó la demanda promovida por considerar que "no se acreditó el nexo de causalidad" entre el actuar policial y los daños invocados por el actor. Disconforme con la decisión de grado, el accionante apeló y la Alzada acogió la demanda instaurada, condenando a la Provincia del Chaco a abonar al actor la suma de $132.000 con más intereses a tasa activa.

 

“No existen dudas de que sufrió una lesión intraabdominal grave que puso en riesgo su vida”, concluyó el fallo.

 

En este escenario, el STJ del Chaco advirtió que la sentencia de Alzada “luce suficientemente fundada”, dado que acreditó “la relación de causalidad entre el accionar policial y los daños padecidos por el actor, por cuanto se encontraba comprobada su detención por parte de agentes policiales”, quienes admitieron que debieron ejercer fuerza sobre el cuerpo del accionante a fin de lograr su reducción.

También consideró probado que el joven “sufrió una lesión grave consistente en el estallido del bazo, y que posteriormente debió ser intervenido quirúrgicamente a los fines de su extirpación. “(…) No existen dudas de que sufrió una lesión intraabdominal grave que puso en riesgo su vida”, concluyó el fallo.

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