El Discurso Penitenciario en Venezuela. Una reflexión teórica
Este
papel de trabajo desarrolla una reflexión teórica acerca del
discurso penitenciario construido desde la ideología de la pena como
mecanismo de reinserción, en relación con la innegable crisis
penitenciaria que arrastra el país. Empleando como referente teórico
los postulados de Ricoeur se hace un desmontaje de las binas
ideológicas inmersas en el discurso penitenciario venezolano
interpretando textos
legales, documentos oficiales, información emanada de ONG y medios
de comunicación social. Aunque el lema jurídico y político sigue
siendo propugnar la rehabilitación social de los privados de
libertad, las continuas protestas por las condiciones carcelarias,
aunado a las sucesivas reformas que han recrudecido el sistema penal,
proyectan este ideal en un espacio de la imaginación fuera de lo
real.
Hacia un régimen normativo laboral en prisiones. Un sistema reforzado de garantías frente a una posición de doble hiposuficiencia
Este
documento propone profundizar el debate sobre el marco jurídico que
debe regir las relaciones laborales existentes entre los trabajadores
privados de su libertad en el sistema federal argentino y la
administración penitenciaria. Como presupuesto inicial, sostener la
vigencia del trabajo como un derecho humano durante el encierro,
impone partir del reconocimiento del sujeto activo de esta relación
como un trabajador privado
de su libertad antes que
un preso que trabaja.La
propuesta, lejos de anecdótica, se contextualiza en un momento
atravesado por al menos tres circunstancias interrelacionadas
sumamente relevantes: el incremento exponencial de las personas
privadas de su libertad afectadas a trabajo remunerado, el inicio
ante el Ministerio de Trabajo de la Nación por primera vez de un
requerimiento de inscripción gremial por un colectivo de
trabajadores presos, y la existencia de una serie de acciones
colectivas en diversos fueros y estadios procesales exigiendo la
aplicación del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en las
relaciones laborales intramuros.
El desengaño ocupacional en prisión. Un análisis de la situación actual de las mujeres en las prisiones catalanas y su oferta laboral
El
estudio de la mujer en el sistema penal cada vez tiene un papel más
importante en la criminología actual. Pese a seguir siendo
un tema poco estudiado en España,
investigaciones recientes nos muestran una problemática
que afecta a las mujeres que se encuentran en prisión. En el
presente artículo se indagará sobre la oferta laboral
en prisión que les es ofrecida y
si ésta limita sus posibilidades
formativas, a la vez que reproduce el rol
femenino instaurado en una sociedad patriarcal
Liberal pero no ingenuo: el encuentro con la promesa de reducir el tamaño de las prisiones
Una
confluencia de factores –que crearon una
tormenta perfecta -interfirió con
el aumento,
prácticamente inmanejable,
de encarcelamientos y, consecuentemente ha contribuido a la aparición
de una nueva sensibilidad que define
el continuo encarcelamiento masivo como
insostenible. En este contexto, la
reducción de las prisiones de Estados
Unidos de Norteamérica se ha materializado como
una posibilidad viable. Para los progresistas, que han llamado mucho
a la moderación en el uso de
la encarcelación, el reto consiste en
saber si la promesa de reducción
puede cumplirse. El fracaso de las
reformas pasadas destinadas a la
excarcelación se erige como un
recordatorio aleccionador de
que las buenas intenciones no
se traducen fácilmente en
buenos resultados. Además, otras razones del por qué
existe la reducción penitenciaria significativa
bien podrían fallar (por ejemplo, las enormes escalas de
encarcelamiento que deben ser
confrontadas y evaluadas, los
limitados mecanismos disponibles para
liberar presos, la falta de programas
alternativos de calidad). Sin embargo,
también existen razones para el optimismo,
la más importante de las cuales
es la legitimidad menguante del paradigma
de la encarcelación en masa, lo que
ha producido esfuerzos para reducir
las poblaciones de presos y cerrar las
penitenciarías en varios Estados. El
tema de la reducción de personal
también se mantendrá a la vanguardia
del discurso penitenciario debido a la
reducción de encarcelamientos ordenada por la corte en
California. Este experimento está en curso, pero es revelador de las
dificultades que enfrenta la reducción de la población
en prisión; la iniciativa
parece estar produciendo resultados
mixtos (por ejemplo, la
reducción de la población
prisiones estatales, pero el aumento
en las poblaciones de las cárceles
locales). Al final, la reducción exitosa debe ser "liberal,
pero no ingenua." Por lo tanto,
los esfuerzos de reformas
deben
guiarse no sólo por los valores
progresistas sino también por una
clara dependencia de los conocimientos científicos sobre las
correcciones y en una disposición a
abordar las cuestiones pragmáticas que
pueden frustrar las buenas intenciones.
