El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta absolvió a dos hombres acusados del delito de transporte de estupefacientes (art. 5º inc. c Ley 23.737) por considerar que obraron sin dolo.
Durante el debate quedó demostrado que ambas personas habían sido contratadas el mismo para trasladar un bolsón cerrado desde de Bolivia hacia la Argentina siendo interceptados por Gendarmería Nacional en un control de rutina encontrándose luego de la inspección vehicular una cantidad de 25 kilos de Marihuana.
Pese a la acusación fiscal, el Tribunal consideró que el mero hecho del hallazgo es un indicio, pero que ante la ausencia de otros elementos como ser mensajes de en sus celulares, ni atribución de responsabilidad entre los mismos ni otros indicios que generalmente se presentan en estas causas por lo que conforme el principio de la duda que contempla nuestra legislación procesal (art. 11 Cod. Proc. Penal) no relucen suficientes los hechos acreditados para tener por configurada la tipicidad en su ámbito subjetivo, por lo que ante la imposibilidad de arribar al estado certeza que requiere toda sentencia de condena procede su absolución.
Fecha Fallo
Carátula
FSA 8057/2024/9 (A227)
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