Abr
26
2019

Narcomenudeo. Pedido de sobreseimiento a mujeres en estado de vulnerabilidad y solicitud para que se investigue a los proveedores a escala

Fecha Fallo

El titular de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°5, Franco Picardi, solicitó el sobreseimiento de cinco mujeres trans procesadas por comercialización de estupefacientes y la elevación a juicio de un hombre que habría facilitado el lugar -el hotel donde oficiaba de encargado- para que se lleven a cabo las operaciones, que en todos los casos representaban cantidades pequeñas de droga, lo que comúnmente se denomina narcomenudeo. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió además profundizar la investigación ante la posible existencia de una organización criminal que se vale de mujeres trans en situación de extrema vulnerabilidad para la comercialización de estupefacientes.

La investigación

La causa tuvo su origen en una denuncia presentada en octubre de 2017 por la Dirección Autónoma de Narcocriminalidad de la Policía de la Ciudad, luego de que personal de la Comisaría 16 de esa fuerza tomara conocimiento -a través de las imágenes captadas por las cámaras de seguridad dispuestas en la zona- de la venta de estupefacientes a baja escala en el barrio porteño de Constitución. La Fiscalía Federal N°5 impulsó la acción penal haciendo eje en determinar si en las inmediaciones del lugar funcionaba algún tipo de organización criminal que se valiera de mujeres trans en situación de vulnerabilidad, a los fines de vender narcóticos en pequeñas cantidades; merced a las tareas de investigación encomendadas a la División Articulación Operativa de la Investigaciones Complejas de la Policía Federal, corroboró la existencia de un grupo de mujeres trans que ejercían la prostitución en las inmediaciones de un hotel, en cuyo interior concretaban la comercialización de estupefacientes. Una metodología similar se constató en otro hotel ubicado a escasos 100 metros, si bien en este caso las operaciones de venta se realizaban en las inmediaciones, no en el interior. En diciembre de 2018 se allanaron ambos hoteles y un domicilio particular donde, de acuerdo a la pesquisa, se abastecían de droga. Los procedimientos derivaron en el secuestro de importantes cantidades de estupefacientes -las pericias determinaron que se trataba de cocaína de baja calidad y pureza-, elementos de corte, balanza y dinero en efectivo.

Cinco mujeres trans, cuatro de ellas de nacionalidad peruana, fueron indagadas y posteriormente procesadas como autoras del delito de comercialización de estupefacientes, en tanto que el encargado de uno de los hoteles lo fue bajo la figura de facilitación del lugar para que se materialice la comercialización (art. 10 de la ley 23.737 y 45 del Código Penal).

La Fiscalía Federal fundó el pedido de sobreseimientos de las cinco acusadas en base al estado de necesidad disculpante que logró acreditarse en el expediente.

Enfoque de género

La Fiscalía Federal fundó el pedido de sobreseimientos de las cinco acusadas en base al estado de necesidad disculpante que logró acreditarse en el expediente, al considerar que el contexto y la dimensión construida del género autopercibido incidió en forma directa sobre la imputación, enfoque adoptado desde el comienzo de la investigación. La presentación recuerda que de acuerdo a la filósofa feminista Judith Butler, las posturas antroplógicas e históricas consideran a esta categoría como una "perspectiva relacional o contextual [que] señala que lo que <<es>> la persona y, de hecho, lo que <<es>> el género siempre es relativo a las relaciones construidas en las que se establece. Como un fenómeno variable y contextual, el género no designa a un ser sustantivo, sino a un punto de unión relativo entre conjuntos de relaciones culturales e históricas específicas".

En esa línea, el dictamen repasa la difícil realidad que recorre al colectivo de mujeres trans en general y en este caso en particular, donde se suma la condición de inmigrantes provenientes de hogares pobres, las escasas oportunidades de inserción en el mundo del trabajo, circunstancia que implica un cuadro de vulnerabilidad extrema y, por ende, un menoscabo en su libre determinación. En efecto, señaló que el colectivo aludido -al igual que las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI)- integra un grupo vulnerado con altos índices de padecimiento de violencia y con importantes barreras en el acceso a derechos, en base a pretextos basados en su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.

El dictamen repasa la realidad que recorre al colectivo de mujeres trans en general, que a este caso se le suma la condición de inmigrantes provenientes de hogares pobres.

En este sentido, la presentación indica que la situación social, económica y laboral de cada una de las imputadas encaja "taxativamente" con el cuadro previamente descripto, caracterizado por escenarios de violencia, marginalidad, necesidades básicas instisfechas y, en líneas generales, la imposibilidad de desarrollarse libremente, con carencias de educación, trabajo formal, vivienda y demás derechos básicos que se suponen constitucionalmente garantizados para el conjunto de la sociedad, a tal punto de considerar como "sobrevivientes" a las acusadas, ya que se ubican en un rango etario superior al de la expectativa de vida de las mujeres trans en la región, que es de 30 a 35 años. Tal escenario subsiste aún cuando en años recientes ha habido avances -expresado en la sanción de leyes provinciales y nacionales- respecto al reconocimiento de derechos del colectivo LGBTI.

El representante del Ministerio Público Fiscal concluyó que las cinco mujeres trans imputadas se encontraban en situación de extrema vulnerabilidad, y que tales problemas sistémicos -carencias de posibilidades de inserción en el mercado laboral, de acceso a bienes culturales y económicos, a la salud y a una vivienda digna- implicaron una situación "reductora de la libertad" en un marco donde lo que se encuentra amenazada es la propia subsistencia. "Así, analizando el caso concreto, entiendo que razonablemente no se les podía exigir a las procesadas que padezcan el mal que las amenazaba", afirmó Picardi al señalar la causal de inculpabilidad.

El fiscal concluyó que las cinco mujeres trans imputadas se encontraban en situación de extrema vulnerabilidad, y que una serie de problemas sistémicos implicaron una situación "reductora de la libertad".

Respuestas diferenciadas

El dictamen pone de relieve que los integrantes de este colectivo -personas trans que viven en la pobreza- se transforman en el eslabón más vulnerable al "perfilamiento y acoso policial", tal como se desprende de un informe emitido en noviembre de 2015 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que observa el fuerte vínculo existente entre pobreza, exclusión y violencia. En su visita a la Argentina durante 2016, el Experto independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación de las personas debido a su orientación sexual y su identidad de género del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas advirtió que en el país "hay una implementación negativa de determinadas leyes, como la Ley de Estupefacientes y la Ley contra la Trata de Personas, que se utilizan en políticas por los agentes de las fuerzas del orden para llevar a cabo amplias campañas de aplicación de la ley, que afectan en particular a las personas transgénero y se realizan sin las debidas garantías procesales. (...) La ley 23.737 tiene un impacto particularmente negativo en las mujeres trans y a menudo se relaciona con la vida en la calle, donde la policía detiene a las personas trans en aplicación de esta ley".

Frente a tal realidad, el fiscal afirmó la necesidad de profundizar la pesquisa en pos de avanzar en los eslabones superiores de la organización criminal que se valía de las personas trans para comercializar estupefacientes, tal como surge de los compromisos internacionales asumidos en materia de combate al narcotráfico organizado de privilegiar la persecución penal de aquellas estructuras de mayor envergadura.

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