Jun
28
2016

Juicio abreviado. Acta que no da cuenta de la presencia de los jueces. Nulidad

Fecha Fallo

El fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en la causa “M., R. R. y otros s/ coacción”, (causa nº 26.730/11 Reg. nº 184/16) rta. el 18/3/2016, por el cual los vocales María Laura Garrigós de Rébori, Gustavo Bruzzone y Luis M. García, declararon la nulidad de la resolución recurrida por la defensa y reenviaron las actuaciones al tribunal de origen para que, luego de tomar conocimiento de visu del imputado, se emita un nuevo pronunciamiento (artículos 166, 167 inciso 1°, 431 bis y 471 del Código Procesal Penal de la Nación).

Oportunamente un tribunal oral, en el marco de una propuesta de juicio abreviado, condenó a varios imputados y les impuso el cumplimiento de distintas pautas. La defensa recurrió en casación señalando que la decisión se adoptó sin que se hubiera celebrado la audiencia establecida por el artículo 431 bis del ordenamiento procesal, toda vez que sólo fueron recibidos por la secretaria del tribunal.

Los vocales indicaron que de las actas agregadas sólo se advertía que fueron recibidos por la secretaria y que los integrantes del tribunal oral no habrían tenido participación, por lo que debido al incumplimiento de las reglas previstas en los artículos 138 y 139 del código de forma, hicieron lugar a la pretensión de la defensa.

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