Ene
10
2019

Secreto profesional: psicóloga que declara lo que habló informalmente con el imputado que no era su paciente

Fecha Fallo

El fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “O. M. s/abuso sexual” (causa  28176/2018) rta. 7/11/18, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra el auto del juez de la instancia de origen que rechazó el planteo de nulidad de una declaración testimonial. Los vocales confirmaron la resolución.

            Explicaron que la declaración testimonial prestada no merece reparo alguno. Precisaron que los datos brindados por la testigo, de profesión psicóloga, no se originaron en una violación al deber de confidencialidad que rige en la relación médico-paciente, sino en circunstancias objetivas que habría percibido a través de sus sentidos con motivo de reunirse con el kinesiólogo imputado para reprocharle su conducta hacia la víctima -a quien en cambio sí asistía-. Destacaron que reconocida doctrina ha dicho que resulta necesario que “el agente haya tenido noticia del secreto por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte. No basta –entonces- que se trate de un secreto conocido con ocasión de la actividad, sino que tiene que conocérselo a causa de la actividad (p.ej., el médico está obligado a guardar en secreto la deformidad de su paciente, pero no la discusión conyugal que ha presenciado al visitarlo)” (Andrés J. D’Alessio y Mauro A. Divito, “Código Penal Comentado y Anotado”, 2ª edición, Tomo II, Parte Especial, Editorial La Ley, Buenos Aires 2014, pág. 540).

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