JUICIO ABREVIADO UNA IMPOSICIÓN DE CRITERIOS DE OPORTUNIDAD EN EL SISTEMA PENAL
La víctima, portadora de intereses legítimos, no encuentra satisfacción en los mecanismos de la
justicia penal.
LOS TIPOS PENALES Y LOS ELEMENTOS DE REFERENCIA CONCRETIZANTE
Algunos artículos de la parte especial del Código penal contienen, además de la conminación penal
y del tipo, elementos que no describen la conducta y que, por tanto, no fundamentan el ilícito. Se
trata de referencias veladas a otras normas (en especial a agravantes) y tienen la función de
concretizar de manera rápida los verdaderos elementos del tipo. Son referencias negativas en el
sentido de que su constatación es un indicador, en principio, de que la conducta no se subsume en
otra norma vinculada (p. ej., en la agravante). No obstante, la forma en que están redactadas y su
ubicación junto a la descripción de la conducta prohibida (p. ej., “con consentimiento” en el caso
del aborto; “en poblado” en la agravante del robo) hacen pensar a la doctrina mayoritaria que
efectivamente pertenecen al tipo. En el presente trabajo demostraré que, con los métodos
teleológico y sistemático de interpretación, es posible identificar estos elementos y comprender por
qué no fundamentan el ilícito. A su vez, analizaré las dificultades a las que conduce tomarlos como
elementos típicos y me adelantaré a posibles reparos basados en el principio de legalidad.
LA NO TAN SANA CRÍTICA RACIONAL
El artículo intenta hacer explícitas las razones por las cuales los sistemas jurídico penales actuales
son deficientes a la hora de proporcionar criterios adecuados para determinar cuándo las premisas
fácticas de las decisiones judiciales están suficientemente justificadas. Recurriendo a una serie de
distinciones provenientes del campo de la epistemología y de la filosofía del lenguaje se elucidan las
razones de esa deficiencia y se muestra cuáles son los obstáculos que debe enfrentar toda empresa
que pretenda solucionar el problema. A partir de allí, el texto reconstruye las dos principales líneas
de pensamiento que, en la actualidad, intentan desde el ámbito académico proporcionar las
herramientas adecuadas para superar esos obstáculos.
EL DELITO DE HOMICIDIO EN RIÑA (ART. 95, CP)
UNA CONTRIBUCIÓN A PENSAR LA PARTE ESPECIAL DESDE PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES Y CATEGORÍAS BÁSICAS DE LA PARTE GENERAL DEL DERECHO
PENAL
CÁRCELES Y COVID-19 EN ARGENTINA Sobre las “excarcelaciones masivas”
ÚLTIMAS PUBLICACIONES DE LA REVISTA
- El delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar
- Responsabilidad penal de vehículos autónomos en accidentes de tránsito
- El asesinato de una mujer a manos de un hombre por machismo o misoginia
- Lo vivo y lo muerto en el derecho penal
- La democracia, antes y después del Juicio a las Juntas
- La estrategia de amedrentar y ¿torturar?
- Tras la huella digital del crimen
- El fracaso de las medidas dictadas para combatir los delitos de género
- Un acto de especismo
- Resultados de la política anticorrupción en el estado de Quintana Roo