Feb
23
2026

Modificación de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520

El DNU 941/2025 redefine de manera profunda el sistema de inteligencia argentino. Bajo el argumento de modernizar y evitar superposiciones, el decreto recentraliza el poder de inteligencia en la Secretaría de Inteligencia de Estado y amplía el alcance operativo de sus organismos. La reforma introduce nuevas categorías -como “actividades encubiertas” e “investigación de inteligencia”- y expande el concepto de contrainteligencia hasta abarcar fenómenos de influencia, injerencia e interferencia, categorías de contornos difusos que habilitan intervenciones amplias en nombre de la seguridad estratégica.
La creación de la Comunidad de Inteligencia Nacional, integrada por fuerzas armadas, fuerzas federales, organismos administrativos y la UIF, consolida un esquema de intercambio de información sin precedentes, dirigido desde un único órgano rector. A la vez, la disolución de estructuras previas y la reasignación de competencias refuerzan la centralización y reducen contrapesos internos.
Si bien el decreto mantiene las prohibiciones clásicas de la Ley 25.520, incorpora excepciones que permiten facultades compulsivas y habilitan intervenciones bajo el paraguas de la contrainteligencia. El resultado es un sistema más cohesionado, pero también más permeable a zonas grises en materia de control democrático, privacidad y límites constitucionales.
El uso del DNU para una reforma de esta magnitud -que afecta directamente la arquitectura institucional del Estado y la protección de derechos fundamentales- plantea interrogantes sobre la excepcionalidad invocada y sobre la necesidad de un debate legislativo amplio. En términos sustantivos, el decreto fortalece la capacidad operativa del sistema de inteligencia, pero lo hace a costa de expandir su alcance y reducir los mecanismos de control que históricamente buscaron evitar su utilización con fines políticos.

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