Una persona fue hallada muerta con cinco disparos en la cabeza dentro de su vehículo. La investigación señaló a dos hermanos como coautores del homicidio. En el allanamiento del domicilio compartido con su padre, se hallaron drogas fraccionadas, lo que derivó en imputaciones por homicidio agravado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el juicio, se introdujo como prueba el testimonio de identidad reservada que vinculó a las partes en una relación de narcomenudeo, pruebas digitales sobre geolocalización, pericias odorológicas y ADN hallado en el vehículo. El tribunal de juicio condenó a prisión perpetua a los hermanos y absolvió al padre.
La defensa recurrió en casación alegando prueba ilícita y afectación al derecho de defensa. La querella, por su parte, cuestionó la absolución del progenitor. La Cámara rechazó ambos recursos. Destacó que el testimonio reservado fue controlado por la defensa y no fue la única prueba relevante. La evidencia digital no presentó vicios invalidantes ni afectó derechos sustanciales. Se afirmó que hubo pluralidad de indicios que confirmaron el relato acusador y que el fallo tenía coherencia lógica. En cuanto a la prisión perpetua, se rechazó el argumento de incompatibilidad con estándares internacionales, señalando que el análisis sobre reducción de pena solo puede hacerse cuando se cumplan los plazos previstos por el Estatuto de Roma.
El presente fallo resulta relevante porque reafirma la validez de pruebas digitales y testimoniales en causas complejas, y delimita con claridad los alcances del derecho de defensa frente a testigos protegidos y evidencia tecnológica. Además, sienta una postura concreta sobre la prisión perpetua y su compatibilidad con estándares internacionales, aclarando que su revisión debe ajustarse a criterios temporales específicos.
Fecha Fallo
Carátula
“BEJARANO, S. I. y otros s/ audiencia de sustanciación de impugnación” (FSA 13512/2022/20)
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