Abr
25
2015

Pretensión de ser tenido por parte querellante - Legitimación - Demostración del perjuicio directo y real que causan los hechos investigados - Rechazo

Fecha Fallo

Hechos:

color:#505050">En una causa penal en la que se investigan supuestas
irregularidades en la concesión de un predio donde se instalaría un centro
comercial porteño, el apoderado de la Federación de Comercio e Industria de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires dedujo recurso de casación contra la sentencia
que no hizo lugar a su pedido de ser tenido por parte querellante. La Cámara
rechazó el remedio intentado.

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color:#505050">Sumarios:

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color:#505050">1 - La pretensión del apoderado de la Federación de Comercio e
Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de ser tenido como parte
querellante en una causa en la que se investigan supuestas irregularidades en
la concesión de un predio donde se instalaría un centro comercial porteño debe
rechazarse, en tanto no logró demostrar el perjuicio directo y real que le
causan los hechos investigados, máxime cuando no hay una relación directa entre
esas irregularidades y la repercusión económica en los comercios de la zona.


2 - El apoderado de la Federación de Comercio e Industria de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene legitimación para querellar en una
causa en la que se investigan supuestas irregularidades en la concesión de un
predio porteño si no logró demostrar la existencia a su respecto de un
perjuicio directo y real en relación al objeto procesal, el que, tal como
señala el juez de grado, aún no se encuentra delimitado (del voto del Dr.
Hornos).

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Carátula
“DE JÁUREGUI, Ignacio s/recurso de casación”, REGISTRO Nro: 238/15.4, causa nº CFP 12063/2012/1/CFC1
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