En última
instancia, la "criminología de reducción
penitenciaria" se debe desarrollar para
fomentar las intervenciones políticas eficaces.
Bases del pensamiento jurídico
El
presente artículo desarrolla las bases del pensamiento jurídico.Para
ello, se explora primeramente el origen del derecho que se encuentra
marcado por la división social de clases. Luego se analiza
propiamente el origen del pensamiento jurídico y de la importancia
de ese saber jurídico dogmático. Con ello se llega a una propuesta
de definición de lo que es el Derecho y se analiza cada uno de los
componentes de esa definición.
La entrega vigilada y su impacto en la esfera de los derechos fundamentales y la sociedad globalizada
En
los albores del siglo XXI asistimos al surgimiento y consolidacion de
diferentes organizaciones criminales amparadas, tanto de indole
nacional como internacional, por la globalización; poseen una gran
capacidad de movimiento y tecnología suficiente para integrarse con
facilidad en el entorno social y económico; lo que facilita tanto la
comisión de delitos como su encubrimiento. El delito ha traspasado
fronteras, las grandes mafias se han repartido por zonas geográficas
el planeta, desarrollando estrategias de mercado, con formulas de
ayuda y cooperación mutua, compartiendo estructuras operativas, de
manera permanente o de forma aislada, dependiendo de los intereses o
dificultades que les puede plantear los servicios de vigilancia de
los diferentes cuerpos operativos de funcionarios o agentes
estatales. En la intencion de luchar y poner freno al desmesurado
incremento de estas organizaciones, la mayoria de los gobiernos
integrantes de Naciones Unidas, han dado pasos cualitaivos y
cuantitativos en relacion a la cooperacion internacional, como medio
válido y preferente en la lucha contra el crimen organizado que
produce y comercializa drogas de diseño, operando tambien en otros
ambitos, tales como la delicuencia informática, a traves de la
adopcion de convenios Internacionales. La caracteruistica principal
de la entrega vigilidlada es su condicion reservada y su actitud
flñexible, frente a los supuestos de flagrancia delictiva, su
utilidad estriba en proveer informacion sobre la ruta, procedencia o
destino de las operaciones ilicitas; su finalidad es la
identificacion y puesta a disposicion judicial de los autores de los
delitos en el ambito de la delicuencia organizada como cuando se
trata de una relacion puntual de mera codelincuencia. Esdta técnica
constituye un componente esencial en la practica actual y en la
moderna aplicacion de la norma; es una parte intrinseca de los
procedimientos operativos, asi lo indica el reconocimiento que recibe
de los instrumentos más recientes emn materia de doroga y delito, al
tiempo que contiene un elemnto especial, ya que es una excepcion al
deber que tienen los responsables de hacer cumplir la ley de
intervenir o frustrar las operaciones delictivas. En algunos países,
sobre todo, si pensamos en estados africanos y de Oriente Proximo,
esta diligencia de investigacion se utiliza de manera insuficiente
porque las autoridades judiciales no estan familiarizadas con el
procedimiento y porque la corrupcion a nivel gubernamental ha
propiciado que las rutas de narcotraficantes se hayan desviado a
estas zonas; a modo de ejemplo, cabe decir que, en gobiernos como el
afgano, son los propios talibanes los que comercian con el opio
producido, empleando mano de obra infantil y los beneficios son
utilizados para financiar su aparato gubernamental, sin embargo,
paises copmo Peru, Mexico y Bolivia, entre otros, disponen de normas
penales para sanconar el trafico ilicito tanto de sustancias como de
otros bienes; en el entorno de los estados PRELAC, se contempla como
prioritaria, la armionizacion juridica y reglamentaria en el area de
control de quimicos precursores, contextualizando la aplicacion de la
normativa penal en estos Estados de America Latina y Caribe.
Responsabilidad penal por crímenes internacionales y coautoría mediata
Debido
al carácter masivo de
los crímenes de atrocidad, la
determinación de la responsabilidad penal de
cada uno de los intervinientes en su comisión
constituye uno de los desafíos más
importantes del derecho penal internacional en la actualidad.
En todo caso, los modos de
intervención criminal punible deben ser
respetuosos tanto con el principio de
responsabilidad penal individual como con la
realidad criminológica de esta clase
de crímenes. En la presente investigación,
se analizan las distintas alternativas
seguidas por los tribunales penales
internacionales a la hora de
determinar la forma de autoría o
participación aplicable a cada caso, entre las
cuales la coautoría mediata por medio de Estructuras Organizadas de
Poder ocupa un lugar destacado, por tratarse de
una forma de autoría novedosa y
especialmente útil en el contexto de
crímenes de atrocidad.
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