Oct
15
2019

Estafa procesal - Falso testimonio – Sobreseimiento - Testigo instigada mediante mensaje de correo electrónico para que declarara falsamente en un juicio laboral - Declaración que nunca se concretó - Simple acto preparatorio

Fecha Fallo

El fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal “P., E. M. s/sobreseimiento” (Causa N° 68.707/2018) resuelta el 4/7/19 donde Carlos Alberto González e Ignacio Rodríguez Varela confirmaron el sobreseimiento de quien, mediante mensaje de correo electrónico, instigó a una testigo -cuya declaración nunca se produjo- a que se pronunciara falsamente en un juicio laboral.

            Explicaron, entre otros aspectos, que el delito de estafa procesal “…requiere necesariamente para su configuración la introducción en un proceso judicial de elementos falsos cuyo valor determinante para el magistrado resulte evidente, de manera que la injusticia del pronunciamiento no dependa de un error de apreciación del juez, sino precisamente de lo que jurídicamente debe acordar el elemento introducido en caso de que fuese verdadero (cfr. Nuñez, Ricardo, “Tratado de Derecho Penal”, Ed. Marcos Lerner, 1989, to. IV,  pág. 308/309; in re causa n° 1207/09 “Casanova”, rta. 1/09/09)....” . Agregaron que la testigo a quien se quizo instigar mediante el mensaje electrónico nunca prestó declaración, por lo que no podía considerarse que en la conducta del imputado haya existido algún acto que importe un comienzo efectivo del iter criminis del delito endilgado sino, eventualmente, simples actos preparatorios que, como tales, son impunes ante el derecho criminal, máxime cuando el falso testimonio se consuma al rendirse la declaración.      

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