Nov
19
2015

Escuchar al imputado en el proceso penal

En
un sistema penal acusatorio, el sujeto procesal acusador tiene la
obligación de demostrar la culpabilidad de una persona.  Así, 
la  de
claración 
que  el  imputado  emita  en  el 
procedimiento  penal,  es  un  medio  de 
defensa  para contradecir todo argumento o prueba de acusación,
pues es su derecho para ser escuchado, o negarse a declarar y no
autoincriminarse. Si el acusador tiene la obligación d
e
probar y destruir la presunción de inocencia, no se puede trasladar 
la  carga  probatoria  al  imputado,  ni 
valorar  su  declaración  en  perjuicio. 
Entonces,  la  declaración  del imputado es derecho
de defensa, y no de medio de prueba de cargo, que pueda ser
cali
ficada
como una confesión.

Descargar archivo

Comentar