Dic
26
2022

Un retroceso inconcebible

RESUMEN:
A propósito del proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación que se titula: “RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD”; el autor de esta columna de opinión formula varias apreciaciones en cuanto a considerar que su texto implica un grave retroceso para el país en materia de las niñeces en conflicto con la ley penal.
Entre ellas señala que es regresivo, no solo porque baja la edad de punibilidad contradiciendo la Observación General N° 24 (año 2019) del Comité de los Derechos de los Niños que encomia a los Estados que la mantienen en los 16 años; sino también, porque utiliza todo el tiempo la frase estigmatizante “menor”, la cual es propia de otros paradigmas ya superados por el país con la ratificación de la Convención de los Derechos de los Niños que por cierto es el tratado internacional más ratificado en la historia del mundo y que goza de jerarquía constitucional (art. 75 inciso 22 de la CN)
Por otra parte se pregunta “ ¿A dónde quedó el enfoque de género? ¿Y el interés superior del niño o la niña que debe prevalecer sobre otros derechos? ¿Y qué hacemos con la prisión domiciliaria por embarazo o hasta que los niños o niñas cumplan cinco años que le corresponde a esa madre adolescente con vulnerabilidades superpuestas y que los arts. 10 del Código Penal y 28 de la ley 24.660 le reconocen? ¿Se le olvidó a los legisladores?”
En síntesis considera que se ha ignorado que los niños tienen como piso mínimo los mismos derechos que los adultos más ese plus por ser sujetos de derecho en desarrollo, desconociendo de esa manera los estándares fundamentales de la niñez y de género.

Descargar archivo

Comentar