Dic
30
2021

TUCUMÁN: INTIMIDAD DE MENOR DE EDAD - INJERENCIA ARBITRARIA - FALTA DE RECAUDOS PARA SU IDENTIFICACIÓN - DERECHO A LA INFORMACIÓN - INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO - PRIORIDAD

Fecha Fallo

RESUMEN:
La progenitora de una menor de edad inició demanda por daños y perjuicios contra una productora televisiva por cuanto su hija aparece en una investigación sobre prostitución infantil, lo que la convirtió en víctima de improperios, agravios y falsas denuncias, ya que si bien se la ve con el rostro velado y con el apodo de “Luly” ello no fue óbice para que fuera identificada por todo el vecindario y por sus compañeros de escuela como “Luly, la Prostituta”. Se pudo determinar pericialmente que con 12 años de edad estuvo expuesta tempranamente a cierto desamparo al ser identificada como una niña con prácticas relativas a la prostitución por parte de un programa televisivo nacional.
Señala el fallo que debe analizarse la conducta de la demandada con la libertad de expresión y los derechos derivados del art. 19 de la CN y si bien aquella ocupa un lugar primordial entre los bienes merecedores de protección jurídica, hay otros valores que, en determinadas situaciones, son preferidos. La intimidad es uno de ellos más aún cuando se trata de niños que merecen especial tutela por su vulnerabilidad, aspecto que está considerado expresa o implícitamente en numerosos instrumentos internacionales. Subyace el criterio rector del “interés superior del niño” que proporciona un parámetro objetivo que permite resolver los problemas de los niños en el sentido de que la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos. De esta manera, frente a un presunto interés del adulto, se prioriza el del niño.

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