La absolución dictada por la jueza de garantías en esta causa representa un gesto jurídico que respeta los límites del derecho penal frente a prácticas productivas reguladas. Al hacer lugar a la excepción de falta de acción, se reconoció que no existía una conducta típica penalmente relevante según la Ley 23.737, evitando que el proceso se convierta en una herramienta de persecución anticipada.
Este tipo de decisiones invitan a repensar el rol del sistema penal en contextos donde la actividad empresarial —como el cultivo de cáñamo industrial— se encuentra amparada por normativas específicas como la Ley 27.669 y la Resolución 1398/2022, que aprobó el proyecto de investigación presentado por CAÑAMO SUR SAS junto al INTA. Además, el Programa REPROCANN, creado en el marco de la Ley 27.350, garantiza el acceso regulado al cannabis medicinal para pacientes con indicación médica, incluyendo el cultivo controlado por usuarios, terceros o redes autorizadas.
La sola existencia de una investigación penal en este contexto pudo haber puesto en riesgo proyectos vinculados al cannabis terapéutico, afectando directamente a pacientes que dependen de estas terapias para sostener su calidad de vida. En tiempos de transición normativa, el derecho penal debe actuar con prudencia, evitando obstaculizar desarrollos legítimos que articulan salud, innovación y derechos.
Fecha Fallo
Carátula
FCR 8979/2025/3 Caso N°140294/2025, caratulado “CAÑAMO SUR SAS S/ INFRACCION LEY 23737”
Autor/a del comentario del fallo
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